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Retraso en devolución de fianza y disconformidad sobre penalizazión

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

M. V.

A: Alquila Tu Hogar

13/02/2026

A la atención de PROMONTORIA MACC RE SOCIMI, S.A. Como arrendatario de una vivienda gestionada por vosotros, EXPONGO: PRIMERO. Que con fecha 08/01 se produjo la entrega de llaves, quedando extinguido el contrato de arrendamiento. SEGUNDO. Que conforme a la Cláusula 7.1 del contrato, la fianza debe ser liquidada y devuelta a la finalización del contrato, una vez comprobado el estado de la vivienda. TERCERO. Que, de acuerdo con el artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, la devolución de la fianza debe efectuarse en el plazo máximo de un mes desde la entrega de las llaves, plazo que venció el 08/02, sin que se haya producido la devolución íntegra. CUARTO. Que adicionalmente, la Adenda al contrato – Promoción de Bienvenida establece expresamente la bonificación del 100% de una mensualidad de renta, correspondiente a un mes desde la entrega de la posesión, sin que dicho importe haya sido devuelto ni liquidado, incurriendo igualmente en incumplimiento contractual. QUINTO. Que se ha practicado un descuento indebido en concepto de supuesto desperfecto en un punto de luz, cuando: -En el momento de la entrega de llaves se revisaron los puntos de luz, -Todos funcionaban correctamente, -Y dicha circunstancia quedó reflejada en documento de entrega firmado. Por tanto, dicho descuento carece de base contractual y probatoria, no siendo imputable al arrendatario conforme a la Cláusula 7.1.D del contrato. POR TODO ELLO, SOLICITO: La devolución inmediata de la totalidad de la fianza. La devolución del importe correspondiente a una mensualidad de renta bonificada, conforme a la Adenda contractual. La restitución del importe indebidamente descontado por el supuesto punto de luz. El abono de los intereses legales por el retraso, conforme al artículo 36.4 de la LAU. Que, en caso de no atenderse la presente reclamación, se ejerciten las acciones legales y administrativas correspondientes. Atentamente,

Mensajes (3)

Alquila Tu Hogar

A: M. V.

25/02/2026

Buenas tardes. Adjuntamos contestación a la reclamación recibida. Si necesitas ponerte en contacto con nosotros, puedes hacerlo a través de: - Teléfono Atención Inquilinos: 910 195 381 - Dirección de correo electrónico: atencionalcliente@alquilatuhogar.com Muchas gracias. Un cordial saludo.

M. V.

A: Alquila Tu Hogar

26/02/2026

En relación con el escrito de alegaciones presentado por la parte reclamada, formulo las siguientes manifestaciones: PRIMERO.– Con fecha 8 de enero de 2026 se realizó la entrega de llaves del inmueble, efectuándose el correspondiente check-out presencial y firmándose por ambas partes un checklist de estado en el que no se hizo constar desperfecto alguno, incluyendo el punto de luz que ahora se menciona. SEGUNDO.– Conforme al artículo 1562 del Código Civil, si el arrendador recibe la finca sin hacer constar reparos, se presume que el arrendatario la entrega en buen estado. En el presente caso, existe documento firmado por ambas partes que acredita la inexistencia de daños en el momento de la entrega. TERCERO.– De acuerdo con el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, corresponde a la parte que afirma los hechos constitutivos de su pretensión la carga de la prueba. La parte reclamada no ha aportado prueba objetiva alguna que acredite: (i) que el supuesto desperfecto existiera en el momento de la entrega, (ii) que no derive del desgaste por uso ordinario, (iii) que sea imputable a esta parte, (iv) ni que la reparación haya sido efectivamente realizada mediante la correspondiente factura o justificante de pago. CUARTO.– El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la fianza debe ser devuelta una vez comprobado el estado de la vivienda, pudiendo únicamente aplicarse a la reparación de daños debidamente acreditados. La mera manifestación unilateral de una “verificación posterior” sin respaldo probatorio no desvirtúa el contenido del documento de entrega firmado. En consecuencia, al no haber quedado acreditada de manera fehaciente la existencia de desperfecto imputable a esta parte, reitero mi solicitud de devolución del importe de VEINTISIETE EUROS Y CUARENTA Y CINSCO CÉNTIMOS (27,45 €) indebidamente descontado. Se interesa, por tanto, que no se proceda al archivo del expediente hasta la íntegra satisfacción de la cantidad reclamada.

Alquila Tu Hogar

A: M. V.

03/03/2026

Buenos días. Adjuntamos liquidación corregida con la devolución de 27,45€ solicitada en la reclamación recibida. Si necesitas ponerte en contacto con nosotros, puedes hacerlo a través de: - Teléfono Atención Inquilinos: 910 195 381 - Dirección de correo electrónico: atencionalcliente@alquilatuhogar.com Muchas gracias. Un cordial saludo.


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