Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Malaga al de Tenerife Norte, con fecha salida a las 11:15 horas del día 18 del mes de junio de 2026
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta mediana (25Kg) morada en perfecto estado
Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en un agujero en las zona donde estaba una de las ruedas y esta estaba totalmente arrancada
Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR)
Aporto copia del PIR y el billete. Y, aporto también los siguientes documentos enumerar documentación que se aporta: p.ej. fotos,
SOLICITO, el abono de 80 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados
Sin otro particular, atentamente.
Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.