Desde el mes de marzo, tras el accidente de tráfico y el latigazo cervical sufrido como consecuencia del mismo, mi novia está siendo atendida por un traumatólogo debido, entre otros síntomas, a los dolores de cuello y espalda y a las limitaciones y mareos que padece. Ante la persistencia de esta sintomatología, el traumatólogo la ha derivado en dos o tres ocasiones al especialista en Otorrinolaringología (Otorrino), al considerar necesaria su valoración para determinar el origen y tratamiento de dichos mareos.
Desde la primera derivación, el traumatólogo le indicó que, en principio, no deberían tardar demasiado en ponerse en contacto con ella para concertar la correspondiente cita. Sin embargo, recientemente, al contactar con la aseguradora para interesarme por el estado de la derivación, se me informó de que ni siquiera habían abierto el correo electrónico en el que se había enviado la propuesta de derivación, a pesar de que esta llevaba aproximadamente dos meses remitida. Considero que esta falta de gestión y seguimiento por parte de la aseguradora ha supuesto un retraso injustificado en su atención médica y en la valoración de una sintomatología que continúa afectándola.
Asimismo, desde el inicio del tratamiento, el traumatólogo indicó el número máximo de sesiones de fisioterapia que consideraba necesarias para su recuperación. Sin embargo, la aseguradora comunicó al fisioterapeuta que únicamente debía realizar cinco sesiones. Esta situación se ha repetido desde el mes de marzo, de manera que, cada vez que acude a revisión con el traumatólogo, se le autorizan únicamente cinco nuevas sesiones de fisioterapia.
Tanto el traumatólogo como la fisioterapeuta le han manifestado en más de una ocasión que, mientras no sea valorada por el especialista en Otorrinolaringología, es muy difícil que el proceso pueda finalizar o que se pueda determinar adecuadamente la evolución de su estado. Por este motivo, considero especialmente preocupante la demora producida en la gestión de dicha derivación.
Por último, durante la conversación telefónica mantenida recientemente con la aseguradora, se me manifestó que la razón por la que se le autorizaban únicamente cinco sesiones de fisioterapia de cada vez era que se trataba de "sesiones de asentamiento", con el objetivo de que se acostumbrase a su situación y asumiese que iba a quedarse así de por vida.
Considero que la actuación de la aseguradora, tanto por la falta de gestión de la derivación al especialista como por las limitaciones impuestas al tratamiento de fisioterapia y las manifestaciones realizadas durante la llamada telefónica, está perjudicando su proceso de recuperación y retrasando la adecuada valoración y tratamiento de las secuelas derivadas del accidente.