Estimados/as señores/as:
Tenía contratado un viaje (vuelo + hotel), siendo uno de los vuelos en avión desde el aeropuerto de Madrid Barajas al de Paris Orly, que tenía su salida a las 6:45 horas del día 23 del mes de marzo de 2026, con un coste de 93,00 €, según me confirmó la aerolínea.
La propia aerolínea me envió un mensaje a las 6:10 horas del mismo día de salida para informarme de la cancelación de mi vuelo, por lo que tuve que movilizarme por mi propia cuenta, estando ya en el aeropuerto de salida, para hacer todas las gestiones hasta conseguir otro vuelo alternativo que me llevara a mi destino, pagando el importe del nuevo billete y teniendo que reclamárselo después a la aerolínea para que me lo abonara.
Después de todas las molestias e inconvenientes que sufrí, reclamé a la aerolínea y me abonó directamente una compensación por cancelación de 250 € y otra compensación por gastos adicionales, correspondiente al reembolso de la diferencia en tarifa con el billete del vuelo alternativo, por el monto de 705,07 € (798.07 EUR del vuelo alternativo - 93 EUR del vuelo original cancelado), el lunes 20/04/2026.
Sin embargo, el reembolso del billete del vuelo cancelado, por importe de 93,00 €, no me fue reembolsado directamente por la aerolínea, sino que fue enviado a la agencia de viajes eDreams, a través de la que yo contraté mi vuelo.
Por su parte, eDreams me abonó una devolución el martes 21/04/2026, pero el importe fue de 84,58 € en lugar de los 93 EUR que reembolsó la aerolínea.
La explicación que me dio eDreams fue que la aerolínea había reembolsado la cantidad íntegra de 93,00 € correspondientes a mi billete cancelado, de los que la agencia restó 8,42 € y me devolvió sólo 84,58 € porque habían quitado el descuento que tenía en la contratación.
Adjunto hilo de correo electrónico mantenido con eDreams, en donde se detalla la conversación con su servicio de atención al cliente, los reiterados contactos realizados y su confirmación de que restaron mi descuento original del reembolso que recibieron desde la aerolínea, obligándome a asumir yo el importe de ese descuento, lo que es una práctica comercial abusiva e ilegal según la normativa de consumo en España.
SOLICITO la devolución del descuento retenido del reembolso íntegro realizado por la aerolínea
Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que:
- Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza
- Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea