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Reiteración de reclamación – incumplimiento parcial de Auto de Exoneración

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Cuenta bancaria

Tu reclamación

I. G.

A: BANCO SANTANDER. Atencion Al Cliente

18/05/2026

Estimados/as señores/as: Me dirijo nuevamente a su entidad en relación con las reclamaciones previamente presentadas respecto al Auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Barcelona en fecha 30 de marzo de 2026. He comprobado que su entidad ha procedido parcialmente a la actualización de mi situación respecto de la deuda asociada a la tarjeta de crédito, reconociendo de facto los efectos de la exoneración judicial. Sin embargo, continúan manteniendo registrada una supuesta deuda pendiente por importe aproximado de 240 euros, impidiendo además el cierre definitivo de la cuenta bancaria y la cancelación completa de los productos asociados. A este respecto, debo manifestar expresamente que dicha cantidad deriva de relaciones contractuales y obligaciones económicas anteriores al Auto de Exoneración y vinculadas al mismo contexto de insolvencia que motivó el procedimiento concursal. Dicha situación resulta improcedente, toda vez que las obligaciones económicas anteriores al Auto de Exoneración han quedado legalmente extinguidas y no pueden seguir siendo tratadas como deuda exigible ni utilizarse como motivo para bloquear la cancelación de la cuenta. Por todo ello, LES REQUIERO formalmente para que: Procedan a la inmediata actualización completa de mis datos internos conforme al Auto judicial. Eliminen cualquier saldo pendiente y Permitan el cierre definitivo de la cuenta bancaria y de cualquier producto asociado. Solicito que actualicen la información comunicada a los sistemas de información crediticia y de riesgos. Confirmen por escrito la correcta ejecución íntegra del Auto de Exoneración. En debido cumplimiento de los efectos de una resolución judicial firme. En consecuencia, LES REQUIERO nuevamente todo ello con expresa reserva de acciones ante el Banco de España, Agencia Española de Protección de Datos y, en su caso, ante el propio Juzgado Mercantil competente para determinar el alcance efectivo de la exoneración concedida. Adjunto nuevamente copia del Auto judicial. Atentamente.

Mensajes (1)

I. G.

A: BANCO SANTANDER. Atencion Al Cliente

21/06/2026

EXPONGO Que desde febrero de 2025 dejé de utilizar la cuenta bancaria mantenida con Banco Santander, coincidiendo con el inicio de mi situación de insolvencia y la preparación del procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad. La deuda principal mantenida con la entidad, correspondiente a productos financieros asociados, fue incluida en el procedimiento concursal, obteniendo posteriormente Auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Barcelona con fecha 30 de marzo de 2026. Tras la concesión de la exoneración he solicitado en varias ocasiones el cierre de la cuenta bancaria, aportando copia del Auto judicial y manifestando expresamente mi voluntad de cancelar definitivamente la relación contractual con la entidad. Sin embargo, Banco Santander ha rechazado el cierre alegando la existencia de una deuda aproximada de 240 euros correspondiente a comisiones de mantenimiento generadas en una cuenta que permanece sin operativa desde febrero de 2025. Resulta especialmente grave que dichas comisiones hayan continuado generándose incluso después de haber solicitado el cierre de la cuenta y después de haber aportado el Auto de Exoneración, produciendo una situación circular en la que la entidad impide la cancelación de la cuenta por una deuda formada precisamente por las comisiones que continúan acumulándose al mantener abierta dicha cuenta. Asimismo, dichas cantidades no eran visibles ni conocidas razonablemente por esta parte, por lo que no pudieron ser identificadas individualmente en la relación de créditos aportada durante el procedimiento concursal. SOLICITO Que Banco Santander proceda a revisar la deuda reclamada correspondiente a comisiones de mantenimiento de una cuenta sin operativa. Que se deje sin efecto dicha deuda al derivar de una situación directamente vinculada a la insolvencia que dio lugar al procedimiento concursal y a la posterior exoneración del pasivo insatisfecho. Que se ordene la inmediata cancelación y cierre definitivo de la cuenta bancaria y de cualquier producto asociado. Que cesen de forma inmediata los cargos por comisiones de mantenimiento y cualquier otra comisión futura relacionada con dicha cuenta. Que se actualicen correctamente los datos internos de la entidad conforme al Auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho aportado. Que se remita respuesta expresa y motivada a la presente reclamación. Se adjunta copia del Auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho.


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