He puesto varias reclamaciones por escrito y no he recibido contestación formal por la misma vía nunca. Me dicen que la gestión de reclamaciones es un proceso interno y que nunca se ponen en contacto con el cliente, a pesar de que envían un mail de acuse de recibo, mencionando que recibiré una respuesta a las 72h.Es por este motivo, que presento ahora reclamación ante OCU donde EXPONGO lo siguiente:Cancelé el contrato de securitas direct porque vendí la casa donde se había instalado la alarma. Con antelación a la venta llamé para que se pasaran a desinstalar los aparatos, pero me dijeron que no los retiraban, por lo que allí se quedaron. Me reclaman un importe por haber cancelado el contrato antes de los dos años, como se indica en el contrato.Al tratarse de un contrato de adhesión esa cláusula de duración es completamente abusiva, pues el servicio no se puede prestar ya que la vivienda ha dejado de ser de mi propiedad y por tanto, mantener el servicio ha dejado de ser legítimo.Según me dicen, el importe que me reclaman se debe a que los aparatos instalados eran de mi propiedad. Entiendo que no le salga rentable enviar a un técnico a desinstalarlo y que es mejor para reclamar el importe de dichos aparatos no obstante, del contrato no se desprende que los aparatos sean de mi propiedad, ya que, en las condiciones generales de servicio, cláusula 1. OBJETO DEL CONTRATO, se menciona que “El presente CONTRATO es un contrato de arrendamiento (…)”.En la cláusula 8. DERECHOS SOBRE LA INSTALACIÓN se menciona lo siguiente SECURITAS DIRECT mantendrá la propiedad del sistema de seguridad instalado (...) y habla de los supuestos en los que podrá transmitir la propiedad del sistema de seguridad instalado al cliente… de lo que se deduce que el cliente no es el dueño de los aparatos.En la cláusula 9. RESERVA DE DOMINIO se indica que EL CLIENTE no adquirirá la plena propiedad del sistema de seguridad adquirido a SECURITAS DIRECT, conforme a lo establecido en la cláusula 8 del presente CONTRATO, en tanto en cuanto no satisfaga íntegramente su precio pactado, así como aquellos tributos o gastos que pudieran resultar de aplicación en el momento de su facturación.Adicionalmente, en la cláusula 5.g se menciona que (...) El impago de cualquiera de los plazos acordados por el servicio de instalación, facultará a SECURITAS DIRECT a darlos por vencidos anticipadamente y reclamar el pago de todas las cantidades pendientes de satisfacer. Dicho pago podrá hacerse por su importe íntegro o compensándolo, en la parte que corresponda, con la devolución del sistema de seguridad instalado, siempre que su desmontaje y retirada se lleve a cabo por personal cualificado de Securitas Direct. Y es precisamente esto lo que solicitaba, que desinstalaran los aparatos, habiendo ya satisfecho los pagos que correspondían hasta la fecha de baja.A día de hoy es la financiera Caixabank Consumer Finance quien me reclama el importe y he sido registrada en el fichero de BADEXCUG como morosa.Desconocía que hubiera firmado algo con una financiera.Por todo lo mencionado anteriormente SOLICITO:1. Que se anule la deuda que se me reclama2. Que me den de baja del fichero de BADEXCUG, en cumplimiento con la