Buenos días, tras conversación telefónica con el cliente, nos gustaríahacer las siguientes alegaciones: 1. Que a la llegada del operario al domicilio, el mismo le informa del precio por la apertura indicando que al ser un servicio urgente, lleva un plus de 380Eur más IVA. En ningún momento se le informa que la apertura sean 350Eur como indica en su escrito. 2. Que el operario le proporciona presupuesto previo a la prestación del servicio y le indica que, en caso de necesitar el bombillo tras la apertura si finalmente se precisaba taladrar el de origen, se verían las opciones de bombillos y se presupuestaría por la instalación del mismo. 3. Que el cliente acepta y firma el presupuesto por la apertura de la puerta sin mostrar disconformidad, quedando a la espera de presupuestar el bombillo en caso de ser necesario. 4. Que una vez abierta la puerta y siendo necesario el cambio de bombillo, el operario le informa de las varias posibilidades de bombillos a instalar, con la mano de obra incluida y el cliente decide qué bombillo poner de entre los ofrecidos por el operario. 5. Que el cliente aceptó sin disconformidad el cambio de bombillo, de no haber sido así, no hubiese dejado al operario poner el bombillo. Evidentemente si no se ponía el bombillo, la puerta quedaría sin el mismo, pero en ningún momento se le indicó de forma intimidadora. Es un sin sentido, porque *al operario le es indiferente que el cliente quiera o no dejar la puerta de su casa sin medio de seguridad*. Usar la mentira diciendo que el operario usó la intimidación delante de los hijos del cliente, nos parece de lo más deplorable que hemos leído. 6. Que cuando se iba a proceder al pago, el datáfono se encontraba sin batería, por lo que pidió si por favor podía poner a cargar el mismo para poder realizar el cobro. Tener el datáfono sin batería no es tenerlo estropeado. Si hubiese estado estropeado no habría funcionado poniéndolo a cargar. 7. Que una vez realizado el pago, el comprobante de pago no salió, ya que lamenmente y por una situación ajena a esta comercial, los datáfonos de nuestro banco, suelen dar problemas a la hora de sacar los comprobantes una vez que el datáfono se ha quedado sin batería. Este hecho se ha reclamado al banco al que pertenecemos, pero es un problema que presentan ciertos terminales y poco a poco, los están cambiando por otros que en principio no presentan ese problema, pero todavía, no hemos recibido los terminales nuevos. No obstante, el comprobante de pago, el cliente también lo puede obtener desde su aplicación bancaria. 8. Que cuando el cliente solicita la factura al operario, el mismo le indica que le llega vía mail al mail que el cliente ha indicado en el conforme a presupuesto. 9. Que esta comercial ha mandado la factura en varias ocasiones, dando error la dirección de correo, ya que en la copia para la empresa, del documento en formato calco, no se aprecia bien si en cierta parte de la dirección, pueda haber un punto o guión bajo, ya que se ve espacio entre dos palabras de la dirección y teniendo en cuenta que en las direcciones de correo electrónico, no existen los espacios, hemos probado poniendo "punto" y "guión bajo" y el correo nos es devuelto por error en la dirección. El cliente nunca nos ha llamado o escrito por mail para reclamarnos la factura. El número de teléfono al que el cliente indica llamar, no pertenece a esta comercial, por eso nunca va a obtener respuesta. Tanto en el presupuesto como en el conforme a presupuesto, aparece nuestro correo electrónico y nuestro número de teléfono. 10. Que no entendemos de dónde saca el cliente que el CIF de esta empresa no es oficial y que la empresa no existe, cuando es tan sencillo de comprobar, cómo poner el CIF de la empresa en Google y comprobar que está dada de alta, la fecha de alta, nombre y apellidos del administrador, actividad comercial, etc., datos que, de cualquier empresa son públicos y por ende al alcance de cualquier persona. 11. Que tras llamada telefónica con el cliente, en el día de hoy, 05/02/2024, donde se trata de tender puentes de forma amistosa con el cliente, el mismo nos indica que no va a aceptar ninguna solución amistosa distinta a una devolución de 739Eur, no entendiendo por qué el cliente solicita dicha cantidad, porque aceptó y formó el presupuesto previo a la prestación del servicio, habiéndose informado del precio de la apertura y el precio de la instalación del bombillo. 12. Que teniendo en cuenta todas las alegaciones anteriores, se desestima hacer la devolución de la cantidad demandada por el cliente.Sin otro particular, reciba un cordial saludo.El mar, 30 ene 2024 a las 20:37, escribió: -- DPTO. FACTURACIÓN ATENCIÓN AL CLIENTELunes a Viernes de 08.30 a 14.00 horas CERRAJEROS CUBO, S.L.: mobilePhone] 669 411 457: emailAddress] cerrajeroscubo@gmail.comAVISO LEGALEste mensaje y sus archivos adjuntos van dirigidos exclusivamente a sudestinatario y puede contener información confidencial sujeta al secretoprofesional, cuya divulgación no está permitida por la legislación vigente.En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de formainmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestraatención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documentoadjunto al mismo.Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización total oparcial de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo,cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por la ley. El correoelectrónico vía Internet no permite asegurar la confidencialidad de losmensajes que se transmiten ni su integridad o correcta recepción. 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