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Renovación fraudulente en Edreams prime

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Cancelación

Tu reclamación

D. P.

A: EDREAMS

04/08/2026

Renovación de un servicio en el que no sabía que estaba suscrito

Mensajes (1)

D. P.

A: EDREAMS

19/08/2026

No se ha solucionado. Todo lo contrario. Vamos a presentar una denuncia a la policía, porque es una práctica que están realizando con muchos clientes: sin date cuenta mientras hacer la primera reserva de un billete de avión te suscriben EDreams Premium y luego renuevan la suscripción para el año siguiente. Miren la cantidad de reclamaciones que tiene la OCU por este mismo motivo. Yo sugiero a todos los damnificados que vayan a una comisaría de policía y que denuncien esta práctica. Por si ayuda, yo escribí este texto: ASUNTO: Reiteración de reclamación. Solicitud de devolución del importe indebidamente cobrado, ejercicio de derechos en materia de protección de datos y requerimiento previo a acciones administrativas y judiciales. Muy señores míos: Me dirijo nuevamente a esa entidad en relación con el cargo de 89,99 euros efectuado el día 23 de julio de 2026 en concepto de renovación de la suscripción eDreams Prime, cargo cuya devolución les he solicitado reiteradamente sin haber obtenido hasta la fecha una solución satisfactoria. Tras examinar la documentación que ustedes alegan como fundamento del cobro, debo manifestar formalmente lo siguiente: PRIMERO. Carácter deliberadamente ambiguo del correo electrónico remitido. Ustedes sostienen que notificaron la renovación mediante un correo electrónico cuyo asunto era: «Qué es lo próximo con Prime» Resulta evidente que dicho asunto no identifica en modo alguno que se trate de una comunicación contractual relativa a la renovación automática de una suscripción de pago. Por el contrario, su redacción induce razonablemente al destinatario a creer que se trata de un mensaje meramente promocional o publicitario, semejante a los numerosos correos comerciales que ustedes remiten de forma habitual. No parece casual que un mensaje cuyo verdadero objeto consiste en advertir de un inminente cargo económico omita en su encabezado expresiones inequívocas como: • «Renovación automática de su suscripción». • «Aviso de próximo cargo». • «Su suscripción Prime será renovada». • «Acción necesaria para evitar la renovación». La utilización de un título deliberadamente ambiguo reduce de forma evidente las posibilidades de que el consumidor abra el mensaje y conozca una información esencial para la defensa de sus intereses económicos. Una información jurídicamente relevante no puede ocultarse bajo la apariencia de un simple correo publicitario, como tantos otros que me envían como SPAM: SEGUNDO. Incumplimiento del artículo 97.4 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Pero incluso admitiendo, a efectos meramente dialécticos, que dicho correo hubiera sido correctamente recibido, su contenido tampoco cumple las exigencias legales. El artículo 97.4 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/2022, de 25 de febrero, establece que, en los contratos de duración determinada sujetos a renovación automática, el empresario deberá informar al consumidor, con una antelación mínima de quince días: • del vencimiento del contrato; • de la renovación prevista; y • de las consecuencias de no comunicar su cancelación. Su correo únicamente indica que la suscripción «se renovará automáticamente». En ningún momento informa de las consecuencias jurídicas y económicas derivadas de no comunicar la cancelación, requisito expresamente impuesto por el legislador. No se trata de un defecto menor o meramente formal. Precisamente esa advertencia constituye el núcleo de la protección legal del consumidor frente a renovaciones automáticas, permitiéndole conocer con claridad que, de no actuar, quedará obligado al pago de una nueva anualidad. En consecuencia, la información facilitada por eDreams no satisface las exigencias establecidas por el artículo 97.4 TRLGDCU, por lo que la renovación automática no puede considerarse válidamente informada. TERCERO. Cobro anticipado de un servicio futuro expresamente rechazado. Debe destacarse además una circunstancia especialmente relevante. El importe cargado no retribuye un servicio ya prestado, sino una anualidad futura que todavía no había comenzado cuando se efectuó el cargo. Es decir, ustedes están cobrando por adelantado un servicio correspondiente al período siguiente, servicio que no deseo contratar, que he manifestado expresamente que no quiero mantener y que jamás voy a utilizar. El mismo día 23 de julio de 2026, inmediatamente después de advertir el cargo en mi cuenta bancaria, llamé al teléfono de atención al cliente de eDreams. Durante esa conversación manifesté de forma expresa mi voluntad de cancelar cualquier renovación y solicité la devolución inmediata del importe. El empleado que me atendió me aseguró que el importe me sería reembolsado. Posteriormente comprobaría que dicha afirmación era falsa. Solicito formalmente que esa conversación sea localizada y conservada, pues constituye una prueba esencial de que comuniqué inmediatamente mi oposición a la renovación y de que fui inducido a confiar en una devolución que nunca llegó a producirse. CUARTO. Existencia de una práctica reiteradamente denunciada por numerosos consumidores. Mi reclamación no constituye un supuesto aislado. Basta consultar las reclamaciones públicas existentes en asociaciones de consumidores, organismos administrativos y numerosos foros especializados para comprobar que existen cientos de reclamaciones de consumidores que describen un patrón prácticamente idéntico: • suscripciones cuya existencia muchos usuarios desconocían; • renovaciones automáticas inesperadas; • correos electrónicos poco visibles o de apariencia publicitaria; • negativa sistemática a devolver el importe pese a solicitarse inmediatamente después del cargo. La reiteración de estas reclamaciones pone de manifiesto que no nos encontramos ante incidencias individuales o fortuitas, sino ante una práctica com


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