Hola
Hola Vicente,
En primer lugar, queremos agradecerle que se haya puesto en contacto con nosotros y por ayudarnos a mejorar cada día.
Tras revisar la documentación aportada, confirmamos que se han realizado las devoluciones que correspondían.
En relación con los consumos por accesos a Emoción, según consta en nuestros sistemas, dichos cargos fueron correctos. Este servicio consiste en una conexión a la plataforma de mensajería de Telefónica Móviles España, S.A.U., que permite la comercialización de contenidos y servicios avanzados sobre mensajería corta o multimedia. Las empresas proveedoras pueden ofrecer servicios como información, concursos, votaciones, descarga de contenidos (tonos, logos, melodías, vídeos, noticias, chat) o cualquier otro servicio de mensajería.
El acceso a estos contenidos puede realizarse mediante descarga directa o mediante un servicio de suscripción, cuya activación se efectúa enviando un SMS al número indicado por el proveedor o accediendo al portal Emoción y aceptando el alta en el servicio. El mensaje de confirmación incluye las condiciones del servicio, su precio y el procedimiento para darse de baja.
Por tanto, el concepto impugnado no se corresponde con servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes, por lo que no resulta aplicable la normativa reguladora de dichos servicios publicada en el Boletín Oficial del Estado, conforme al plazo escido en la Orden ITC/3237/2008, de 11 de noviembre.
Asimismo, confirmamos que el tráfico impugnado se cursó efectivamente a través de la línea 616XXXX40, de la cual usted es titular. Telefónica Móviles únicamente factura las comunicaciones emitidas desde el número de abonado origen, que dispone de un código PIN grabado en la tarjeta SIM, conocido exclusivamente por el titular, para evitar el uso por terceros.
En consecuencia, entendemos correctos los cargos facturados, aplicados conforme a las condiciones económicas escidas, no siendo de aplicación la normativa relativa a servicios de tarificación adicional basados en mensajes.
No obstante, se procedió al bloqueo del acceso al servicio Emoción desde la línea indicada para impedir nuevas contrataciones, así como al reintegro del importe correspondiente al consumo incluido en su última factura y al consumo aún no facturado en el momento de la reclamación.
Tal y como se te indicó en Primera Instancia, aunque no se identificó error en la facturación, se decidió de forma excepcional devolverle el importe de las compras o suscripciones reflejadas en aquella factura, así como los servicios pendientes de facturar.
Lamentamos comunicarle que, en esta ocasión, su reclamación no puede ser atendida.
Atentamente,
Equipo Movistar
IAV200421299
Estamos aquí por si nos necesitasApp Mi Movistarmovistar.es638 101 0041004Tiendas
Esta cuenta solo la usamos para recibir tus solicitudes de información y de gestión como cliente Movistar, marca de Telefónica de España, S.A.U. (cifa-8282018474, Gran Vía, 28, 28013 Madrid) y Telefónica Móviles España, S.A.U. (CIF A-78923125, Ronda de la Comunicación s/n, Distrito C, Edificio Sur 3, 28050 Madrid).
Si quieres, actualizar tus datos personales de contacto, puedes hacerlo
aquí