Estimados/as señores/as:
El 22 de septiembre de 2026 adquirí en su página web www.runningemotion.com unas zapatillas ASICS Gel-Cumulus 28 Black-Illuminate Green.
Ejercí mi derecho de desistimiento y el 25 de septiembre de 2026 entregué el paquete de devolución a InPost. Desde el 30 de septiembre estoy reclamando una solución.
El 14 de octubre confirmaron por escrito que, tras consultar con el transportista, el paquete había llegado correctamente a sus almacenes y únicamente faltaba tramitar la devolución.
Sin embargo, el 23 de octubre otra persona de su equipo afirmó que todavía estaba de camino. Posteriormente volvieron a comunicar que investigarían con el transportista, sin concretar una fecha de reembolso.
Además, marcaron mi consulta como resuelta sin devolverme el dinero. En su web la devolución aparece como «Pedido cancelado» y «Superado el plazo máximo para recepción del paquete devuelto».
A fecha de 29 de octubre de 2026 han transcurrido 34 días desde que entregué el paquete y sigo sin recibir el reembolso.
Recuerdo que el artículo 107.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007 permite retener el reembolso hasta recibir los bienes o hasta que el consumidor presente una prueba de su devolución, según qué condición se cumpla primero. He aportado dicha prueba y cuento, además, con su confirmación escrita de recepción.
Adjunto justificante de compra y pago, justificante de entrega a InPost, comunicaciones con atención al cliente y capturas del estado de la devolución.
Solicito, conforme al artículo 76 del Real Decreto Legislativo 1/2007, el abono del doble de la suma adeudada, que asciende a un total de 212 euros, incluidos los 106 euros del reembolso pendiente.
Atentamente.