Buenos díaCon relación al correo recibido y reclamación por parte de Dña. Sara Jimenez Jimenez, les informamos de lo siguienteLa Sra. Jimenez, figura como asegurada nuestra a través de dos seguros (uno de Salud y uno de Decesos), con fecha de efecto de alta cada uno del 01/03/2023, cada uno de estos seguros tiene su correspondiente contrato (condicionado particular y general), donde entre otras cosas, se describe la fecha de efecto de alta y la duración y vigencia de cada uno de ellos. En este caso, el de salud, tiene duración y vigencia hasta el 31 de diciembre del año en cuso y el de Decesos, hasta el 28/02/2024, siendo renovables al vencimiento de forma automática por periodos anules, salvo comunicación escrita por parte del contratante, con un plazo mínimo de un mes a la fecha de finalización de cada uno de ellosPor consiguiente, si la solicitud de baja de ambos se ha presentado con fecha posterior al 30 de noviembre, la solicitud de baja para el producto de salud, seri ya efectiva para el 31/12/2024 y el de Decesos, sería para 28/02/2024No obstante, a todo lo anterior y después de hablar en el día de hoy con la Sr. Jimenez, quien nos comunica que, la baja del seguro de salud es como consecuencia de tener otro seguro a través de su empresa, procederemos de forma extraordinaria a dar la baja del seguro de salud con fecha de efecto 31/12/2023 y el Decesos, tal y como marca el contrato, con fecha de efecto 28/02/2024Sin otro particular, reciban un cordial saludoMerino Alvaro, JoséResponsable CarteraTerritorial Centro Norteproduccion.madrid@asisa.esDELEGACION MADRIDCl. Miguel Ángel, 7 28010 - Madridwww.asisa.es