Estimada alumna,
Nos dirigimos a Vd. en respuesta a la reclamación presentada el pasado 19 de junio de 2026 en relación con el curso intensivo MIR 2026 (en adelante, el “Curso”), en su modalidad a distancia, impartido por HEALTHCADEMIA EDUCATION IBERIA, S.L.U. (anteriormente ACADEMIA DE ESTUDIOS MIR, S.L.U.).
En consecuencia, y para dar una correcta respuesta, resulta conveniente contextualizar como se ha desarrollado la relación entre las partes:
En primer lugar Vd. se matriculóen fecha 14 de enero de 2025 en el Curso, cuyo inicio tuvo lugar en abril de 2025, finalizando el pasado 24 de enero de 2026 con la realización del examen MIR oficial.
El importe del precitado Curso ascendía a un total de 2.220€ (50€ en concepto de matrícula y 2.170€ de docencia). Vd. se matriculó abonando los 50€ de matrícula, aplazando el resto del pago por mensualidades domiciliadas de 217€ cada una.
Posteriormente, Vd. abonó la cuota de Mayo 2025, sin embargo, las cuotas correspondientes a los meses de abril 2025, junio 2025 y julio 2025 fueron devueltas por impago.
Ante esta situación,en fecha 30 de junio de 2025, el departamento de Finanzas se puso en contacto con Vd. informando de las cuotas pendientes de pago y que se procedía, de conformidad con nuestra política, a darle de baja de los servicios a los que tenía acceso hasta esa fecha. Desde ese momento se bloqueó el acceso, lo que explica que Vd. no pudiera acceder en julio.
Ante la falta de respuesta por su parte, el departamento de Finanzas volvió a contactar con Vd.en fecha 21 de noviembre de 2025, recordándole que aún continuaban pendientes de pago las cuotas de abril, junio y julio de 2025.
No fue hastael 10 de enero de 2026 que Vd. se puso en contacto con el departamento de Finanzasalegando que el correo se encontraba dentro del Spam. Asimismo, informaba que no había podido acceder en el mes de julio a las clases porque su usuario se encontraba bloqueado y que abonaría las cuotas pendientes.
A este respecto, resulta necesario destacar que los correos electrónicos remitidos por el departamento de Finanzas provienen de una dirección automatizada que no admite respuestas. Como se puede comprobar en la imagen adjunta, al pie de cada comunicación se especifica claramente: “Este correo no admite respuesta. Para cualquier duda o aclaración... póngase en contacto conmatriculacion@grupoamir.es”. Al haber respondido directamente a una cuenta no habilitada para la recepción de mensajes, su correo lamenmente no pudo ser recibido ni gestionado por nuestro equipo.
Transcurrieron los meses y Vd. no abonó ningún importe. Concretamente,en fecha 17 de junio de 2026contactó con el departamento de atención al alumno solicitando aclaración respecto al reclamo de la cuota de julio 2025 por estar su usuario bloqueado.
Desde atención al alumno, en fecha 18 de junio de 2026, se le aclaró que las cuotas de abril, junio y julio habían sido devueltas por impago de los recibidos domiciliados. En consecuencia, el sistema bloqueó el acceso en junio de 2025, tal y como se le ha indicado anteriormente. Sin embargo, el bloqueo no supone la anulación de las cuotas devengadas, sino que las mismas deben ser abonadas.
Una vez aclarado lo anterior,en fecha 19 de junio de 2026, procedió a realizar el pago de las cuotas pendientes. Dicho pago se hizo efectivo más de un año después de su devengo.
Por todo lo expuesto, nos reafirmamos en la postura hasta ahora mantenida, sin que pueda aceptarse su pretensión.