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RECLAMACION POR SUSTITUCION IMPROCEDENTE DE BATERIA NO APTA E INCUMPLIMIENTO DE GARANTIA COMERCIAL

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Garantía

Tu reclamación

I. G.

A: OCASIÓN PLUS

17/10/2026

Por medio del presente escrito, formulo reclamación contra Ocasión Plus (Dénia) por los costes derivados de la sustitución de una batería inadecuada instalada en el vehículo Skoda Fabia Selection 1.0 TSI con matrícula 6156MYV y con Nº de Bastidor TMBEP6PJ5S4045398 adquirido en sus instalaciones. HECHOS: 1. Entrega del vehículo con bateria incompatible: en el momento de entrega del vehículo este ya presentaba un fallo en el sistema de seguridad (testigo de airbag encendido). Tras inspección, se constató que el vehiculo fue entregado con una bateria de asiatica/JIS totalmente incompatible con la arquitectura electrica y la gestión de carga del vehiculo. 2. Intervención deficiente e improcedente del concesionario vendedor: Al acudir a Ocasion Plus Denia para la subsanación en garantía , realizaron un reemplazo improvisado e in-house instalando una bateria marca Mega Plus Star Stop (ref. 560.79). Dicha intervención se realizó sin aportar factura, ficha técninca ni certificación de homologación o compatibilidad electrónica para este modelo de vehículo. 3. Incompatiblidad técnica y certificación del Servicio Oficial Skoda: Ante la persistencia de anomalias y con el fin de evitar daños graves en la red electrónica y la pérdida de garantía oficial del fabricante, acudí al Servicio Oficial Skoda. Los técnicos oficiales certificaron por escrito en la factura (Anexo 2) que la bateria Ref. 560.79 instalada por Ocasión Plus Denia resultaba improcedente, inadecuada y no apta para su correcta codificación en la centralita del vehículo. 4. Sustitución y codificación conforme a estándares del fabricante: el Servicio Oficial Skoda procedió al montaje de la bateria original adecuada y a su correspondiente parametrización/codificación informática, ascendiendo la factura a 283,88€ (IVA incluido). 5. Reclamación previa fehaciente (Burofax): con fecha 17 de octubre 2026 se ha remitido Burofax con Acuse de Recibo y Certificación de Texto a Ocasión Plus, S.L, otorgando un plazo de 7 días hábiles para el reembolso de dicha suma. FUNDAMENTOS JURIDICOS 1. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU-RDL 1/2007). -Art. 114 y ss (Garantía legal y conformidad): El vendedor responde de las faltas de conformidad. La instalación de un componente no idoneo contituye un claro incumplimiento de la obligacion de entregar el bien conforme a sus especificaciones técnicas. -Art. 119 ter (Subsanación por el empresario): La reparación debe ser gratuita y efectiva. La actuación deficiente del vendedor obligó al comprador a acudir al taller oficial para evitar un perjuicio irreparable en el vehículo. 2.- Código Civil (Art. 1101 y Art. 1124): Obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados por quienes incurrieren en cumplimiento defectuoso o negligente de sus obligaciones contractuales. PETICIÓN Por todo lo expuesto, solicito la mediación de OCU a fin de instar a Ocasión Plus, S.L a 1. Reembolsar la cantidad de 283.88€, correspondiente al importe íntegro abonado en el Servicio Oficial Skoda para corregir la instalación del componente no idóneo. 2.- Resolver de forma amistosa la reclamación en el marco de la mediación de consumo. DOCUMENTOS ADJUNTOS: 1. Justificante del Burofax enviado: copia del Burofax fehaciente remitido el 17 de octubre de 2026 con comprobante de envío de Correos. 2.- Anexo 1 incluido en el texto del Burofax que contiene ficha técnica y fotografias de la batería no idonea instalada por el concesionario. 3.Anexo 2: Factura oficial del Servicio Oficial Skoda de 283.88€ con la certificacion tecnica expresa sobre la improcedencia de la bateria anterior.


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