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Retención indebida tras ejercicio de derecho de desistimiento

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Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

A. C.

A: Repara Home Express

04/03/2026

Soy consumidor afectado por la empresa REPARA HOME EXPRESS S.L. (CIF B44775369). El día 16/02/2026 firmé en mi domicilio el presupuesto nº RHP-001937 tras visita técnica consistente exclusivamente en inspección visual y elaboración de presupuesto, sin ejecución material del servicio. Ese mismo día ejercité formalmente mi derecho de desistimiento conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007. La empresa ha procedido a devolver parcialmente el importe abonado (790 €), reteniendo 198 € en concepto de “desplazamiento urgente”, emitiendo la factura nº RHF-002125. Manifiesto mi disconformidad por los siguientes motivos: 1. No fui informado previamente de que el desplazamiento tuviera carácter autónomo, independiente y no reembolsable. 2. No se me facilitó información precontractual obligatoria relativa al derecho de desistimiento. 3. No firmé contrato independiente relativo al desplazamiento. 4. No autoricé ejecución inmediata con renuncia expresa al derecho de desistimiento. 5. El servicio presupuestado no fue iniciado ni ejecutado. Adicionalmente, durante la visita el técnico exigió el pago del 100% del presupuesto antes de abandonar el domicilio, manifestando que no se marcharía sin justificante de transferencia por que la empresa se lo requería así, pese a que el propio documento indicaba un pago del 50% a la firma. Esta situación generó una evidente presión indebida. Asimismo, la factura relativa al “desplazamiento urgente” fue emitida sin que existiera consentimiento específico por mi parte para la contratación de un servicio independiente distinto del presupuesto global. He podido comprobar la existencia de diversas reseñas públicas de otros consumidores que describen situaciones similares, por lo que solicito que se valore si pudiera tratarse de una práctica comercial reiterada. Entiendo que la retención efectuada vulnera los artículos 97, 102, 103 y 107 del Real Decreto Legislativo 1/2007. SOLICITO: 1. Que se requiera a la empresa para la devolución íntegra de los 198 € retenidos. 2. Que se analice si la conducta descrita pudiera constituir infracción en materia de consumo. 3. Que, en su caso, se incoe el correspondiente expediente sancionador.

Mensajes (2)

Repara Home Express

A: A. C.

10/03/2026

Referencia: Número de caso: 14563396 Asunto: Contestación a la reclamación presentada por D. ADRIAN CARVAJAL ALMENDROS Por medio de la presente, en nombre de REPARA HOME EXPRESS, S.L., respondemos a la reclamación interpuesta por el consumidor D. ADRIAN CARVAJAL ALMENDROS ante la OCU, en relación con el servicio de fontanería prestado el día 16 de febrero de 2026 bajo el número de caso14563396. Mediante el presente, MANIFESTAMOS PRIMERO. –Precisar que, tras su solicitud de desistimientodel servicio inicialmente contratado, como bien menciona en su reclamación, REPARA HOME EXPRESS, procedió a devolverle el importe correspondiente al servicio que finalmente no llegó a prestarse. SEGUNDO. –Tal y como se le informó, el técnico sí efectuó el desplazamiento hasta el domicilio indicado, por lo que el coste asociado a dicho desplazamiento no fue objeto de devolución, al tratarse de un servicio efectivamente realizado. TERCERO. –Esta circunstancia le fue comunicada previamente y, sobre dicha base, se alcanzó un acuerdo por el cual se procedería a la devolución del importe del servicio no prestado, manteniéndose únicamente el coste del desplazamiento.Dicho acuerdo fue aceptado por usted, motivo por el cual se tramitó la devolución correspondiente. Adjuntamos a continuación las capturas de las comunicaciones intercambiadas entre la empresa y el consumidor, donde éste último confirma que se le abone la devolución propuesta por REPARA HOME EXPRESS. En ningún caso se aceptó devolver la totalidad del importe, y de hecho se le explicó por escrito que el desistimiento solo podía afectar a la parte del servicio no ejecutada (la intervención presupuestada), pero no al desplazamiento urgente y diagnóstico, que fueron solicitados y efectivamente prestados. CUARTO. –Por ello, una vez ejecutada la devolución en los términos acordados, no resulta posible atender una nueva solicitud de reembolso relativa al desplazamiento del técnico. Asimismo, le recordamos que, conforme a la normativa de consumidores y usuarios, el derecho de desistimiento no es aplicable a servicios que ya han sido ejecutados. En este caso, el desplazamiento constituye una actuación efectivamente realizada. En consecuencia, entendemos que la actuación de la empresa ha sido correcta y conforme tanto a lo pactado entre las partes como a la normativa aplicable. Quedamos, a vuestra disposición para cualquier aclaración adicional. El mié, 4 mar 2026 a las 20:30, reclamar@ocu.org escribió:

A. C.

A: Repara Home Express

10/03/2026

En relación con la contestación presentada por REPARA HOME EXPRESS, S.L., manifiesto lo siguiente: - No existió acuerdo alguno de aceptación de devolución parcial. En ningún momento presté consentimiento expreso para considerar liquidada la relación contractual con la devolución parcial efectuada por la empresa. - Las capturas aportadas por la empresa únicamente acreditan que comunicaron su intención de devolver parcialmente el importe y que posteriormente realizaron dicha devolución. No consta en ellas ninguna aceptación expresa por mi parte de la retención de 198 €, ni renuncia alguna a reclamar la totalidad del importe abonado. - Muy al contrario, en mi correo de fecha 27/02/2026 manifesté formalmente mi total disconformidad con la retención y requerí la devolución íntegra antes del vencimiento del plazo legal. La devolución parcial fue una actuación unilateral de la empresa, no el resultado de una transacción aceptada por ambas partes. - La mera facilitación de datos bancarios o la recepción de una transferencia no constituyen aceptación de una liquidación definitiva ni renuncia de derechos, especialmente cuando existe oposición expresa. - En cuanto a la aplicación de los artículos 103 y 108 del Real Decreto Legislativo 1/2007, reitero que no concurren los requisitos legales para limitar el derecho de desistimiento, al no haber existido información precontractual adecuada ni consentimiento expreso para la ejecución inmediata con pérdida del derecho. Por todo lo anterior, me reitero en mi solicitud de devolución íntegra de los 198 € retenidos y solicito que se continúe con la mediación en los términos planteados en mi reclamación inicial. Atentamente, Adrián

Asistencia solicitada 23 marzo 2026

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