Yo, david briz cortes con dni : 28935362M, titular de la póliza de seguro de hogar nº [número de póliza], suscrita con Línea Directa Aseguradora, S.A., me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal por la negativa a devolverme la parte proporcional de la prima no consumida tras la venta de la vivienda asegurada.
Hechos:
Con fecha [10/10/2025], procedí a la venta de la vivienda asegurada sita en [ calle juanjose ruiz monge numero 4 , dos hermanas . Cp: 41702].
Tras comunicar este hecho a Línea Directa, se me informó de que no se me devolvería la prima no consumida, alegando que el contrato es anual y que el importe se restaría en caso de contratar un nuevo seguro en el futuro.
Dicha respuesta resulta contraria a la legislación vigente.
Fundamentos legales:
De acuerdo con el artículo 22 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, la transmisión del objeto asegurado (en este caso, la vivienda) produce la extinción del contrato si el adquirente no acepta el seguro. En tal supuesto, el asegurador está obligado a devolver la parte de prima correspondiente al período no consumido.
Por tanto, retener dicha cantidad o supeditar su devolución a la contratación futura de otro seguro constituye una práctica abusiva y contraria a derecho.
Por todo lo expuesto, SOLICITO:
La devolución inmediata de la parte proporcional de la prima no consumida desde la fecha de la venta de la vivienda, esto es, desde la fecha 14/10/2025].
Que dicha devolución se efectúe por el mismo medio de pago utilizado para abonar la prima.
Acuse de recibo y resolución expresa a esta reclamación, conforme al plazo máximo de dos meses previsto en el Reglamento de los Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras.