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Reclamación por sustracción de paquete faltando 5 artículos

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A. R.

A: PRIMERITI

29/05/2025

EMPRESA RECLAMADA: Primeriti (El Corte Inglés S.A.) CIF: A28017895 Web: www.primeriti.es Pedido Nº: 2509714005555 ⸻ ASUNTO: RECLAMACIÓN POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, FALTA DE RESPUESTA EFECTIVA, POSIBLE VULNERACIÓN DE DATOS PERSONALES Y ENVÍO MANIPULADO – MÁS DE UN MES SIN SOLUCIÓN Me dirijo a ustedes como consumidor afectado para exponer una situación de extrema gravedad e indefensión sufrida en el marco de una relación comercial con Primeriti, gestionado por El Corte Inglés S.A., en relación al pedido Nº 2509714005555. La reclamación comenzó el día 19 de abril de 2025, cuando recibí un paquete claramente manipulado, con un corte visible por el que, presumiblemente, se extrajeron varios productos antes de su entrega. Al abrir el paquete, encontré solo el embalaje de protección y bolsas vacías, sin rastro de los artículos adquiridos. Productos no entregados (valor total: 220 €): • Chaqueta de punto con cremallera • Sudadera gris con cuello redondo • Jersey con cuello redondo • Sudadera azul con cuello redondo • Set de cartera y llavero de piel marrón Desde el primer momento facilité fotografías del estado del paquete y un vídeo fechado que documenta la apertura del mismo en el momento de su recepción. Estas pruebas se encuentran accesibles en el siguiente enlace: 🔗 https://1drv.ms/v/c/53e9dcf87a8a1e6d/EREsExduqRVPs5P6t_UiL2wBSp3Wh122tcpC5JMMxIlAFw La gestión por parte de Primeriti ha sido, hasta la fecha, claramente insatisfactoria. Las distintas respuestas recibidas no han aportado una solución real ni han considerado adecuadamente las pruebas enviadas. Concretamente: • En primer lugar, se indicó que el pedido había sido entregado en su totalidad, sin tomar en cuenta la denuncia de manipulación del paquete. • Posteriormente, se alegó que “el peso del paquete era correcto”, argumento que, por sí solo, no demuestra en absoluto que el contenido fuera el completo ni correcto. • Finalmente, se me remitió un albarán que ni correspondía a mi nombre ni a mi dirección, incurriendo posiblemente en una vulneración grave del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al compartir información de un tercero. He realizado más de diez llamadas telefónicas, respondido a todos los correos electrónicos, y enviado repetidamente el material probatorio solicitado. A pesar de ello, la empresa ha cerrado el caso en varias ocasiones sin ofrecer solución alguna, y sin asumir responsabilidad por los hechos descritos. Esta situación ha supuesto no solo un perjuicio económico, sino también un importante desgaste emocional y pérdida de tiempo. Me he visto forzado a insistir de manera reiterada para obtener una respuesta que, hasta la fecha, sigue sin llegar. He actuado en todo momento con buena fe, facilitando toda la información requerida, y considero inadmisible la falta de atención efectiva por parte de la empresa. ⸻ EXIJO A TRAVÉS DE LA OCU: 1. Que se requiera a Primeriti / El Corte Inglés S.A. una respuesta formal, vinculante y definitiva, sin más dilaciones. 2. Que se ordene a la empresa: • El reembolso íntegro de 220 € correspondientes a los productos no entregados. • Una explicación oficial y documentada sobre la manipulación del paquete y la responsabilidad asumida. • Una respuesta concreta sobre la posible vulneración de datos personales al remitirme el albarán de un tercero. 3. Que se estudie la apertura de un expediente sancionador por posibles infracciones en materia de consumo y protección de datos. 4. Que se impulsen medidas correctoras para evitar que otros consumidores puedan verse en la misma situación. ⸻ MARCO LEGAL VULNERADO: • Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007): • Art. 114 y ss.: Falta de conformidad en los bienes entregados • Art. 123: Responsabilidad del vendedor • Art. 21: Derecho del consumidor a atención eficaz • Arts. 47 y 49: Infracciones graves por prácticas abusivas • Reglamento General de Protección de Datos (RGPD – Reglamento UE 2016/679): • Tratamiento indebido de datos personales • Cesión accidental de información de terceros • Código Civil (art. 1.258): • Incumplimiento de la obligación contractual de buena fe ⸻ Quiero subrayar que esta situación no se limita a un error logístico. Es un claro ejemplo de falta de diligencia, vulneración de derechos básicos y desprotección del consumidor. Me he visto en evidente situación de desigualdad frente a una gran empresa que no ha sabido —o no ha querido— responder con la responsabilidad y profesionalismo que se espera. Reitero que me reservo el derecho a iniciar las acciones legales correspondientes si no se resuelve el conflicto de forma inmediata. Esto incluye una posible reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos por el albarán recibido, así como una reclamación ante la autoridad de consumo de mi comunidad autónoma. Solicito, por tanto, a esta organización que intervenga con urgencia para garantizar que se repare el perjuicio causado y que se protejan los derechos de los consumidores frente a prácticas inadmisibles como esta.


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