Expediente 02883388.
ANTECEDENTES: El pasado 18 de marzo de 2026, el vehículo fue depositado en el concesionario oficial Nissan GAMBOA AUTOMOCION C/ DONCTOR ESQUERDO 120, tras una avería en el sistema AddBlue. El diagnóstico confirmó la necesidad de sustituir el sistema completo.
VICIO OCULTO: A pesar de haber cumplido estrictamente con el plan de mantenimiento, el sistema ha fallado prematuramente. Dada la naturaleza de la avería, ampliamente documentada como un fallo endémico, se considera un vicio oculto derivado de un sistema ineficaz o pieza defectuosa de origen.
INDIFERENCIA Y FALTA DE RESPUESTA: Inicié reclamación el 24 de febrero, aportando toda la documentación el día 25. Tras 5 llamadas telefónicas al número 900 118 119 y múltiples correos electrónicos a spain@nissan-services.eu, la respuesta ha sido nula. Ni el taller ni yo hemos recibido notificación alguna del estado de la investigación.
PERJUICIOS: A día de hoy llevo 30 días sin vehículo, con el grave perjuicio económico y personal que ello conlleva.
Tras casi un mes de espera, la situación es inaceptable:
Falta de coordinación: El taller afirma que la resolución depende exclusivamente de Nissan España. Por su parte, tras múltiples llamadas, el pasado viernes 10 de abril se me informó de que el taller no había seguido el protocolo correcto, teniendo que iniciar ustedes (NISSAN ESPAÑA SA) de nuevo el proceso con el departamento de Garantía.
Perjuicio grave: El vehículo está reparado y disponible, pero la falta de respuesta sobre la cobertura de la garantía/vicio oculto me impide disponer de él. Esta demora me está ocasionando graves problemas logísticos y económicos, tanto a nivel personal como profesional.
Indefensión: He realizado numerosas llamadas y envíos de correos sin obtener una solución definitiva, solo evasivas y trasvase de responsabilidades entre el taller y la marca.
SOLICITO:
1. Resolución inmediata y definitiva sobre la cobertura de la reparación por parte de Nissan España en un plazo máximo de 24 horas.
2. Compensación económica íntegra por los daños y perjuicios sufridos durante estos 27 días de inmovilización injustificada. Esta compensación debe cubrir los gastos de transporte alternativo, así como el lucro cesante y los perjuicios logísticos derivados de la privación de mi herramienta de movilidad profesional y personal.
3.Entrega inmediata del vehículo sin coste alguno, considerando el retraso una negligencia en la gestión de su servicio postventa.