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REEMBOLSO DE FINANCIACIÓN

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Financiación

Tu reclamación

A. P.

A: Sequra

07/03/2026

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, [titular de un préstamo, por un curso contratado por internet (curso llamado AUTOMATIZATUBE . Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con [el curso ya que no es nada fácil como te lo pintan ya que te prometen devolver el dinero cuando quieras y he tratado de comunicarme con ellos de varias formas posibles y no he recibido ninguna respuesta ]. Y por ello: [Te financian una formación prometiendo grandes cambios de vida sin tu consentimiento prometiéndote generar ingresos extra desde el primer mes(Totalmente Incierto), lo cual te intentas comunicar con ellos y no te responden, la plataforma financiera te envía un correo que te devuelven el dinero y me comunico con ello "dicen que me tengo que comunicar con la plataforma del curso" en cambio ahora tengo que pagar una financiación que no me puedo permitir ] Adjunto los siguientes documentos: [correos, capturas de pantalla de comunicación, documentación que se aporta: no existe contrato, extractos bancario, otros documentos …] SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para: […]. Sin otro particular, atentamente.

Mensajes (13)

Sequra

A: A. P.

09/03/2026

Estimado Andy Arturo, Lamentamos la situación que nos indicas. No obstante, informarle que SeQura no puede cancelar o reembolsar los importes si la vendedora del curso, no acepta su solicitud, ya que son contratos independientes. O bien, se hayan devuelto los importes prestados. Te recomendamos contactar con ellos para cualquier duda o consulta. Quedamos a la espera de que OCU nos contacte para responder adecuadamente. Estamos a tu entera disposición ante cualquier gestión o consulta que tengas sobre la gestión de los pagos. Un saludo, Tanit Customer Care s:www.sequra.com/es ¿Ya tienes la app? Compra, paga y gestiona desde nuestra app. Todo en un solo lugar. AVISO: Este correo electrónico es confidencial y puede estar protegido por privilegio u otra normativa que limite su divulgación. Está dirigido exclusivamente al(los) destinatario(s) indicado(s). Si usted no es el destinatario previsto, se le informa que cualquier difusión, distribución, impresión, revelación o uso del contenido de esta comunicación está estrictamente prohibido. Si ha recibido este mensaje por error, por favor notifíquelo al remitente respondiendo a este correo y elimine este mensaje y cualquier archivo adjunto. Gracias. El Sat, Mar 07, 2026 a las 16:45 PM, reclamar@ocu.org escribió:

A. P.

A: Sequra

09/05/2026

Estimados señores de SeQura, He recibido su respuesta de fecha 09/03/2026, en la que indican que no pueden proceder al reembolso al tratarse de "contratos independientes". Debo comunicarles que dicha posición es contraria a la normativa española vigente. El artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, regula expresamente los contratos de crédito vinculados y establece que, cuando el contrato principal (en este caso, la compra del curso AutomatizaTube) es incumplido por el proveedor o resulta ineficaz, el consumidor tiene derecho a resolver también el contrato de crédito vinculado y a obtener la devolución de los importes abonados, pudiendo dirigirse directamente contra el prestamista. Por tanto, SeQura no actúa como una entidad ajena a esta operación: la financiación fue concedida específicamente y de forma vinculada a la adquisición de dicho curso, lo que les convierte en parte responsable solidaria a los efectos del artículo citado. En consecuencia, les solicito formalmente: 1. La suspensión inmediata de los cargos pendientes derivados de este contrato de financiación. 2. La devolución de los importes ya abonados. 3. La cancelación del contrato de crédito vinculado al curso AutomatizaTube. En caso de no recibir respuesta favorable en el plazo de 10 días hábiles, procederé a: — Presentar reclamación ante el Banco de España, organismo supervisor de las entidades de crédito, por incumplimiento de la Ley 16/2011. — Interponer denuncia ante la Dirección General de Consumo. — Solicitar chargeback ante mi entidad bancaria. — Acudir a la vía judicial si fuera necesario. Quedo a la espera de su respuesta.

Sequra

A: A. P.

11/05/2026

Estimado, Andy Arturo: Lamentamos la situación que nos describe. Le informamos de que SeQura ha financiado mediante un crédito al consumo vinculado el curso que usted contrató con Andy Arturo. Al tratarse de un crédito vinculado, conforme al artículo 29.3 de la Ley 16/2011, de Contratos de Crédito al Consumo, usted tiene derecho a ejercitar frente a SeQura los mismos derechos que le corresponden frente al centro de formación, siempre que se acrediten los siguientes requisitos: Que el servicio no se haya prestado en todo o en parte, o no sea conforme con lo contratado. Que usted haya reclamado al centro de formación sin obtener satisfacción (o que el centro resulte ilocalizable). Para poder tramitar su reclamación, le rogamos que nos remita la siguiente documentación: Descripción del incumplimiento o de los hechos que fundamentan su reclamación. Copia de la denuncia interpuesta ante las autoridades, en su caso. Copia de las comunicaciones que haya dirigido al centro reclamando el cumplimiento o la devolución, o bien indicación de que el centro resulta ilocalizable. Cualquier otra documentación acreditativa (capturas de pantalla, correos, etc.). Dispones de un plazo de 7 días naturales para aportar dicha documentación durante los cuales los pagos quedarán paralizados. Una vez recibida, procederemos a verificar la situación y le comunicaremos la resolución en el plazo más breve posible. Atentamente, Un saludo, Carla Customer Care s:www.sequra.com/es ¿Ya tienes la app? Compra, paga y gestiona desde nuestra app. Todo en un solo lugar. Si ha recibido este correo por error, le rogamos que lo comunique al remitente y proceda a su eliminación. PROTECCIÓN DE DATOS El responsable del tratamiento de sus datos personales es seQura Worldwide, S.A. Puede consultar nuestra Política de y la información relativa al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos aquí: s:legal.sequra.comolitica-privacidad El Sat, May 09, 2026 a las 02:45 AM, reclamar@ocu.org escribió:

Sequra

A: A. P.

11/05/2026

Estimado, Andy Arturo: Lamentamos la situación que nos describe. Le informamos de que SeQura ha financiado mediante un crédito al consumo vinculado el curso que usted contrató con automatizatube. Al tratarse de un crédito vinculado, conforme al artículo 29.3 de la Ley 16/2011, de Contratos de Crédito al Consumo, usted tiene derecho a ejercitar frente a SeQura los mismos derechos que le corresponden frente al centro de formación, siempre que se acrediten los siguientes requisitos: Que el servicio no se haya prestado en todo o en parte, o no sea conforme con lo contratado. Que usted haya reclamado al centro de formación sin obtener satisfacción (o que el centro resulte ilocalizable). Para poder tramitar su reclamación, le rogamos que nos remita la siguiente documentación: Descripción del incumplimiento o de los hechos que fundamentan su reclamación. Copia de la denuncia interpuesta ante las autoridades, en su caso. Copia de las comunicaciones que haya dirigido al centro reclamando el cumplimiento o la devolución, o bien indicación de que el centro resulta ilocalizable. Cualquier otra documentación acreditativa (capturas de pantalla, correos, etc.). Dispones de un plazo de 7 días naturales para aportar dicha documentación durante los cuales los pagos quedarán paralizados. Una vez recibida, procederemos a verificar la situación y le comunicaremos la resolución en el plazo más breve posible. Atentamente, Un saludo, Carla Customer Care s:www.sequra.com/es ¿Ya tienes la app? Compra, paga y gestiona desde nuestra app. Todo en un solo lugar. Si ha recibido este correo por error, le rogamos que lo comunique al remitente y proceda a su eliminación. PROTECCIÓN DE DATOS El responsable del tratamiento de sus datos personales es seQura Worldwide, S.A. Puede consultar nuestra Política de y la información relativa al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos aquí: s:legal.sequra.comolitica-privacidad El Sat, May 09, 2026 a las 02:45 AM, reclamar@ocu.org escribió:

A. P.

A: Sequra

13/05/2026

Subject: Documentación reclamación – Crédito vinculado curso Automatizatube Estimada Carla, Gracias por su respuesta y por informarme de los derechos que me asisten conforme al artículo 29.3 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo. A continuación expongo los hechos y adjunto la documentación solicitada: 1. DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO El curso contratado con Automatizatube fue anunciado incluyendo soporte personalizado y acceso a un tutor durante el proceso de aprendizaje. Tras el acceso al curso, comprobé que dicho soporte no existe en ninguna forma: no hay tutor asignado, no hay canal de consultas operativo ni se recibe respuesta a ninguna pregunta. El servicio no es conforme con lo contratado. 2. INTENTOS DE CONTACTO CON EL CENTRO DE FORMACIÓN He intentado contactar con Automatizatube en reiteradas ocasiones a través de [indicar canal: email / formulario web / redes sociales] sin obtener ninguna respuesta. El centro resulta, a todos los efectos, ilocalizable. 3. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA - Capturas de pantalla de la publicidad del curso donde se anuncia el soporte y el tutor. - Capturas de los intentos de contacto con Automatizatube sin respuesta. En vista de lo anterior, solicito formalmente la resolución del contrato de crédito vinculado y la devolución de los importes abonados o la cancelación de los pagos pendientes, al amparo del artículo 29.3 de la citada Ley. Quedo a su disposición para cualquier información adicional que necesiten. Atentamente, Andy Arturo

A. P.

A: Sequra

13/05/2026

Subject: ULTIMO AVISO - Resolución inmediata exigida - REF: 076824983578 Estimada Carla, Este es mi ULTIMO AVISO antes de iniciar acciones formales contra Sequra. Llevo desde marzo de 2026 intentando resolver esta situación sin éxito. Debo dejar constancia de un hecho determinante: en ningún momento he podido contactar directamente con Automatizatube. La unica via de comunicación que ha existido con dicha empresa ha sido a traves de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), lo que demuestra que el proveedor es completamente ilocalizable para el consumidor por sus propios canales. Esta situación por si sola acredita el incumplimiento del servicio y la imposibilidad de resolver la reclamación directamente con el vendedor. En virtud del articulo 29.3 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo, Sequra tiene la obligación legal de responder a mi reclamación con independencia de la actitud del proveedor. La inaccesibilidad de Automatizatube no es un obstáculo para que Sequra actúe: es precisamente la razon por la que este articulo existe. Solicito por ultima vez y de forma expresa: a) La resolución inmediata del contrato de crédito vinculado. b) La devolución de todos los importes abonados. c) La cancelación de los pagos pendientes. Dispongo de un plazo de 10 días hábiles para recibir confirmación de la resolución favorable. Transcurrido ese plazo sin respuesta, presentare sin mas aviso: - Reclamación ante el Banco de España como supervisor de Sequra. - Denuncia ante AECOSAN. - Reclamación ante la OMIC de Salamanca y la Junta de Castilla y Leon. - Demanda judicial con reclamación de danos y perjuicios. No admitiré mas dilaciones ni respuestas que trasladen la responsabilidad al proveedor. La ley es clara y Sequra esta obligada a actuar. Atentamente, Andy Arturo Plutín Sotelo REF: 076824983578

A. P.

A: Sequra

14/05/2026

AMPLIACIÓN documentación – Ref. 076824983578 – Justificante denuncia oficial Junta de Castilla y León (Reg. 20269001070456) Estimado equipo de SeQura, En relación con mi reclamación al amparo del artículo 29.3 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo (Ref.076824983578), y como ampliación a la documentación previamente remitida, les comunico que con fecha 14 de mayo de 2026 he procedido a la presentación oficial de reclamación formal ante el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Ávila (Junta de Castilla y León), registrada con los siguientes datos: - Número de Registro Electrónico: 20269001070456 - Fecha y hora de registro: 14/05/2026 22:35:23 - Identificador de la solicitud: 0VGCZLJAMALP0 - Asunto: Reclamaciones Consumo - Solicitud - Destino: Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Ávila - IAPA/SIA: 3089/2407172 Adjunto a este escrito el justificante oficial de presentación emitido por la Junta de Castilla y León al amparo del artículo 16.3 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. Esta presentación acredita oficialmente: 1. Que se ha iniciado expediente administrativo de consumo contra AUTOMATIZATUBE (BUSSINESYT FZE) por incumplimiento contractual. 2. Que el reclamante ha agotado las vías de reclamación frente al proveedor del servicio sin obtener satisfacción. 3. Que se ha solicitado expresamente el sometimiento al sistema arbitral de consumo, así como la apertura del correspondiente expediente sancionador por las múltiples infracciones detectadas: falta de entrega de contrato, omisión de información sobre el derecho de desistimiento, incumplimiento de garantía contractual expresa, vulneración del derecho a un canal de atención eficaz, prácticas comerciales desleales y reclamos comerciales engañosos. 4. Que la reclamación incluye la totalidad de la documentación probatoria ya remitida a SeQura. En consecuencia, REITERO mi solicitud de que SeQura WORLDWIDE S.A.: - Mantenga la paralización de los pagos pendientes hasta la resolución definitiva del expediente administrativo y de cualquier procedimiento posterior derivado del mismo. - Proceda a la cancelación total del crédito vinculado, dejando sin efecto las 8 cuotas pendientes por importe de 1.134,40 euros. - Devuelva las 4 mensualidades ya abonadas, por importe total de 567,20 euros. - Confirme por escrito que durante la tramitación de este expediente no se realizará ninguna anotación negativa en ficheros de solvencia patrimonial, al existir causa justificada amparada en los artículos 29.3 LCCC, 102 y 105 LGDCU y 61 LGDCU. Quedo a la espera de su respuesta y a su disposición para cualquier información adicional que precisen. Atentamente, Andy Arturo Plutín Sotelo Correo: andy95.plutin@gmail.com En Ávila, a 14 de mayo de 2026

Sequra

A: A. P.

19/05/2026

Estimado Sr. Andy: Por medio de la presente, le confirmamos que hemos recibido su documentación correctamente. Tras su revisión, procedemos a abrir el expediente correspondiente para elevar su caso al centro de formación, con el fin de que nos remitan el informe pertinente. Asimismo, le informamos que hemos procedido a paralizar su plan de pagos temporalmente, a la espera de recibir una respuesta por parte de dicha institución. En cuanto dispongamos de una resolución o de nueva información al respecto, se lo comunicaremos de inmediato. Quedamos a su disposición para cualquier duda adicional. Atentamente, Un saludo, Carla Customer Care s:www.sequra.com/es ¿Ya tienes la app? Compra, paga y gestiona desde nuestra app. Todo en un solo lugar. Si ha recibido este correo por error, le rogamos que lo comunique al remitente y proceda a su eliminación. PROTECCIÓN DE DATOS El responsable del tratamiento de sus datos personales es seQura Worldwide, S.A. Puede consultar nuestra Política de y la información relativa al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos aquí: s:legal.sequra.comolitica-privacidad El Wed, May 13, 2026 a las 00:30 AM, reclamar@ocu.org escribió:

A. P.

A: Sequra

03/06/2026

ESCRITO DE OPOSICIÓN FORMAL Y REQUERIMIENTO – Expediente OCU – REF. SeQura: 076824983578 Reclamante: Andy Arturo Plutín Sotelo Reclamadas: SeQura Worldwide, S.A. (financiador) y Automatizatube – BUSSINESYT FZE (proveedor) Formulo OPOSICIÓN FORMAL Y EXPRESA a la resolución de SeQura de 02/06/2026, que cierra el expediente de mediación y anuncia la reactivación del plan de pagos. Dicha resolución carece de fundamento jurídico y solicito su revisión y la elevación de mi reclamación. I. HECHOS El 13/01/2026 contraté el curso "Automatizatube" (BUSSINESYT FZE), financiado íntegra y exclusivamente mediante crédito de SeQura. Ambos contratos forman una UNIDAD COMERCIAL. NUNCA se me entregó contrato ni información precontractual por escrito. EN NINGÚN MOMENTO se me informó del derecho de desistimiento ni de su plazo. El servicio se publicitó con soporte personalizado y acompañamiento que, tras acceder, comprobé que NO funcionaba. Ya en FEBRERO de 2026 intenté contactar con Automatizatube por WhatsApp sobre la finalización del curso SIN OBTENER RESPUESTA (capturas aportadas). El proveedor es ilocalizable; la única vía de contacto ha sido la OCU. Aboné las 4 primeras cuotas (ene-abr 2026, 567,20 €). Desde mayo suspendí el pago por la falta de conformidad y por tener reclamación activa. El 14/05/2026 presenté reclamación ante la Junta de Castilla y León (Reg. 20269001070456), con solicitud de arbitraje de consumo. Expediente VIVO. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO. Responsabilidad del financiador (art. 29.3 Ley 16/2011, LCCC). En caso de incumplimiento del proveedor, el consumidor puede ejercer sus derechos también frente al prestamista. Concurren los requisitos del art. 29.1 (crédito exclusivo + unidad comercial). SeQura está obligada a actuar con independencia del proveedor y no puede limitarse a copiar su versión. SEGUNDO (CLAVE). Desistimiento ampliado a 12 MESES (art. 105 TRLGDCU). El argumento central de SeQura —que el plazo de 14 días expiró en enero— es FALSO. Si el empresario no informa del derecho de desistimiento, el plazo se amplía a 12 meses tras la expiración del inicial. Nunca se me informó ni se me entregó contrato, por lo que mi reclamación está plenamente DENTRO DE PLAZO. La carga de probar que sí se me informó corresponde al empresario. TERCERO. Falta de contrato e información precontractual (arts. 63, 97 y 98 TRLGDCU). La ley obliga a entregar el contrato por escrito en soporte duradero. Su ausencia es un incumplimiento grave que activa el art. 105. CUARTO. La publicidad integra el contrato (art. 61.2 TRLGDCU). Lo anunciado (soporte y acompañamiento) es exigible aunque no figure por escrito. Su inexistencia es falta de conformidad. Es irrelevante que SeQura alegue que "no se ofreció tutor exclusivo": reclamo la ausencia de soporte operativo, no un tutor exclusivo. QUINTO. Falta de conformidad y garantía de 3 AÑOS (arts. 115 bis, 118-120 TRLGDCU). El servicio digital debe ajustarse a lo descrito y ser apto para su fin; la garantía es de 3 años. Ante falta de conformidad grave procede la RESOLUCIÓN del contrato y devolución. La gravedad es manifiesta: el soporte nunca fue operativo y el proveedor es ilocalizable. SEXTO. Carga de la prueba a favor del consumidor (art. 121 TRLGDCU). Es el empresario quien debe acreditar que el soporte se prestó conforme, no yo su inexistencia. No hay prueba alguna de que mis consultas fueran atendidas; las capturas de febrero acreditan lo contrario. Un Discord no prueba la prestación conforme del soporte. SÉPTIMO. Derecho a suspender el pago e impago justificado. El TRLGDCU permite suspender el pago ante falta de conformidad. El impago de mayo NO es morosidad: es ejercicio legítimo de ese derecho. La cronología lo confirma: mi queja es de FEBRERO, muy anterior al impago. La deuda está CONTROVERTIDA. OCTAVO. El "19% de consumo" no convalida nada. Acceder a una parte mínima es lo que permitió detectar la falta de conformidad. Un consumo parcial no sanea el incumplimiento. NOVENO. Prácticas comerciales engañosas (Ley 3/1991 y arts. 19 y ss. TRLGDCU) al publicitar un soporte inexistente. Oponible a SeQura vía art. 29.3 LCCC. DÉCIMO. Prohibición de inclusión en ficheros de morosidad. La deuda debe ser cierta e indubitada; siendo controvertida, su comunicación a ASNEF vulneraría el RGPD y la LOPDGDD 3/2018, con derecho a indemnización. III. PETICIÓN Solicito que, a través de la OCU, se requiera a SeQura Worldwide, S.A. para que: a) MANTENGA la paralización total de los pagos pendientes hasta la resolución definitiva del expediente. b) PROCEDA a la cancelación total del crédito vinculado (8 cuotas pendientes, 1.134,40 €). c) REEMBOLSE las 4 mensualidades abonadas (567,20 €). d) CONFIRME POR ESCRITO que no se realizará anotación alguna en ficheros de solvencia, al ser deuda controvertida (arts. 29.3 LCCC y 114 y ss. TRLGDCU). IV. ADVERTENCIA De no obtener resolución favorable, ampliaré sin más aviso: reclamación ante el Banco de España; ampliación del expediente ante la Junta de Castilla y León; reclamación ante la autoridad de consumo; y demanda judicial con daños y perjuicios. Ratifico la documentación ya aportada (publicidad del soporte, capturas de WhatsApp de febrero, justificantes de pago, correo de financiación de SeQura y justificante de la Junta) y solicito su incorporación al expediente. Dejo constancia de que NO se me entregó contrato ni se me informó del desistimiento, hechos cuya prueba corresponde al empresario. En Ávila, a 03 de Junio del 2026 Andy Arturo Plutín Sotelo REF: 076824983578

Sequra

A: A. P.

08/06/2026

Estimado Andy Arturo: Nos dirigimos a usted en relación con el escrito de oposición que nos ha trasladado a través de la OCU. Queremos asegurarle que entendemos perfectamente su malestar y que nuestro objetivo ha sido, en todo momento, mediar de la manera más justa posible entre usted y el centro de formación. Como entidad financiadora, nuestra labor de mediación consiste en recabar la información de ambas partes para comprobar si contractualmente procede la cancelación del crédito. En este sentido, el centro de formación Automatizatube nos ha remitido una serie de alegaciones y pruebas técnicas que, por nuestra parte, no podemos ignorar: Documentación de soporte: El centro nos ha aportado registros que indican que las condiciones y el derecho de desistimiento se enviaron por correo electrónico al inicio del curso, y que su primera disconformidad se registró meses después, superando los plazos iniciales. Prestación del servicio: El proveedor nos ha facilitado datos que reflejan un consumo del 19% del contenido formativo y nos traslada que los canales de soporte en Discord han estado operativos, indicando que la restricción actual de acceso se debe al cese de los pagos. Queremos aclararle que nos vemos legalmente obligados a dar por concluida nuestra fase de mediación interna y a reactivar el plan de pagos. Entendemos que usted mantiene su disconformidad y que el caso está en manos de la Junta de Arbitraje de Consumo de Castilla y León. Respetamos absolutamente la vía que ha iniciado y, como es lógico, acataremos de inmediato la resolución formal que dictamine dicho organismo o cualquier otra autoridad competente. Lamentamos sinceramente no poder ofrecerle una resolución distinta desde nuestro departamento, pero quedamos a su entera disposición para cualquier duda sobre la gestión del plan de pagos mientras se resuelve su reclamación por la vía oficial. Atentamente, Un saludo, Carla Customer Care s:www.sequra.com/es ¿Ya tienes la app? Compra, paga y gestiona desde nuestra app. Todo en un solo lugar. Si ha recibido este correo por error, le rogamos que lo comunique al remitente y proceda a su eliminación. PROTECCIÓN DE DATOS El responsable del tratamiento de sus datos personales es seQura Worldwide, S.A. Puede consultar nuestra Política de y la información relativa al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos aquí: s:legal.sequra.comolitica-privacidad El Wed, Jun 03, 2026 a las 00:45 AM, reclamar@ocu.org escribió:

A. P.

A: Sequra

08/06/2026

ANDY ARTURO PLUTÍN SOTELO A: SeQura Worldwide, S.A. / OCU Fecha: 08/06/2026 RÉPLICA A LA RESOLUCIÓN DE SEQURA DE 08/06/2026 – REF: 076824983578 Recibida su comunicación, REITERO MI OPOSICIÓN y respondo a sus alegaciones, que no desvirtúan ninguno de los fundamentos de mi escrito anterior: Sobre el supuesto envío del desistimiento por email. Afirman que "el centro indica" haber enviado las condiciones y el derecho de desistimiento. Una afirmación del proveedor NO es prueba. Requiero formalmente que SeQura aporte, en el plazo máximo de 10 días: 1) copia íntegra de dicho correo, 2) fecha de envío, y 3) acuse de recepción. Transcurrido dicho plazo sin aportarlo, interpretaré la no aportación como confirmación de su inexistencia. Mientras no se exhiba, rige la PRESUNCIÓN DE NO INFORMACIÓN y, conforme al art. 105 TRLGDCU, el plazo de desistimiento se amplía a 12 MESES, estando mi reclamación plenamente en plazo. La carga de la prueba corresponde al empresario (arts. 97, 98 y 121 TRLGDCU), no a mí. Sobre el deber de independencia del financiador (art. 29.3 LCCC). SeQura no puede limitarse a trasladar la versión del proveedor. La ley le impone valorar de forma autónoma. Reproducir las alegaciones de Automatizatube sin prueba documental incumple ese deber. Sobre el "19% de consumo". Ya rebatido: un consumo parcial NO convalida el incumplimiento. Fue precisamente ese acceso el que me permitió constatar que el soporte publicitado no era operativo. Sobre el Discord y el corte de acceso. SeQura RECONOCE que se restringió mi acceso. Un canal genérico de Discord no acredita la prestación conforme del soporte y acompañamiento personalizado que se publicitó (art. 61.2 TRLGDCU). Mis capturas de WhatsApp de febrero de 2026, muy anteriores al impago, prueban la ausencia de respuesta. Sobre la "obligación legal" de reactivar los pagos. Niego tal obligación. No existe norma que imponga reactivar el cobro de una DEUDA CONTROVERTIDA, con reclamación administrativa viva (Junta de Castilla y León, Reg. 20269001070456) y arbitraje de consumo solicitado. La suspensión del pago es ejercicio legítimo del derecho del art. 29.3 LCCC y de la facultad de suspensión por falta de conformidad. Sobre el sometimiento al arbitraje. Tomo nota y CELEBRO su compromiso expreso de acatar la resolución de la Junta de Arbitraje de Consumo de Castilla y León. Le requiero que MANTENGA LA SUSPENSIÓN DE PAGOS hasta dicha resolución, en coherencia con ese compromiso. Reitero mi petición íntegra: a) Mantener la paralización total de pagos hasta resolución definitiva. b) Cancelación del crédito vinculado (8 cuotas pendientes, 1.134,40 €). c) Reembolso de las 4 cuotas abonadas (567,20 €). d) Confirmación por escrito de que NO se realizará anotación alguna en ficheros de solvencia (ASNEF), por tratarse de deuda controvertida (art. 29.3 LCCC; LOPDGDD 3/2018 y RGPD). La comunicación a un fichero de morosidad de una deuda controvertida es ilícita y generaría derecho a indemnización. ADVERTENCIA: Cualquier anotación en ficheros de solvencia, o la reactivación de cobros pese a la controversia, se denunciará ante la AEPD y el Banco de España, sin perjuicio de la ampliación del expediente ante la Junta y la reclamación judicial con daños y perjuicios. Quedo a la espera de la documentación requerida (contrato y correo de desistimiento), cuya no aportación en el plazo indicado interpretaré como confirmación de su inexistencia. En Ávila, a 08 de junio de 2026 Andy Arturo Plutín Sotelo REF: 076824983578

Sequra

A: A. P.

12/06/2026

Estimado Andy Arturo: Nos ponemos en contacto con usted en respuesta a las alegaciones y manifestaciones que nos ha hecho llegar por mediación de la OCU. Deseamos transmitirle que tomamos en consideración sus observaciones, ya que nuestra prioridad es e instruir el expediente bajo los principios de transparencia y neutralidad, facilitando los canales de comunicación necesarios entre usted y el centro educativo. En relación con el procedimiento administrativo que detalla en su escrito ante la Junta de Castilla y León (con número de registro 20269001070456), le solicitamos formalmente que nos aporte y remita copia íntegra de dicha reclamación de consumo, así como del resguardo oficial de su presentación. Disponer de este documento en nuestro poder resulta indispensable para poder indexarlo correctamente en su expediente interno, analizar los términos de su exposición y mantener la debida coherencia con el trámite arbitral en curso. Quedamos a la espera de recibir la documentación solicitada para poder continuar con las actuaciones correspondientes. Lamentamos sinceramente no poder ofrecerle en estos momentos una resolución distinta. Atentamente, Atentamente, Un saludo, Carla Customer Care s:www.sequra.com/es ¿Ya tienes la app? Compra, paga y gestiona desde nuestra app. Todo en un solo lugar. Si ha recibido este correo por error, le rogamos que lo comunique al remitente y proceda a su eliminación. PROTECCIÓN DE DATOS El responsable del tratamiento de sus datos personales es seQura Worldwide, S.A. Puede consultar nuestra Política de y la información relativa al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos aquí: s:legal.sequra.comolitica-privacidad El Tue, Jun 09, 2026 a las 00:15 AM, reclamar@ocu.org escribió:

A. P.

A: Sequra

13/06/2026

Asunto: Re: Reclamación Ref. 076824983578 – Documentación ya remitida y reiteración de petición Estimada Carla / Equipo de Customer Care de SeQura: Acuso recibo de su comunicación de 12 de junio de 2026. En relación con su solicitud de copia íntegra de la reclamación presentada ante la Junta de Castilla y León (Reg. 20269001070456) y del resguardo oficial de su presentación, debo recordarles que ambos documentos YA fueron remitidos a SeQura a través de la OCU junto con mi documentación anterior. En concreto, les fueron facilitados, entre otros: ReclamacionJuntaCyLAutomatizaTubeCOMPLETA.pdf (reclamación íntegra) Acuso-de-Recibo-Presentacion-Junta-Castilla-y-Leon.pdf (resguardo oficial de presentación) acuse-recibo.pdf Por tanto, la documentación que solicitan obra ya en su poder. Si por alguna incidencia técnica no les hubiera llegado, les ruego me lo confirmen expresamente y la canalizaré de nuevo a través de la OCU. No obstante, conviene precisar que el cauce oficial de traslado de la reclamación es la propia Junta Arbitral de Consumo de Castilla y León. En tanto que parte que ha manifestado su sometimiento al arbitraje, SeQura recibirá de la Junta el traslado formal del expediente conforme al procedimiento del Real Decreto 231/2008. No corresponde al reclamante alimentar el expediente interno de la entidad financiera al margen de dicho cauce. Aprovecho para dejar constancia de que, a fecha de hoy, SeQura NO ha aportado lo requerido en mi escrito de 8 de junio de 2026: (1) copia íntegra del correo de desistimiento que se alega enviado, (2) su fecha de envío, ni (3) acuse de recepción; ni tampoco copia del contrato. El plazo de 10 días concedido al efecto vence el 18 de junio de 2026; transcurrido dicho plazo sin aportación, conforme anuncié, la no aportación se interpretará como confirmación de su inexistencia, rigiendo la presunción de no información y, con ella, la ampliación del plazo de desistimiento a 12 meses (art. 105 TRLGDCU). La carga de la prueba corresponde al empresario (arts. 97, 98 y 121 TRLGDCU), no al consumidor. En consecuencia, REITERO ÍNTEGRAMENTE mi petición: a) Mantener la paralización total de los pagos hasta la resolución definitiva del expediente arbitral. b) Cancelación del crédito vinculado (8 cuotas pendientes, 1.134,40 €). c) Reembolso de las 4 cuotas abonadas (567,20 €). d) Confirmación por escrito de que NO se realizará anotación alguna en ficheros de solvencia (ASNEF), por tratarse de deuda controvertida (art. 29.3 LCCC; LOPDGDD 3/2018 y RGPD). Reitero la advertencia: cualquier anotación en ficheros de solvencia, o la reactivación de cobros pese a la controversia, se denunciará ante la AEPD y el Banco de España, sin perjuicio de la ampliación del expediente ante la Junta y la reclamación judicial por daños y perjuicios. Quedo a su disposición a través de la OCU y de la Junta Arbitral de Consumo de Castilla y León. Atentamente, Andy Arturo Plutín Sotelo Ref. 076824983578 En Ávila, a 13 de junio de 2026


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