Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de barcelona, que tenía su salida a las 15:10 horas del día 02 del mes de julio de 2024 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 16:35 horas del día 02 de julio del 2024. llegando a Barcelona a las 21:05 de ese mismo día.
Adjunto los siguientes documentos:
Nº de pasajeros: 1
El vuelo sufrió un retraso de más de
tres horas en la hora de llegada.
SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea