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Rotura en equipaje

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Equipaje

Tu reclamación

M. B.

A: RYANAIR

27/12/2024

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Venecia (Treviso) al de Sevilla, con fecha salida a las 16:50 horas del día 07 del mes de diciembre de 2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta de 10 kg que pagué previamente al comprar los billetes (sino no dejáis embarcar con ella... o queréis cobrar el doble en el propio aeropuerto). Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en la cremallera de seguridad rota e inservible. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) Aporto copia del PIR y el billete. Y, aporto también los siguientes documentos: fotos de la cremallera rota. SOLICITO, el abono de 100 euros en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados. Ya he intentado comunicarme con la propia empresa y llegar a un acuerdo, aportando toda la documentación que me han solicitado (facturas, billetes, etc.), sin embargo, me han dicho que no se hacen responsable debido a los años que tiene la maleta (dicen que está obsoleta y ha perdido el valor...), lo cuál lo veo una excusa, ya que solo estoy solicitando la indemnización por el daño que han causado ellos al romper la cremallera, que estaba en perfecto estado y funcionaba sin ningún problema. Sin otro particular, atentamente.


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