Naturaleza del problema:

Facturación

Tu reclamación

J. D.

A: INTEGRA ENERGIA. Integración Europea de Energía

11/12/2025

Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía Integra Energía. En la factura con referencia 2512A019952 y período de consumo del 01/11/2025 a 25/11/2025, de la que adjunto copia, aparece un concepto llamado Regularización de Tarifa Híbrida por importe de 88,58€ que en facturas anteriores no se contempla. Se trata de la última factura emitida antes del cambio de Comercializadora que se llevó a cabo ya que los precios que se venían aplicando eran superiores a mejores ofertas y porque aplican renovaciones de permanencias automáticas según contempla la propia factura En esta, aparece el cargo de penalización por baja anticipada por importe de 0,81€ y que sí asumimos, ya que la baja se gestiona mediante la nueva comercializadora pocos días antes del fin de contrato (por temor a una renovación automática, como ya ocurrió en Noviembre del 2024). Pero, no se justifica el cobro por otro lado del importe reclamado como regularización de tarifa híbrida, que cuanto menos, ni se entiende ni se explica. Se contacta con Atención al cliente el día 11/12/2025 entre las 14:45h y 15:10 y tras pasar política de seguridad, es mi esposa quien explica el motivo de la llamada, que supuestamente, es atendida por un tal Leonardo Hernández, a fin de informarnos el motivo de dicho cargo. El agente informa que se trata de que la comercializadora nos ha venido aplicando una serie de descuentos pero que, como no se ha finalizado (por unos días) el contrato de permanencia, los descuentos aplicados hasta la fecha, se devuelven. Entendiéndose así que se aplican realmente dos penalizaciones y que durante el último año, se nos habría facturado sin promoción. Se informa al agente que lo entendemos como cláusula abusiva, si es que está contemplado en contrato, tras anunciar que procederemos a reclamación mediante OCU o devolución de factura hasta su correcta refacturación, el agente indica que la OCU no tiene nada que hacer porque está indicado en las Condiciones Generales (desconocemos si es así) y de manera descortés, habla por encima del cliente, no permite expresar y cuelga la llamada sin haber habido ninguna falta de respeto por nuestra parte. Tras este hecho, vuelvo a llamar yo como titular, y soy atendido por el mismo agente que colgó la llamada anterior, y desgraciadamente por segunda vez, despide la llamada dejándome con la palabra en la boca. A mi entender, las permanencias se aplican a cambio de un beneficio y por tanto, se penaliza por baja anticipada ya que se ha disfrutado de un beneficio. Pero no es normal aplicar las dos cláusulas, penalización por un lado, y devolución de descuentos. Solicito: adopten las medidas oportunas para que se proceda a las verificaciones necesarias a fin de devolver el importe que es motivo de reclamación y se auditen las dos llamadas del día y de las horas indicadas por pésima calidad en atención al cliente. Sin otro particular, atentamente.

Mensajes (1)

Asistencia solicitada 12 enero 2026

INTEGRA ENERGIA. Integración Europea de Energía

A: J. D.

13/01/2026

Buenos días, Les informamos que con fecha 12/01/2026 se ha dado respuesta a la reclamación de referencia y mail en cola a través del correo electrónico del reclamante autorizado en la contratación. Un saludo. Cuenta de correo propiedad de INTEGRACIÓN EUROPEA DE ENERGÍA, S.A.U. y de uso estrictamente profesional. Este mensaje electrónico está dirigido únicamente a la(s) dirección(es) indicada(s) anteriormente. Cualquier revelación, uso o reenvío no autorizado, completo o en parte está prohibido. Si ha recibido este mensaje por equivocación notifíquelo a: dpo@integraenergia.es Si no desea recibir correos envíenos un correo a: dpo@integraenergia.es INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS Responsable. INTEGRACIÓN EUROPEA DE ENERGÍA, S.A.U. Finalidad. - Posibilitar la reserva y su gestión así como la efectiva prestación de los servicios contratados. - Responder a las consultas y/o solicitudes de información transmitidas por usuarios a través del sitio web. Podrá cancelar los referidos envíos utilizando los mecanismos escidos al respecto en cada uno de ellos. Legitimación. Cumplimiento contractual. Interés legítimo del Responsable y de la legalidad vigente. Cesiones. Colaboradores de la empresa. Finalidad. Cumplimiento de los compromisos contractuales adquiridos. Derechos. Acceder, rectificar y suprimir, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Información adicional. Polígono Industrial Espíritu Santo. Calle Dinamarca, 4. 33010 OVIEDO, ASTURIAS o en www.integraenergia.esolitica-de-privacidad *Alcance Sistema Integrado de Gestión de Calidad, Energía y Satisfacción del Cliente: comercialización de gas y energía eléctrica que se realizan en Polígono Industrial Espíritu Santo. Calle Dinamarca, 4. 33010 OVIEDO, ASTURIAS. Alcance Sistema ODS: Comercialización de energía eléctrica y gas. otros servicios de valor añadido: servicio de telemedida, comercialización de placas de energía fotovoltaica, comercialización de soluciones eficientes en iluminación y climatización, comercialización de baterías de energía reactiva. Fecha: 11/12/25 17:15:31 Asunto: Regularización Tarifa Híbrida


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