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Retraso de vuelo desde Madrid a Bangkok y desde Bangkok a Madrid

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Retraso

Tu reclamación

N. D.

A: IBEROJET

22/07/2025

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque mi vuelo tuvo retraso desde Madrid a Bangkok de 4 horas y desde Bangkok a Madrid 3.5 horas SOLICITO por daños y prejuicios 600 euros hemos puesto reclamación a Ibrerojet 261275 y no nos contestan Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

Mensajes (3)

IBEROJET

A: N. D.

30/07/2025

- Por favor, escriba su respuesta por encima de esta línea - Su solicitud (266585) ha sido actualizada. Para agregar comentarios adicionales, responda a este correo electrónico. Dpto. Atención al Cliente (Ávoris) 30 jul 2025, 12:24 CEST Pasajeros: MARÍA NIEVES DURÁN CONTRERAS Nª ID expediente: 266585 Localizador: 2G06AK Vuelo: EVE 845 MAD-BKK 03.07.2025 Estimado pasajero, En primer lugar, lamentamos la demora de nuestro vuelo. La puntualidad es uno de los objetivos primordiales de esta compañía y con este fin trabajamos. En ocasiones, como el caso que nos ocupa, circunstancias que están fuera de nuestro control afectan a las operaciones y consecuentemente a la puntualidad de nuestros vuelos. Tal y como se comunicó, en las fechas del vuelo estaba convocada una huelga de Controladores de Tráfico Aéreo que provocó interrupciones significativas en los servicios del tráfico aéreo. Este mismo motivo provocó un cambio de ruta y por ello debieron añadirse 28 minutos a la ruta, teniendo que sobrevolar Argelia y Túnez. Adicionalmente, y tal como pudieron apreciar también, se produjeron tormentas en el aeropuerto de Madrid en la salida del vuelo que afectaban a la seguridad del mismo. Por lo anterior, cabe destacar que estamos ante circunstancias extraordinarias en tanto en cuanto estamos ante un supuesto de seguridad del vuelo, que queda fuera del control de Iberojet al igual que las huelgas de controladores. En este sentido, destacamos los considerandos 14 y 15 del Reglamento 261, los cuales escen: (14)Del mismo modo que en el marco del Convenio de Montreal, las obligaciones de los transportistas aéreos encargados de efectuar un vuelo se deben limitar o excluir cuando un suceso haya sido causado por circunstancias extraordinarias que no hubieran podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. Dichas circunstancias pueden producirse, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo,riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vueloy huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo. (15) Debe considerarse que concurren circunstancias extraordinarias cuando las repercusiones de una decisión de gestión del tránsito aéreo, en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada, den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo interesado haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones. Por todo lo anterior, habiendo prestado la debida asistencia, habiendo efectuado todo cuanto estuvo en nuestra mano y estando ante un supuesto de fuerza mayor, no procede el pago de compensación económica por el retraso. Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarles atentamente. Reclamar 22 jul 2025, 13:45 CEST ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ -- Atención al Cliente Responsable del tratamiento: Ávoris División Central, S.L.U. Delegado de protección de datos: c/ Gremi de Fusters 23, 07009, Palma de Mallorca dpo@avoristravel.com. Finalidad: Registrarle en la plataforma de Zendesk para atender y tramitar su reclamación. Sus datos se conservarán durante el periodo de tramitación de la reclamación y para futuras reclamaciones tramitadas ante cualquier empresa del Grupo Empresarial Ávoris, reclamación, sobre la base de su consentimiento y nuestro interés legítimo. Destinatarios: terceros a los que Ávoris haya encomendado el servicio de alerta y de soporte técnico e informático, así como empresas del Grupo Empresarial Ávoris con fines administrativos internos para la atención de su petición. Derechos: Puedes revocar en cualquier momento su consentimiento, así como ejercitar tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad remitiendo una comunicación a dpo@avoristravel.com o a C/ Gremi de Fusters 23, 07009 – Palma de Mallorca. Más información en nuestra Política de .[19KWNW-M9XVD]

N. D.

A: IBEROJET

30/07/2025

Buenas Tardes, A la vuelta desde Bangkok a Madrid no se dieron estas circunstancias y pasó lo mismo reclamamos también dicho importe por cada billete.De hecho no nos se informa de la situación Un saludo y muchas gracias

IBEROJET

A: N. D.

05/08/2025

- Por favor, escriba su respuesta por encima de esta línea - Su solicitud (266585) ha sido actualizada. Para agregar comentarios adicionales, responda a este correo electrónico. Dpto. Atención al Cliente (Ávoris) 5 ago 2025, 9:52 CEST Estimado pasajero, En primer lugar, lamentamos la demora de nuestro vuelo. La puntualidad es uno de los objetivos primordiales de esta compañía y con este fin trabajamos. En ocasiones, como el caso que nos ocupa, circunstancias que están fuera de nuestro control afectan a las operaciones y consecuentemente a la puntualidad de nuestros vuelos. Tal y como se comunicó, en las fechas del vuelo estaba convocada una huelga de Controladores de Tráfico Aéreo que provocó interrupciones significativas en los servicios del tráfico aéreo. Este mismo motivo provocó un cambio de ruta y por ello debieron añadirse 28 minutos a la ruta, teniendo que sobrevolar Argelia y Túnez. Adicionalmente, y tal como pudieron apreciar también, se produjeron tormentas en el aeropuerto de Madrid en la salida del vuelo que afectaban a la seguridad del mismo. Por lo anterior, cabe destacar que estamos ante circunstancias extraordinarias en tanto en cuanto estamos ante un supuesto de seguridad del vuelo, que queda fuera del control de Iberojet al igual que las huelgas de controladores. En este sentido, destacamos los considerandos 14 y 15 del Reglamento 261, los cuales escen: (14)Del mismo modo que en el marco del Convenio de Montreal, las obligaciones de los transportistas aéreos encargados de efectuar un vuelo se deben limitar o excluir cuando un suceso haya sido causado por circunstancias extraordinarias que no hubieran podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. Dichas circunstancias pueden producirse, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo,riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vueloy huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo. (15) Debe considerarse que concurren circunstancias extraordinarias cuando las repercusiones de una decisión de gestión del tránsito aéreo, en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada, den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo interesado haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones. Por todo lo anterior, habiendo prestado la debida asistencia, habiendo efectuado todo cuanto estuvo en nuestra mano y estando ante un supuesto de fuerza mayor, no procede el pago de compensación económica por el retraso. Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarles atentamente. Dpto. Atención al Cliente (Ávoris) 30 jul 2025, 12:24 CEST Pasajeros: MARÍA NIEVES DURÁN CONTRERAS Nª ID expediente: 266585 Localizador: 2G06AK Vuelo: EVE 845 MAD-BKK 03.07.2025 Estimado pasajero, En primer lugar, lamentamos la demora de nuestro vuelo. La puntualidad es uno de los objetivos primordiales de esta compañía y con este fin trabajamos. En ocasiones, como el caso que nos ocupa, circunstancias que están fuera de nuestro control afectan a las operaciones y consecuentemente a la puntualidad de nuestros vuelos. Tal y como se comunicó, en las fechas del vuelo estaba convocada una huelga de Controladores de Tráfico Aéreo que provocó interrupciones significativas en los servicios del tráfico aéreo. Este mismo motivo provocó un cambio de ruta y por ello debieron añadirse 28 minutos a la ruta, teniendo que sobrevolar Argelia y Túnez. Adicionalmente, y tal como pudieron apreciar también, se produjeron tormentas en el aeropuerto de Madrid en la salida del vuelo que afectaban a la seguridad del mismo. Por lo anterior, cabe destacar que estamos ante circunstancias extraordinarias en tanto en cuanto estamos ante un supuesto de seguridad del vuelo, que queda fuera del control de Iberojet al igual que las huelgas de controladores. En este sentido, destacamos los considerandos 14 y 15 del Reglamento 261, los cuales escen: (14)Del mismo modo que en el marco del Convenio de Montreal, las obligaciones de los transportistas aéreos encargados de efectuar un vuelo se deben limitar o excluir cuando un suceso haya sido causado por circunstancias extraordinarias que no hubieran podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. Dichas circunstancias pueden producirse, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo,riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vueloy huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo. (15) Debe considerarse que concurren circunstancias extraordinarias cuando las repercusiones de una decisión de gestión del tránsito aéreo, en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada, den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo interesado haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones. Por todo lo anterior, habiendo prestado la debida asistencia, habiendo efectuado todo cuanto estuvo en nuestra mano y estando ante un supuesto de fuerza mayor, no procede el pago de compensación económica por el retraso. Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarles atentamente. Reclamar 22 jul 2025, 13:45 CEST ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ -- Atención al Cliente Responsable del tratamiento: Ávoris División Central, S.L.U. Delegado de protección de datos: c/ Gremi de Fusters 23, 07009, Palma de Mallorca dpo@avoristravel.com. Finalidad: Registrarle en la plataforma de Zendesk para atender y tramitar su reclamación. Sus datos se conservarán durante el periodo de tramitación de la reclamación y para futuras reclamaciones tramitadas ante cualquier empresa del Grupo Empresarial Ávoris, reclamación, sobre la base de su consentimiento y nuestro interés legítimo. Destinatarios: terceros a los que Ávoris haya encomendado el servicio de alerta y de soporte técnico e informático, así como empresas del Grupo Empresarial Ávoris con fines administrativos internos para la atención de su petición. Derechos: Puedes revocar en cualquier momento su consentimiento, así como ejercitar tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad remitiendo una comunicación a dpo@avoristravel.com o a C/ Gremi de Fusters 23, 07009 – Palma de Mallorca. Más información en nuestra Política de .[19KWNW-M9XVD]


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