Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid-Barajas al de Montevideo, con fecha de salida a las 23:55 horas del día 23 de diciembre de 2024.
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta con artículos personales necesarios para mi estadía en Punta del Este, como ropa, calzado y productos de higiene.
Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció en la cinta correspondiente. Finalmente, recibí mi equipaje cuatro días después, el día 27 de diciembre de 2024, a las 12:42 horas.
Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea, dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete correspondiente.
Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos esenciales para cubrir mis necesidades básicas durante los días sin equipaje:
• Ropa: 135,83 €
• Productos de higiene personal: 70,28 €
• Protector solar: 35,29 €
• Calzado: 146,81 €
Total: 372,92 €
Aporto la justificación documental de dichos gastos (copia de facturas y tickets).
SOLICITO la cantidad de 372,92 euros como indemnización por los daños producidos por el retraso en la entrega del equipaje facturado, conforme al Convenio de Montreal y la normativa vigente.
Espero una respuesta favorable en un plazo razonable. De lo contrario, me veré en la obligación de acudir a instancias legales para la defensa de mis derechos.
Sin otro particular, atentamente,
María Eugenia Pons