Buenos días, Mediante el presente damos respuesta a OCU a expediente referencia 6/23, presentada por señora Otilia Esteve Esteve que en los sistemas de Virgin Telco (Euskaltel, S. A.) ha quedado registrada con el número 15286FF:Que, solicita el bloqueo y/o restricción en telefonía móvil contratada, las numeraciones de tarificación adicional.Que, por parte de esta mercantil, y tras lo expuesto, hemos de indicar que por defecto la mercantil mantiene bloqueadas aquellas numeraciones de tarificación adicional de alto costes (STA ´s), no ofertando en este momento la posibilidad de bloquear aquellos de bajo coste.803:Se usa este prefijo en servicios para adultos.806:Este número es para servicios de entretenimiento (tarot, juegos.).807:Para servicios profesionales (médicos, asesoría...)Imagen recogida de página 15, sita en las condiciones generales de la contratación sitas en página web de este mercantil:s:virgintelco.es/tarifas-y-condicionesarticularesPor otro lado, también indicar a modo informativo que no es posible realizar restricción y/o bloqueo sobre llamadas salientes dentro del grupo denominado Red Inteligente (900, 901, 902...) y que corresponden a servicios de atención al cliente o incluso servicios de atención técnica, como en el caso de las eléctricas, gas, o incluso servicios de asistencia en carretera, añadiendo que aquellas que comienzan por 900 xxx xxx, son de carácter gratuito.No obstante, dentro de este grupo se encuentran las llamadas a 905 y 907, que facturan como tarificación adicional, y que corresponden en su mayoría a concursos televisivos o entretenimiento.Que, del mismo modo que en anteriores, no es posible bloquear aquellas numeraciones denominadas 'cortas', ya que dentro de este grupo se encuentran los servicios de emergencias, servicios de atención ciudadana municipales, como estatales, como por ejemplo 112, y/o 060. Cabe señalar, que dentro de este mismo grupo y considerados de alto coste, se encuentran las numeraciones de información, sitas en pagina 18 y 19 de las condiciones generales del contrato.Que, en relación con lo expuesto, insistir en que aquellas numeraciones consideradas de tarificación de alto coste, se encuentra bloqueadas por defecto, no pudiendo en este momento ofrecer el bloqueo del resto.Que, en base a lo expuesto, indicar que la numeración reclamada corresponde a un directorio de información telefónica para particulares y empresas, y en ningún caso gratuita, incluido en el grupo denominado numeración corta y de alto coste, así mismo indicar que revisado en el sistema, el consumo reclamado, está correctamente registrado siendo su facturación correcta, y en cumplimiento de la Orden IET/1090/2014, de 16 de junio que regula las garantías de calidad de la facturación de los operadores, dispone de un sistema global de aseguramiento de la calidad de la facturación (SGACF) según las normas de calidad al uso, que garantiza la exactitud de la facturación realizada a los clientes y que por supuesto, está auditado, tal y como lo acredita la Secretaría de Estado y Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID).La duración máxima es de 10 minutos y están excluidos los 20 segundos de la locución informativa. Con ello, la duración máxima que puede aparecer en factura será de 10 min 20 segundos siendo el proveedor del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado, el que proporcione a sus usuarios, para todas las llamadas, una locución telefónica, clara e inteligible, que informe de determinados extremos, entre ellos, la duración máxima de las llamadas, así como su nombre completo y denominación social.Cabe indicar que, dichos consumos se producen tras haberse realizado la llamada mediante el buscador del navegador de su terminal móvil y el usuario realiza dicha llamada pulsando la opción de llamar del resultado de la búsqueda y se redirige mediante la numeración facturada, en su caso el 11887. Para futuras gestiones, aconsejamos que el usuario anote el número y después efectúe la llamada desde la marcación del terminal.Dichos consumos son facturados en base a las tarifas vigentes de la mercantil y están publicadas en la web de esta:s:www.euskaltel.com/info-legalarticularesQue, en base a lo anteriormente expuesto, por deferencia comercial, y siendo la facturación correcta, este mercantil determinay en esta ocasión, la regularización de los importes reclamados, devolución que recibirá mediante ingreso en cuenta bancaria que a tal fin nos facilitó, en próximo ciclo de facturación, además de recibir factura rectificativa que detalla importe y servicio ajustado. Aprovechamos la ocasión para trasladar nuestras sinceras disculpas por las molestias ocasionadas.Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos el archivo del expediente.AtentamenteDepartamento de Satisfacción al Cliente