En Bilbao, a 1 de Marzo de 2025
Muy Sres. Míos,
Por medio del presente escrito, y en virtud de lo establecido en la legislación vigente en
materia de contratación y protección de consumidores y usuarios, les requiero
formalmente el reembolso íntegro de la cantidad de 100 €correspondiente a la
cancelación de la reserva de alquiler de vehículo n.
º 9938968385, efectuada a través de la
aplicación oficial de Free2move.
HECHOS
1. 2. 3. 4. 5. En fecha 13 de febrero de 2024, formalicé la reserva de un vehículo Midsize
(Toyota RAV4 o similar) para su recogida en New York JFK Int. Airport (Agencia
#45430) el día 16 de febrero de 2025 a las 11:00 h.
La reserva se realizó a través de la aplicación oficial de Free2move, la cual no
proporcionó acceso previo a términos y condiciones aplicables ni a la política
de cancelación, impidiendo mi conocimiento y aceptación expresa de los mismos.
Al presentarme en la agencia de recogida, el personal de SIXT me informó de la
existencia de una tasa adicional por conductor joven de aproximadamente 50 € por
día, la cual no había sido comunicada en el momento de la contratación.
Ante esta situación, el propio personal de SIXT me garantizó expresamente el
reembolso íntegro del importe abonado si decidía no aceptar la condición
impuesta, lo que llevó a la cancelación de la reserva sin que llegara a retirarse el
vehículo.
No obstante, y a pesar del reconocimiento de esta circunstancia por parte de
Free2move en comunicaciones previas, únicamente se me ha reembolsado la
cantidad de 158,79 €, quedando pendiente el importe restante de 100 €, cuyo abono
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6. se me niega en base a términos y condiciones que nunca he aceptado ni podido
revisar antes de la contratación del servicio.
Además, las propias condiciones de cancelación proporcionadas posteriormente
por Free2move establecen que si la cancelación se realizaba antes del 16 de
febrero de 2025 a las 11:00 h, no se aplicará penalización alguna, pero si se
realizaba después de esa hora, se impondría un cargo de 100 €. Dado que la
cancelación fue procesada tras dicho plazo por decisión de la empresa
arrendadora y no por mi voluntad, el cargo aplicado resulta improcedente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. Incumplimiento de la normativa de contratación electrónica
El artículo 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el
Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
(TRLGDCU), establece que antes de quedar vinculado por un contrato a distancia, el
consumidor debe recibir de manera clara, comprensible y accesible información
sobre los términos y condiciones aplicables.
En este caso, la reserva se formalizó a través de la aplicación oficial de Free2move, la cual
no facilitó acceso a los términos y condiciones antes del pago ni permitió su
aceptación expresa, en vulneración del citado precepto legal.
2. Nulidad de cláusulas contractuales no aceptadas
Conforme al artículo 89.1 del TRLGDCU, las cláusulas contractuales que impongan
limitaciones o penalizaciones al consumidor sin haber sido negociadas individualmente
o aceptadas expresamente se consideran abusivas y, por tanto, nulas de pleno derecho.
Dado que nunca acepté los términos y condiciones de Free2move, ni en la reserva ni
con posterioridad, cualquier penalización aplicada unilateralmente carece de validez
jurídica.
3. Responsabilidad de Free2move como intermediario
Free2move, en su calidad de intermediario en la contratación del servicio, tiene la
obligación de garantizar la transparencia y accesibilidad de la información
contractual, conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2017/1128 relativo a la
prestación de servicios digitales en el mercado único. La ausencia de términos accesibles y
el incumplimiento de las condiciones pactadas vulneran dicha normativa.
4. Incumplimiento de la política de cancelación
Las propias condiciones de cancelación proporcionadas posteriormente por Free2move
establecen que la cancelación efectuada después del 16 de febrero de 2025 a las 11:00 h
conlleva un cargo de 100 €. No obstante, dado que no fui yo quien solicitó dicha
cancelación sino la empresa arrendadora, la aplicación de dicha penalización resulta
abusiva y contraria a derecho.
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REQUERIMIENTO
Por todo lo expuesto, y en virtud de los fundamentos legales mencionados, les requiero
formalmente para que en un plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción del
presente burofax:
1. 2. Procedan al reembolso inmediato de los 100 € pendientes, mediante el mismo
método de pago utilizado en la reserva.
Me faciliten una confirmación por escrito de la realización de dicho pago.
En caso de incumplimiento, me veré en la obligación de iniciar las acciones legales
oportunas para la defensa de mis derechos, incluyendo:
●
Presentación de demanda en vía judicial para la recuperación de la cantidad
adeudada.
A la espera de su pronta respuesta, quedo a su disposición para cualquier aclaración
adicional.
Atentamente,
D. Felipe Gómez