Somos 2 pasajeras, mi hija, menor de edad en ese momento, y yo. Contraté un viaje en avión con la compañía ALBASTAR, desde el aeropuerto de Madrid-Adolfo Suárez-Barajas al de Amilcar Cabral en Isla de Sal (Cabo Verde, África), que tenía su salida prevista a las 12:30 horas del día 24 de julio de 2025, estando prevista su llegada a las 14:25 horas del mismo día. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada (en concreto 22 horas y 43 minutos), debido a un fallo en el motor del avión, según nos indicaron a todo el pasaje, llegando a Isla de Sal (Cabo Verde, África), el 25 de julio de 2025, a las 14:08 horas, según certificado de Albastar que acompaño. Formulé la reclamación a ALBASTAR el día 5 de agosto de 2025; el 16 de septiembre de 2025 Albastar me contestó indicando que tenía derecho a la compensación legal que corresponde y que facilitara número de cuenta para realizar el ingreso. El 17 de septiembre de 2025 remití el número de cuenta a Albastar (se acompañan ambos documentos), pero aún estoy esperando que me paguen la compensación de los 2 pasajes, es decir, 800 euros (400 euros por persona). SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea (Reglamento EC261), es decir, 800 euros por los 2 pasajes. (Aclaro que el resto de documentación que acredita todo ya la tiene desde hace 7 meses Albastar).