Reclamacion Engaño Contrato
Naturaleza del problema:
FacturaciónTu reclamación
A. G.
A: VODAFONE ESPAÑA
Esta reclamación formal comienza dejando algo absolutamente claro: NO solicito que Vodafone me confirme si el roaming en EE.UU. está correctamente facturado. Esa cuestión es irrelevante y no guarda relación con el motivo real de esta reclamación, motivo que han ignorado repetidamente durante meses. Lo que reclamo es algo mucho más grave: 1. ENGAÑO COMERCIAL EN LA VENTA TELEFÓNICA Durante la llamada comercial de mayo de 2025, pregunté expresamente si el roaming en EE.UU. seguía incluido, como lo había estado durante más de 10 años. El comercial lo confirmó de manera inequívoca. Esa información fue determinante para aceptar el cambio de tarifa. Sin embargo, la tarifa que Vodafone aplicó realmente NO incluía roaming en EE.UU., y jamás se me informó, advirtió o comunicó este cambio de condiciones esenciales. Esto constituye: una práctica comercial engañosa, una alteración contractual no consentida, y una vulneración directa de la normativa de consumo. 2. SUSPENSIÓN ILEGAL DEL SERVICIO Vodafone suspendió mi servicio en dos ocasiones, incluso con una incidencia abierta por facturación indebida. Esto es ILEGAL, según el artículo 70 de la Ley General de Telecomunicaciones. Los cortes acumulados superaron las 48 horas, impidiéndome desarrollar mi actividad profesional con normalidad. El perjuicio económico directo derivado de estas interrupciones asciende a 1.000 €. 3. RESPUESTAS IRRELEVANTES DURANTE MESES Durante todo este tiempo he recibido: respuestas automáticas, mensajes genéricos, explicaciones que no tienen nada que ver con el objeto de la reclamación. No acepto ni una sola respuesta más que vuelva a hablar de tarifas, consumos o precios de roaming. Ese NO es el motivo de esta reclamación. Lo que exijo es responsabilidad por el engaño comercial, por los cortes ilegales y por los daños derivados. 4. EXIGENCIAS Solicito y exijo lo siguiente: Devolución íntegra del roaming facturado en AMBAS líneas. Indemnización mínima de 1.000 € por los perjuicios económicos directos originados por los cortes ilegales. Eliminación de cualquier cargo, interés o penalización derivada del error de Vodafone. Comunicado formal reconociendo el engaño, los errores cometidos y detallando las compensaciones. Entrega inmediata de la grabación completa de la llamada comercial de mayo de 2025. 5. AVISO FORMAL Si en un plazo máximo de 5 días naturales no recibo una respuesta concreta, directa y vinculada a los puntos anteriores, procederé automáticamente a: UsuariosTeleco → Solicitud de expediente sancionador• Junta Arbitral de Consumo → Reclamación vinculante Reclamación civil → Daños y perjuicios
Mensajes (9)
VODAFONE ESPAÑA
A: A. G.
Estimado Sr. González: Gracias por ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de Vodafone. En respuesta a su reclamación, le comunicamos que el roaming en EEUU no está actualmente incluido en nuestras tarifas. Si lo desea, puede solicitar la tarifa Viaje Diaria EE.UU, la cual incluye estos beneficios por 3 €/día (IVA Incl.): ·3GB de datos para navegar en el móvil ·Llamadas ilimitadas en EE.UU. y en zonas 1, 5 y 7. ·La posibilidad de seguir navegando una vez consumidos los 3GB por bloques de 3 € (IVA incl.) adicionales por cada 3GB. Para más información puede dirigirse a s:ayudacliente.vodafone.esarticulares/movil/roaming-y-llamadas-internacionales/tarifas-vodafone-para-viajar-al-extranjero/ No obstante, de forma excepcional y como garantía de calidad, hemos realizado un abono a su favor, por importe de 350,09€ (impuestos indirectos incluidos), en concepto de devolución por las cuotas facturadas en roaming en EEUU en las facturas emitidas los días 1 de septiembre y 1 de octubre de 2025, las cuales adjuntamos. Dicho abono cancelará la totalidad de la deuda que mantiene usted con Vodafone por el impago de parte de las facturas indicadas, la cantidad restante será descontada de sus próximas facturas. Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma.
A. G.
A: VODAFONE ESPAÑA
Estimados señores: Acuso recibo de su último mensaje. Les agradezco la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, lo cual constituye un reconocimiento explícito del error cometido en el cambio de tarifa y en la información suministrada durante la llamada comercial. Sin embargo, su respuesta sigue siendo profundamente insuficiente y jurídicamente inaceptable. 1. Sobre la suspensión del servicio La suspensión del servicio es ilegal cuando la supuesta “deuda” deriva exclusivamente de un error del operador, como es el caso. Ustedes tenían pleno conocimiento de que el importe facturado era objeto de reclamación desde el primer momento, y aun así procedieron a cortar la línea en dos ocasiones, generando un perjuicio económico directo y demostrable. La responsabilidad de esos cortes es exclusivamente de Vodafone. 2. Sobre la negativa a compensar daños y perjuicios Que su departamento “no realice compensaciones” no exime a la compañía de responsabilidad. El daño causado existe, es cuantificable y es imputable a su actuación: pérdidas económicas derivadas de más de 48 horas sin servicio, intereses bancarios por descubiertos generados por facturas indebidas, horas de llamadas (más de 20 h) intentando resolver un error que Vodafone conocía, estrés, ansiedad y perjuicio profesional, pagos forzados con tarjeta bajo amenaza de nuevo corte. Tanto si la compensación la realiza este departamento como otro, Vodafone tiene la obligación legal de reparar los daños causados. 3. Sobre las permanencias Afirman que no pueden anularlas, pero acto seguido reconocen que, si porto o doy de baja, ajustarán esas penalizaciones a 0 €. Esa afirmación contradice directamente lo anterior y demuestra que sí pueden anularlas y que, de hecho, deben hacerlo inmediatamente, ya que la tarifa fue modificada con información falsa. 4. Sobre su comentario de que el caso “no entró por este canal” El usuario no tiene la obligación de conocer los canales internos de una multinacional. Vodafone tiene la obligación de registrar, gestionar y escalar las reclamaciones correctamente. La responsabilidad de la gestión defectuosa no es del cliente, sino suya. 👉 Por tanto, reitero formalmente: La anulación inmediata de cualquier permanencia activa. La compensación económica correspondiente por los daños causados. La entrega íntegra y en formato estándar de la grabación de la llamada comercial. La confirmación escrita de que no volverá a producirse una suspensión derivada de facturación errónea. En caso de no subsanar en las proximas 48h lo arriba mecionado, lanzaré este asunto a: Junta Arbitral de Consumo Oficina Municipal / Autonómica de Consumo AEPD (por vulneración del derecho de acceso) CNMC (por prácticas de facturación y suspensión irregulares) Y continuaré con cada una de las vías hasta obtener una resolución completa. Quedo a la espera de su rectificación final. Atentamente, Alfredo González
VODAFONE ESPAÑA
A: A. G.
Estimado Sr. González, Gracias por ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de Vodafone. En respuesta a su consulta, según las condiciones generales de contratación se indica Incumplimiento de la obligación de pago: El retraso en el pago, total o parcial, por parte del Cliente de las cantidades debidas por los Servicios de Comunicaciones contratados podrá dar lugar a la restricción de las llamadas salientes y/o a la suspensión de la provisión de esos Servicios desde que Vodafone tenga conocimiento de tal circunstancia Por otra parte le informamos que no corresponde anular las permanencias que tiene en Vodafone como nos solicita. Atentamente, Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma.
A. G.
A: VODAFONE ESPAÑA
La respuesta remitida por Vodafone no solo es improcedente, sino que además constituye un nuevo acto de negligencia, evasión deliberada y falseamiento de la realidad, lo cual agrava todavía más su responsabilidad en los hechos que se están reclamando. Procedo a dar una respuesta definitiva y plenamente fundamentada: 1. Vodafone cita un supuesto “impago” que NO existió: el importe era ilegal, nulo y reconocido como erróneo Resulta sorprendente que Vodafone siga mencionando “impago” cuando la propia compañía ha reconocido por escrito: que la llamada comercial contenía información errónea, que se activó una tarifa distinta a la contratada, que se facturó roaming de manera incorrecta, y que procedía devolver más de 350 €. Por tanto, el concepto de “impago” no existe jurídicamente, porque: ✔ lo reclamado era improcedente, ✔ el error era imputable exclusivamente a Vodafone, ✔ y la factura estaba en disputa desde el primer momento. Que insistan en este argumento, pese a conocer estos hechos, constituye mala fe contractual. 2. La suspensión del servicio fue ILEGAL y vulnera la Ley General de Telecomunicaciones Vodafone cortó mi línea en dos ocasiones: con conocimiento del error, con la reclamación activa, y basándose en un importe que posteriormente han reconocido como incorrecto. Esto encaja exactamente en el artículo 70.2 de la Ley General de Telecomunicaciones, que prohíbe suspender el servicio cuando existe: ➤ una reclamación en curso ➤ un error de facturación imputable al operador Los dos cortes son ilegales, abusivos y generan: responsabilidad contractual, responsabilidad civil por daños materiales, daño moral, daño reputacional, y perjuicio profesional. Vodafone deberá responder ante ello. 3. Negarse a compensar daños cuando se han causado de forma directa es una burla jurídica Las excusas ofrecidas por Vodafone no tienen fundamento legal. El artículo 1101 del Código Civil es claro: ✔ “Quedan sujetos a la indemnización de daños y perjuicios los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad.” Aquí concurren las tres cosas: Dolo comercial inicial (información falsa sobre la tarifa y el roaming). Negligencia persistente (4 meses sin resolver un error que ellos mismos reconocen). Morosidad operativa (cortes injustificados, amenazas de suspensión, pagos forzados). Por tanto, Vodafone está obligada legalmente a compensar daños y perjuicios. Negarse no elimina la obligación: solo incrementa la exposición jurídica. 4. Pregunta directa: ¿Cómo se explica la negligencia de 4 meses? Exijo una respuesta clara y documentada: ¿Por qué ninguna de las decenas de llamadas al 22123, SMS, mensajes en la app y contactos por múltiples vías fue atendida correctamente? ¿Por qué mis reclamaciones eran ignoradas sistemáticamente? ¿Por qué han tardado CUATRO MESES en subsanar un error que ahora reconocen? ¿Por qué solo cuando intervienen organismos externos comienzan a mover el expediente? Este patrón operativo es incompatible con la diligencia exigible a un prestador de servicios esenciales. 5. Sobre la grabación: siguen incumpliendo la ley pese a las advertencias de la AEPD El enlace proporcionado para la “grabación”: NO funciona, falla incluso después de validar el código SMS, NO entrega ningún archivo, y en la práctica impide el ejercicio del derecho de acceso. Esto es un incumplimiento repetido del artículo 15 RGPD y constituye: ✔ obstrucción al ejercicio de derechos, ✔ incumplimiento del deber de custodia, ✔ posible sanción administrativa de la AEPD. Esta incidencia ya ha sido comunicada a la Agencia. 6. Permanencias: no existen jurídicamente cuando el contrato se obtuvo mediante información falsa Vodafone mantiene que “no se pueden anular”, pero acto seguido afirma que “se ajustarán si hago portabilidad”. Es decir: Sí pueden anularlas, pero no quieren hacerlo ahora. Esa retención artificial: es abusiva, es contraria a la buena fe contractual, y constituye una práctica comercial prohibida. Un contrato obtenido mediante error o engaño carece de validez (artículos 1265 y 1300 del Código Civil). 7. Exigencias finales y advertencia formal Les concedo una última oportunidad para resolver este asunto sin más escaladas: ✔ 1) Compensación económica por daños y perjuicios ✔ 2) Anulación inmediata de permanencias ✔ 3) Entrega funcional de la grabación ✔ 4) Reconocimiento escrito de la irregularidad de los cortes Si Vodafone persiste en su negativa, procederé a: ampliar la reclamación ante la AEPD, solicitar medidas ante CNMC, continuar el expediente en Junta Arbitral, y presentar demanda civil por daños y perjuicios, incluyendo daño moral, lucro cesante y costes asociados. He agotado la vía amistosa. El siguiente paso será estrictamente legal. Atentamente, Alfredo González
VODAFONE ESPAÑA
A: A. G.
Estimado Sr. González, Gracias por ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de Vodafone. En respuesta a su consulta, nos reiteramos en la respuesta dada anteriormente le informamos que el proceso de facturación empleado por Vodafone es un sistema automático, que detecta los tráficos asociados a los consumos de cada numeración que se han ido cursando dentro de cada período de facturación. Una vez se ha procedido a comprobar los consumos que aparece en las facturas de septiembre y octubre de 2025, confirmamos que los mismos son correctos y los tráficos asociados han sido realizados. En este sentido informarle que no tiene incluido en su tarifa el Roaming en EEUU, como puede comprobar en todas sus facturas se indica lo que está incluido en cada línea en su caso: Roaming incluido en la U.E., Islandia, Liechtenstein y Noruega Por otra parte le informamos que se ha realizado el abono como garantía de calidad, no porque la facturación emitida sea incorrecta. Consta ticket id 160312632 en el que consta que le enviarán la grabación lo antes posible. Así mismo le indicamos que según las condiciones generales de contratación se indica Incumplimiento de la obligación de pago: El retraso en el pago total o parcial por parte del Cliente de las cantidades debidas por los Servicios de Comunicaciones contratados podrá dar lugar a la restricción de las llamadas salientes y/o a la suspensión de la provisión de esos Servicios desde que Vodafone tenga conocimiento de tal circunstancia Atentamente, Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma.
A. G.
A: VODAFONE ESPAÑA
Estimados señores de Vodafone: Su respuesta vuelve a ser absolutamente inaceptable, improcedente y ajena por completo al contenido real de la reclamación. En primer lugar, resulta sorprendente —y profundamente irrespetuoso— que, tras varias comunicaciones en las que se han detallado hechos concretos, documentados y reconocidos incluso por ustedes en otros canales, respondan nuevamente con un texto genérico que no contesta a ninguna de las cuestiones planteadas y que simplemente repite información sobre el proceso automático de facturación, proceso que no está en discusión. ✔ Yo no he cuestionado si los consumos se cursaron. ✔ He cuestionado que se facturaran en base a una tarifa incorrecta, originada por un error comercial reconocido por ustedes mismos. Y aun así, insisten en volver a explicarme cómo funciona su facturación automática, como si eso tuviera relación con: LOS HECHOS CENTRALES QUE SIGUEN SIN RESPUESTA El engaño en la llamada comercial, reconocido por Vodafone. El abono de 350 €, que es un reconocimiento explícito de error, por mucho que intenten presentarlo como un “gesto de calidad”. Los dos cortes de servicio, efectuados mientras la reclamación estaba activa y el error era imputable a Vodafone. Los perjuicios económicos derivados de esos cortes, que siguen sin responder. El archivo .NMF ilegible, que ustedes saben que no es un formato válido de entrega de grabaciones. El enlace fallido repetidamente, que imposibilita el acceso a la grabación y constituye obstrucción del derecho de acceso. La ausencia total de respuesta punto por punto a lo reclamado. Las contradicciones en sus propios mensajes, donde se reconoce error, pero aquí intentan negarlo. El uso indebido del argumento de la “política interna” para justificar la negativa a compensar daños. Ninguno de estos puntos ha sido contestado. SOBRE SU RESPUESTA ACTUAL: UNA FALTA DE RESPETO Y UNA PRÁCTICA ABUSIVA Resulta de una falta de profesionalidad evidente que, tras una reclamación larga, documentada y concreta, respondan con un texto genérico que podría aplicarse a cualquier cliente, ignorando deliberadamente lo expuesto. Cualquier persona que lea esta respuesta puede ver que: No han leído la reclamación. O la han leído y han decidido no contestar nada de lo que se les exige. Intentan desviar la conversación hacia la facturación automática, que no es el punto. Incurren en negligencia grave y mala fe, al no atender los hechos esenciales. “EL ABONO ES UN GESTO DE CALIDAD”: FALSO Ustedes mismos han reconocido en otros canales de Vodafone que: el error proviene de su comercial, la tarifa aplicada no era la contratada, y se debe devolver la facturación por roaming. Llamar a eso “gesto de calidad” es un intento de manipulación que no funciona. SOBRE LA GRABACIÓN Insisten en que “me la enviarán lo antes posible”, pero: el archivo enviado es ilegible, el enlace falla siempre, y la incidencia persiste. A estas alturas, parece evidente que no quieren entregar la grabación, porque probablemente confirma exactamente lo que he sostenido desde el principio. EXIJO RESPONSABILIDAD Y RESPUESTAS Por ello, exijo: Que se identifique a la persona responsable de estas respuestas, porque no es aceptable que un operador ignore el contenido de una reclamación de forma tan evidente. Que se responda punto por punto, como exige la OCU y como exige la normativa de telecomunicaciones. Que cesen las respuestas automáticas y evasivas, impropias de una compañía de este tamaño. PRÓXIMOS PASOS Dado que Vodafone continúa sin responder a los hechos, sin atender a la reclamación y sin actuar con buena fe, ya se están activando todas las vías: AEPD (por obstrucción del derecho de acceso), CNMC (por cortes ilegales del servicio), Junta Arbitral de Consumo (por daños y perjuicios), reclamación formal ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, y preparación de demanda civil. La responsabilidad ya es plenamente suya. Atentamente, Alfredo González
VODAFONE ESPAÑA
A: A. G.
address:reclamar@ocu.org,personal: 1765527407 [address:ac_gestionweb@vodafone.es,personal:] null Nuevo mensaje de ALFREDO G[Case: 00175aMJCD2GU9XK- 00]
A. G.
A: VODAFONE ESPAÑA
Estimados señores: Su respuesta de fecha 11 de diciembre resulta nuevamente inaceptable y no responde a la realidad de los hechos. 1. La grabación NO ha sido entregada Quiero dejar constancia expresa de que NO he recibido la grabación de la llamada comercial, por un motivo muy simple: Vodafone no la ha puesto a mi disposición de forma accesible. El problema NO es: ni la descompresión de un archivo ZIP, ni el reproductor de Windows, ni un supuesto error del sistema operativo. El problema es que el enlace que ustedes envían NO FUNCIONA, incluso tras introducir correctamente el código SMS, y esto ha sido probado desde distintos ordenadores y entornos. Insistir en explicaciones técnicas genéricas (ZIP / Windows Player) cuando el archivo no se descarga no solo es incorrecto, sino que constituye una maniobra evidente de distracción, impropia de un operador de telecomunicaciones. A día de hoy: no existe archivo descargable, no existe acceso efectivo a la grabación, y Vodafone sigue incumpliendo su obligación legal de entrega. 2. Cierre unilateral del caso sin resolver el fondo Indicar que “se han agotado las opciones” cuando: la grabación no ha sido entregada, los cortes de servicio no han sido justificados, los daños y perjuicios no han sido abordados, supone un cierre unilateral indebido, contrario a la buena fe contractual y a las obligaciones de atención al cliente. Que Vodafone declare esta como “respuesta final” no extingue sus responsabilidades legales, ni administrativas ni civiles. 3. Portabilidad inminente y permanencias Ante la situación creada por Vodafone, voy a iniciar portabilidad a otro operador de forma inminente. Por tanto, exijo confirmación expresa y por escrito de lo siguiente: Que NO se aplicará ningún cargo por permanencia, Que NO se facturará penalización alguna, Que NO se generará deuda artificial asociada a la baja o portabilidad, Y que no se producirá ningún bloqueo adicional del servicio durante el proceso. Dado que el contrato se ha visto afectado por: información comercial incorrecta, errores reconocidos por Vodafone, cortes indebidos del servicio, cualquier intento de aplicar penalización sería claramente abusivo y será impugnado por todas las vías. 4. Advertencia final La falta de entrega efectiva de la grabación, unida a la negativa reiterada a resolver el fondo del asunto, está siendo ya incorporada a: ampliación de reclamación ante la AEPD, denuncia ante la CNMC, y documentación preparatoria para acciones legales. Les insto por última vez a: facilitar un método funcional y verificable para acceder a la grabación, y confirmar por escrito la inexistencia de penalización por permanencia. Cualquier nueva respuesta evasiva será interpretada como voluntad expresa de no cumplir, con las consecuencias legales correspondientes. Atentamente, Alfredo González
VODAFONE ESPAÑA
A: A. G.
Estimado Sr. González, Gracias por ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de Vodafone. En respuesta a su consulta, le enviamos la grabación de nuevo al correo electrónico que consta en la base de datos de Vodafone. Atentamente, Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma.
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