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A. C.

A: GROUPON SPAIN SLU

23/10/2026

SEGUNDA RECLAMACIÓN CONTRA GROUPON POR FALTA DE TRANSPARENCIA EN LAS CONDICIONES ECONÓMICAS DE UNA OFERTA HOTELERA Destinatario: Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) Empresa reclamada: Groupon Reclamante: D. Alberto Carpio Robledo Localidad: Pontevedra Fecha: 23 de octubre de 2026 Asunto: Segunda reclamación por falta de información sobre el coste real de una oferta hotelera, ausencia de respuesta a las reclamaciones anteriores y solicitud de devolución del importe abonado. EXPONE PRIMERO. Compra de la oferta Adquirí a través de Groupon una oferta anunciada como «Bono de 30 noches de hotel en España, Portugal y Andorra para 2, 3 o 4 personas (no es nominal y no caduca)». La compra se realizó confiando en la publicidad de la oferta y en que las condiciones económicas permitieran disfrutar de las estancias a un precio razonable y acorde con la información facilitada antes de contratar. SEGUNDO. Coste de los desayunos obligatorios Tras canjear el bono y acceder a las condiciones concretas de reserva, comprobé que para disfrutar de las estancias era obligatorio contratar desayunos cuyo coste superaba los 50 euros por persona y día, lo que supone más de 100 euros diarios para dos personas únicamente por este servicio. El motivo de la reclamación no es simplemente que los desayunos fueran obligatorios, sino que su coste resultó extraordinariamente elevado y aumentaba sustancialmente el precio real de utilización del bono. Considero necesario comprobar si, antes de efectuar la compra, Groupon informó de forma clara, visible y suficiente de este coste o facilitó información que permitiera conocer su importe y calcular el coste real de la oferta. Conocer que un servicio es obligatorio no equivale a conocer que tendrá un precio superior a 50 euros por persona y día. Por ello, solicito que se valore si la información facilitada antes de la contratación fue suficientemente transparente y permitió tomar una decisión de compra con conocimiento de las condiciones económicas reales. TERCERO. Ausencia de disfrute de las noches de alojamiento Aunque el bono figura como canjeado, no he disfrutado de ninguna de las 30 noches de alojamiento incluidas en la oferta. El canje se realizó para acceder a las condiciones concretas de reserva y conocer los precios aplicables. Fue entonces cuando conocí el elevado coste de los desayunos obligatorios y comprendí el impacto económico que suponía utilizar el bono. Por tanto, debe distinguirse entre el canje administrativo del bono y la prestación efectiva del servicio de alojamiento, que no se ha producido en ninguna ocasión. CUARTO. Reclamaciones realizadas y ausencia de respuesta Una vez conocidas las condiciones económicas, solicité a Groupon la devolución del importe abonado, pero mi petición fue rechazada. Posteriormente, acudí a los organismos de Consumo competentes para intentar resolver la situación y defender mis derechos como consumidor. Mediante el presente escrito, hago constar que esta es la segunda reclamación que presentamos sobre estos hechos y que, hasta la fecha, no hemos recibido respuesta a las reclamaciones presentadas ante la OCU. Esta falta de respuesta nos obliga a reiterar nuestra solicitud de intervención, ya que seguimos sin obtener una solución satisfactoria al problema planteado. Nuestra reclamación no obedece a un simple cambio de opinión, sino a una discrepancia sobre la información económica facilitada antes de contratar, el coste real de utilización del bono y la ausencia de disfrute de las noches de alojamiento. QUINTO. Solicitud de intervención de la OCU Solicitamos que la OCU revise nuevamente el caso, tenga en cuenta que se trata de una segunda reclamación y nos informe sobre las actuaciones que puedan llevarse a cabo para obtener una respuesta y una solución. En particular, solicitamos que se analicen la publicidad original de Groupon, las condiciones del bono, la información disponible antes de la compra sobre el precio de los desayunos obligatorios y las condiciones económicas conocidas tras el canje. Asimismo, pedimos que se tenga en cuenta que no hemos utilizado ninguna noche de alojamiento, que Groupon rechazó nuestra solicitud de devolución y que, pese a las gestiones realizadas, seguimos sin obtener una solución satisfactoria. SEXTO. SOLICITUDES Por todo lo expuesto, SOLICITO A LA OCU: 1. Que admita esta segunda reclamación y la incorpore a los antecedentes del caso, teniendo en cuenta las reclamaciones anteriores y la ausencia de respuesta. 2. Que nos informe sobre el estado de las reclamaciones presentadas y las actuaciones realizadas, si las hubiera. 3. Que intervenga ante Groupon para solicitar una respuesta motivada y una solución a la controversia. 4. Que valore si el precio de los desayunos obligatorios fue comunicado de forma clara y suficiente antes de la compra. 5. Que examine si la publicidad y las condiciones de contratación permitían conocer el coste real de utilización de la oferta. 6. Que tenga en consideración que el bono figura como canjeado, pero no se ha disfrutado de ninguna de las 30 noches de alojamiento. 7. Que nos asesore sobre las actuaciones que procedan para defender nuestros derechos como consumidores y obtener la devolución del importe abonado. Solicitamos que se valoren conjuntamente los hechos y la documentación justificativa y que se nos facilite una respuesta sobre esta segunda reclamación. En Pontevedra, a 23 de octubre de 2026. Atentamente, ALBERTO CARPIO ROBLEDO


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