El viernes dia 13 de noviembre 2025 por la mañana deberia de haber recibido la medicación para un mes en mi domicilio. Al parecer IMA tiene contratado a Seur para este menester y dicha empresa es muy comun que no cumpla con sus obligaciones. El caso es que Ima se le olvida constantemente, por lo que veo y leo ahora, que es medicacion de personas con enfermedades cronicas, como yo, y que todos los dias debemos de tomar dicha medicacion. Medicacion que forma parte de la prestacion de farmacéutica del sistema nacional de salud, regulada por la ley 29/2006 de garantias y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. El proveedor del servicio en este caso ustedes tiene la obligacion de garanti .zar la continuidad del tratamiento, especialmente tratandose de medicacion cronica prescrita electronicamente.
La interrupcion del tratamiento por fallos logisticos constituye un incumplmiento del servicio contratado y una vulneracin de mi derecho a la continuidad asistencial recogido en el articulo 10 de la ley 41/2002 (autonomia del paciente y calidad asistencial)
Hoy dia 20/11/2025 estoy sin medicacion desde el dia 13/11/2025 quien se hace responsable de los daños que esto ocasiona a mi salud tanto emocional como por enfermedad...