Estimados/as señores/as:
Descripción de los hechos:
Por la presente, interpongo una reclamación contra la empresa BASIC FIT SPAIN, S.A.U. debido a una serie de incumplimientos contractuales graves y a la absoluta falta de respuesta por parte de su servicio de atención al cliente (Referencia de consulta: 17025841). El centro en cuestión es el Camino de Ronda (Granada)
Los motivos de la reclamación son los siguientes:
Falta de servicios básicos (Higiene y Salud): Durante un periodo de 3 semanas consecutivas, mi gimnasio de referencia careció de agua corriente. Este hecho imposibilitaba el uso mínimo de las instalaciones (duchas, aseos, fuentes), incumpliendo las condiciones higiénico-sanitarias básicas y el servicio por el cual pago mi cuota.
Cierre del centro sin previo aviso ni fecha de reapertura: Tras el problema del agua, el gimnasio cerró sus puertas totalmente durante 2 semanas. En ningún momento se me comunicó una fecha prevista de reapertura, generándome una total incertidumbre y obligándome a contratar los servicios de otro centro deportivo para poder continuar con mi actividad física.
Modificación sustancial de las condiciones: La alternativa ofrecida por la empresa durante el cierre se encuentra a una distancia superior a 4 km de mi vivienda habitual ,lo cual, sumado a los problemas previos de suministros, hace inasumible el mantenimiento del contrato.
Desatención absoluta al cliente: Desde el pasado 30 de marzo he intentado contactar con la empresa para solicitar la baja definitiva por las vías oficiales y secundarias (correo electrónico, chat en línea de su página web y mensajes privados en Facebook). A fecha de hoy, no he recibido ninguna respuesta por ninguno de estos canales.
Pretensiones:
Solicito la BAJA DEFINITIVA E INMEDIATA de mi contrato de socio sin ningún tipo de penalización por permanencia, dado que es la empresa quien ha incumplido el contrato de servicios al no garantizar la disponibilidad y salubridad de las instalaciones. Asimismo, solicito que cesen los cobros bancarios y se me confirme la resolución del contrato de forma escrita para evitar acciones legales adicionales por cobros indebidos.
Sin otro particular, atentamente.
A.N.G