Buenas Tardes, Don Daniel
En relación con su reclamacion, manifestando la necesidad de pulir los faros por parte deeste mercantil, le informamos que no procede. Si bien es cierto, el reclamante ha manifestado la avería desde antes, exactamente en febrero del 2025 como se evidencia en la hoja de reclamaciónde consumo presentada ante la OMIC por Don Daniel
(Documento Nº1). Que de acuerdo a la fecha de reclamación y la fecha de compra realizada en el mes de octubrede 2024 han transcurrido 4 meses. Por lo cual su reclamacion no procede al haber superado en su momento,el tiempo que está estipulado en el contrato de garantias para manifestar los problemas que presenta el vehículo, además el mismo es un elemento de carrocería que está expuesto a diversos factores externos. Sin embargo, este mercantil debe aclarar que esto mismo fue informado al cliente mediante el Documento Nº2, el cual le daba respuesta a la hoja de reclamación presentada por el cliente. Por lo tanto, esta entidad no podrá realizar el pulido de los faros, dado que ya se le comunicó en su momento que dicho servicio no está cubierto por la garantia.
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Ocasión Plus SL
Email:atencionalcliente@ocasionplus.com
En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor).
El lun, 6 abr 2026 a las 23:15,
reclamar@ocu.org escribió: