Soy titular del contrato de suministro de agua nº 122714H.
Con fecha 17 de junio de 2026 presenté una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Aigües de Barcelona relativa a la factura nº 20263978570, al comprobar que, pese a haberse registrado un consumo de únicamente 9 m³ durante el período facturado, se me había aplicado el tramo D14 para la Tasa Metropolitana de Tratamiento de Residuos Municipales (TMTR), circunstancia que incrementa de forma significativa el importe repercutido.
En dicha reclamación no solicité una mera explicación general sobre la existencia de la TMTR, sino que planteé cuestiones concretas encaminadas a conocer la correcta aplicación de dicha tasa a mi suministro. En particular, solicité:
La revisión de la clasificación aplicada.
La verificación de los datos de consumo comunicados al Área Metropolitana de Barcelona.
La regularización de la tasa si procedía.
Una respuesta escrita y motivada.
La empresa respondió el 19 de junio de 2026 mediante una comunicación genérica en la que se limitó a indicar que la TMTR es establecida por las administraciones competentes y remitirme al Área Metropolitana de Barcelona, sin responder a ninguna de las cuestiones formuladas.
Ante dicha respuesta, el mismo día 19 de junio de 2026 presenté una nueva reclamación aclarando expresamente que mi consulta no cuestionaba la existencia de la TMTR ni la competencia del AMB, sino los datos utilizados para la aplicación concreta del tramo D14 a mi suministro.
Posteriormente, el 22 de junio de 2026, Aigües de Barcelona volvió a responder, pero lo hizo explicando exclusivamente la clasificación de la vivienda como "Tipo B", relativa al caudal nominal de la instalación y a la cuota fija del suministro de agua.
Sin embargo, esa respuesta resultaba completamente ajena al objeto de mi reclamación, ya que la clasificación técnica de la vivienda (Tipo B) no guarda relación con el tramo D14 de la TMTR, que constituye un concepto distinto.
Ese mismo día remití un nuevo escrito indicando expresamente que la empresa estaba respondiendo sobre un asunto diferente del reclamado y solicité nuevamente contestación concreta a las siguientes cuestiones:
Qué datos de consumo habían sido comunicados por Aigües de Barcelona al Área Metropolitana de Barcelona para determinar el tramo TMTR aplicable.
Si la empresa había comprobado la adecuación entre el consumo realmente facturado (9 m³) y el tramo D14 aplicado.
Si consideraban correcta la aplicación del tramo D14 y, en caso afirmativo, cuál era la base normativa, técnica o administrativa que la justificaba.
La empresa únicamente acusó recibo de dicha comunicación, asignándole una nueva referencia de incidencia, sin facilitar posteriormente respuesta alguna.
Transcurridas varias semanas sin contestación, remití un último requerimiento, concediendo una nueva oportunidad para responder expresamente a las cuestiones planteadas y advirtiendo que, de persistir el silencio, acudiría a los organismos de protección de consumidores.
A fecha de presentación de esta reclamación, Aigües de Barcelona continúa sin responder el fondo de las cuestiones planteadas, limitándose a emitir respuestas genéricas o referidas a materias distintas de las reclamadas.
MOTIVOS DE LA RECLAMACIÓN
La presente reclamación no pretende que la OCU determine cuál debe ser el tramo aplicable de la TMTR.
Lo que se denuncia es que la empresa suministradora ha incumplido su obligación de atender de manera efectiva una reclamación formulada por un consumidor.
Tras varios escritos consecutivos, la empresa:
no ha respondido a las preguntas concretas formuladas; ha contestado sobre cuestiones distintas de las reclamadas; ha remitido al consumidor a otras administraciones sin aclarar la información que únicamente ella conoce respecto a los datos comunicados; y finalmente ha mantenido silencio pese a varios requerimientos.
Como consumidor considero que tengo derecho a recibir una respuesta expresa, motivada y congruente con las cuestiones planteadas, especialmente cuando se solicita información relativa a datos que la propia empresa suministra o comunica a otras administraciones.
SOLICITO
Que la OCU intervenga ante Aigües de Barcelona para que:
Facilite una respuesta expresa, completa y motivada a todas las cuestiones formuladas desde la reclamación inicial.
Informe de los datos de consumo comunicados por Aigües de Barcelona al Área Metropolitana de Barcelona para la determinación del tramo TMTR correspondiente a mi suministro.
Indique el período de consumo considerado y el fundamento técnico o administrativo utilizado para la aplicación del tramo D14.
Confirme si ha realizado alguna comprobación entre el consumo efectivamente facturado y el tramo aplicado y, en caso contrario, explique los motivos.
En caso de apreciarse un error en la información comunicada o en la aplicación del tramo correspondiente, proceda a su inmediata regularización y a la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
Asimismo, dejo constancia de que acompaño a esta reclamación copia íntegra de todas las comunicaciones mantenidas con la empresa, que acreditan las reiteradas solicitudes de información efectuadas y la ausencia de una respuesta adecuada por parte de Aigües de Barcelona.
En Barcelona,
Miguel