Naturgy pretende cobrarme un segundo desplazamiento y la mano de obra por la sustitución de una pieza (electroválvula) diagnosticada en una avería cubierta por el servicio Servielectric Xpress, a pesar de que el contrato establece expresamente que dichos conceptos están incluidos.
Exposición de los hechos:
Soy titular del servicio Servielectric Xpress asociado a mi contrato con Naturgy Clientes, S.A.U., correspondiente a la vivienda de Avda. de Alcoy 141, Alicante.
El día 3/11/2025, un técnico de la empresa subcontratada Energimur Consulting, S.L. acudió a mi domicilio tras mi aviso de avería en la lavadora. El técnico diagnosticó que la electroválvula estaba en mal estado y emitió un presupuesto de 70 € + IVA únicamente por la pieza, reflejado en el acta de intervención SA-10274585.
Decidí adquirir la pieza por mi cuenta, conforme al derecho que me asiste, y ahora Naturgy me informa de que, si solicito la sustitución, me facturarán un nuevo desplazamiento y la mano de obra, pese a tratarse de la misma avería ya diagnosticada.
Fundamentos jurídicos y contractuales:
En las Condiciones Particulares del contrato Servielectric Xpress de Naturgy consta literalmente lo siguiente:
“Incluye los gastos de desplazamiento y las tres (3) primeras horas de mano de obra.
Quedan excluidos el resto de las horas de mano de obra utilizadas, así como las piezas y materiales que serán facturados por el instalador al Cliente, previa aceptación del presupuesto correspondiente que se emitirá sin coste alguno para el Cliente.”
Dicha cláusula no limita el número de desplazamientos ni excluye las actuaciones derivadas del mismo diagnóstico. En consecuencia, si la visita posterior se realiza para completar la reparación de la misma avería, la cobertura sigue vigente y Naturgy no puede facturar nuevamente esos conceptos.
El intento de cobrar un segundo desplazamiento y mano de obra infringe:
El artículo 1258 del Código Civil, que impone el principio de buena fe contractual.
El artículo 1288 del Código Civil y el artículo 60.2 del RDL 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), que obligan a interpretar las cláusulas ambiguas en sentido más favorable al consumidor.
Los artículos 80 y 83 del RDL 1/2007, que declaran nulas las condiciones no transparentes o que causen desequilibrio en perjuicio del consumidor.
Además, el artículo 8 del mismo texto legal garantiza el derecho a la prestación conforme al contrato, prohibiendo que se cobre dos veces por un mismo servicio.
Petición:
Solicito que Naturgy Clientes, S.A.U.
Reconozca la aplicación íntegra de las condiciones del servicio Servielectric Xpress, cubriendo el desplazamiento y las tres primeras horas de mano de obra también en la segunda visita para sustituir la pieza adquirida por mí.
Se abstenga de facturar dichos conceptos en futuras intervenciones relativas a la misma avería.
Confirme por escrito la correcta aplicación de la cobertura para evitar cobros indebidos.
Adjunto documentación acreditativa (acta de intervención SA-10274585 y copia del contrato Servielectric Xpress).
Atentamente,
Contrato Servielectric Xpress nº 3008300083