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RESOLUCION DE SINIESTRO

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Reparación

Tu reclamación

E. S.

A: SEGUROS OCASO

15/01/2026

Nº de póliza....462915 Nº siniestro.....1202600015301 Con fecha 14/1/26 a las 9,29 horas me envían un correo electrónico en el me dicen que: "Lamentamos comunicarle que de la visita pericial se ha concluido que los daños en fusible consisten en tareas de mantenimiento, por lo que no están cubiertos por la póliza que tiene contratada." No estoy de acuerdo con esa resolución, porque entiendo que un fusible no se funde por envejecimiento, uso excesivo, tiempo en que está instalado, mal uso u otras causas similares que obligarían a revisiones periódicas y por tanto realizar tareas de mantenimiento. El fusible se ha fundido por un cortocircuito, que es un accidente de tipo domestico, mientras se hacia la instalación de cables para un nuevo enchufe. Además el técnico enviado por IBERDROLA para realizar la reparación, ya que al estar en el cuadro de contadores solo ellos tienen acceso, comentó que ese tipo de actuaciones es cubierta por los seguros de hogar.


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