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Retención parcial e injustificada de un depósito en un alquiler de vehículo (Contrato 95359955-5)

En curso Pública

Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

E. S.

A: THRIFTY CAR RENTAL

15/08/2026

Presento esta reclamación contra la empresa responsable del alquiler del vehículo contratado en Málaga (España) durante la primera semana de agosto de 2026. En el momento de la recogida del vehículo, se retuvieron **368,00 €** en mi tarjeta. Utilicé una **tarjeta de débito**, ya que el pago con mi tarjeta de crédito no fue aceptado. Además, contraté un **seguro con cobertura completa** y se me informó de que el importe retenido sería devuelto una vez entregado el vehículo con el depósito de combustible lleno. El vehículo fue devuelto en las condiciones acordadas y con el depósito completamente lleno. Sin embargo, solo he recibido un reembolso de **149,93 €**, por lo que todavía existe un importe pendiente de **218,07 €**. El **11 de agosto de 2026** me puse en contacto con la empresa para solicitar una explicación detallada y el reembolso del importe restante. Hasta la fecha, no he recibido ninguna respuesta. También me gustaría señalar que, mientras buscaba información sobre este problema, encontré el testimonio de **otro cliente que describía una situación muy similar**, relacionada con un reembolso parcial tras utilizar una tarjeta de débito. No puedo afirmar que exista una práctica sistemática. Sin embargo, la existencia de reclamaciones similares plantea dudas razonables y considero que **la empresa y el procedimiento utilizado para gestionar los reembolsos deberían ser objeto de una investigación más exhaustiva** por parte de las autoridades competentes. Solicito: * El reembolso inmediato de los **218,07 €** pendientes. * Una explicación detallada y documentada de cualquier importe retenido. * La revisión del procedimiento utilizado por la empresa para gestionar los depósitos y los reembolsos relacionados con los vehículos de alquiler. * La investigación de posibles incidencias similares que puedan estar afectando a otros consumidores. Adjunto la documentación que acredita el cargo inicial de **368,00 €**, el reembolso parcial de **149,93 €** y la correspondencia mantenida con la empresa. Atentamente, Eduardo

Mensajes (4)

THRIFTY CAR RENTAL

A: E. S.

27/08/2026

Buenos días, Gracias por contactar Thrifty España, El cliente fue contactado el pasado 21/08, Un saludo, Thrifty Customer Care Spain Thrifty Jacinto Benavente 2, Las Rozas, Madrid, Spain Reservations: resspain@thrifty.com Customer Care: spaincustomercare@thrifty.com We’re here to get you there.

THRIFTY CAR RENTAL

A: E. S.

27/08/2026

Buenos días, Gracias por contactar Thrifty España, Hemos elevado su reclamación al departamento pertinente. Un saludo, Thrifty Customer Care Spain Thrifty Jacinto Benavente 2, Las Rozas, Madrid, Spain Reservations: resspain@thrifty.com Customer Care: spaincustomercare@thrifty.com We’re here to get you there.

THRIFTY CAR RENTAL

A: E. S.

27/08/2026

Buenos días, para poder dar trámite a la reclamación que nos han enviado, necesitamos que nos manden el DNI del reclamante y autorización del mismo para mandarnos la reclamación. Quedo a la espera de su respuesta. Un cordial saludo. Antonio Morcillo Dpt. Legal m: (+34) 722 724 468 legalassistant@hertz.com Hertz de España, S.L. C/ Jacinto Benavente, núm. 2, Edif. B, 3ª planta Las Rozas de Madrid, 28232, España

THRIFTY CAR RENTAL

A: E. S.

08/09/2026

Muy Srs. Míos: Analizada la documentación que nos consta, ponemos en su conocimiento que el importe cobrado a su socio es correcto, correspondiendo con el contrato alquiler firmado por el mismo. Firmó el contrato y aceptó los Términos y Condiciones, aportamos captura de los mismos firmados: Correspondiendo el importe que su socio reclama, con la tasa de oficina y con la cobertura super cover. Ambos conceptos venían reflejados en el contrato que su socio firmó: Siendo la tasa de oficina un cargo que cobran ciertas estaciones, como en este caso, siendo un porcentaje del total del precio del alquiler. Para mayor abundamiento, aportamos captura de pantalla de los términos y condiciones en relación con este cargo de servicio de la oficina: Por su parte, en cuanto a la cobertura super cover debe tenerse en cuenta que su socio aceptó esta cobertura cuando firmó el contrato y los Términos y Condiciones, pues en los mismos se esce que cuando se aporta una tarjeta de débito, la contratación de la cobertura supercover es un requisito sine qua non para poder realizar el contrato de alquiler Para mayor abundamiento, aportamos captura de pantalla de los términos y condiciones en relación con este requisito: Recogido este punto en la página 14 de los mismos, bajo el título de Requisitos Necesarios. Como puede verse en el recorte que adjuntamos del contrato de alquiler firmado por el Sr. Eduardo, el apartado de tarjeta aparece vacío, lo que implica que la tarjeta que proporcionó fue de débito. El reclamante aceptó los términos y condiciones y, por tanto, contrató dicha cobertura personal a través de su firma en el contrato, tal y como quedó anteriormente acreditado, esciendo el artículo 1089 del código civil que “las obligaciones nacen de la ley y de los contratos…”. Por todo lo anterior expuesto, no podemos atender la reclamación formulada por su socio, pues carece de fundamento. Atentamente, Reciban un cordial saludo! Antonio Morcillo Dpt. Legal m: (+34) 722 724 468 legalassistant@hertz.com Hertz de España, S.L. C/ Jacinto Benavente, núm. 2, Edif. B, 3ª planta Las Rozas de Madrid, 28232, España


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