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RETIENEN DINERO DE RESERVA INDEBIDAMENTE.

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N. M.

A: UNIR. Universidad internacional de la Rioja

20/08/2026

El pasado 29 de julio de 2026 aboné la cantidad de 147,83 € a la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR) en concepto de reserva de plaza. Con fecha 5 de agosto de 2026, ejercí formalmente mi derecho de desistimiento legal e irrenunciable dentro del plazo normativo.A pesar de haber aportado de manera inmediata toda la documentación requerida para el reembolso, la institución inició una cadena de derivaciones contradictorias entre múltiples áreas internas (Gestión de Bajas, Admisiones Internacional, Cobros y Defensoría Universitaria), utilizando esta fragmentación administrativa para prolongar el trámite e interponer constantes contraofertas comerciales encaminadas a la retención de los fondos.Habiéndose superado la fecha límite, el plazo máximo e improrrogable de 14 días naturales previsto en el artículo 76 del TRLGDCU (ley española) ha vencido en su totalidad sin que el reintegro de los fondos se haya hecho efectivo en mi cuenta bancaria. Para mayor gravedad, el departamento de Gestión de Cobros me comunicó formalmente por escrito que su área de Tesorería dispone de una política interna de hasta "30 días laborables" para ejecutar los reembolsos, disposición privada que infringe de forma flagrante la legislación imperativa del Estado español en materia de protección al consumidor.Al haberse consolidado un retraso material e injustificado imputable exclusivamente a la desorganización de la empresa, se configura la infracción del precepto legal, naciendo el derecho a percibir el importe duplicado. SOLICITO La restitución material inmediata de los fondos retenidos en la cuenta bancaria española de origen que ya obra en poder de la entidad.La remisión obligatoria del comprobante bancario oficial de la transferencia en formato PDF para verificar la fecha exacta de su ejecución.El abono correspondiente a la cantidad duplicada (295,66 €) amparada de forma expresa en el artículo 76 del TRLGDCU ante la mora legal consolidada.El cese inmediato de las comunicaciones comerciales cruzadas y las tácticas de dilación por parte de sus diferentes departamentos.


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