Datos del reclamante:
Diego Vázquez Zambrano
Fecha del incidente:
17 de agosto de 2025
Compañía aérea:
Lufthansa
Número de vuelo afectado:
LH3801 (bus Núremberg – Múnich) y posterior conexión aérea desde Múnich a Sevilla.
Hechos:
El 17 de agosto de 2025 tenía contratados con Lufthansa varios trayectos, incluyendo un autobús (LH3801) desde Núremberg que daba conexión al vuelo de Múnich a Sevilla.
No tomé el bus inicial desde Núremberg, pero me presenté en el aeropuerto de Múnich con suficiente antelación para el embarque en el vuelo a Sevilla. No obstante, se me denegó el acceso al avión con el argumento de la cláusula no show, que cancela automáticamente los tramos restantes si no se utiliza uno anterior.
La compañía únicamente me devolvió las tasas, negándose a reembolsar el billete o a permitir mi embarque.
Como consecuencia, me vi obligado a adquirir un nuevo vuelo a Sevilla por 240 €, mientras que el billete original me había costado 215 €, generándome un perjuicio económico directo de 455 €.
Fundamentos legales:
La Sentencia nº 631/2018 del Tribunal Supremo español (12 de noviembre de 2018) declaró abusiva y nula la cláusula no show, al considerar que las aerolíneas no pueden cancelar tramos posteriores de un billete por no haber usado uno anterior, salvo que acrediten un perjuicio real y proporcionado.
Lufthansa continúa aplicando esta cláusula abusiva, lo que vulnera la legislación de defensa de consumidores y la jurisprudencia vigente.
Mi reclamación no se basa en el Reglamento (CE) nº 261/2004, sino en la nulidad de la cláusula abusiva y en la citada sentencia.
Solicito:
1. El reembolso íntegro del billete original (215 €).
2. La indemnización del sobrecoste derivado de la compra del nuevo vuelo (240 €).
3. La indemnización adicional que legalmente corresponda por los daños y perjuicios ocasionados.
4. Que Lufthansa deje de aplicar la cláusula no show, en cumplimiento de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.