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Reclamación por servicio técnico deficiente y solicitud de devolución

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Reparación

Tu reclamación

P. R.

A: INDESIT ELECTRODOMESTICOS

04/04/2025

Estimados/as señores/as: Mediante el presente escrito, formalizo una reclamación formal contra la marca de electrodomesticos INDESIT (Whirlpool) y su servicio técnico asignado en Cádiz (Cádiz), debido a la gestión negligente en la reparación de mi frigorífico y la falta de solución definitiva al problema, a pesar de haber abonado 55€ por un servicio no efectivo. Formalizo esa reclamación en base a lo establecido en: Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, LGDCU) Real Decreto 1/2007, Art. 114-123 (Garantías en la venta de bienes de consumo) Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la LGDCU Reglamento (UE) 2019/1150 (Prácticas comerciales desleales) Cronología de los hechos: El 25 de febrero de 2025, reporté una avería en mi frigorífico INDESIT (Fuera de garantia), al servicio técnico oficial de Indesit (teléfono 932 382 355), siendo derivado a la Oficina de Cádiz subcontrada SAT LA CALETA, S.L. (teléfono 633 148 932). Desde entonces, he sufrido incumplimientos reiterados en la prestación del servicio, vulnerando mis derechos como consumidor: Incumplimiento de plazos (Art. 75 LGDCU): Se me aseguró en múltiples ocasiones que un técnico acudiría en 24-48 horas ( para el 28/02 (festivo en Andalucía), luego para el 04/03, 07/03, 10/03), sin que se materializara la visita salvo el 10/03, donde el técnico cobró 55€ por una reparación ineficaz (el frigorífico volvió a fallar a las 3 horas). El Art. 75.1 establece que el profesional debe ejecutar el servicio en el plazo pactado, y el Art. 110 reconoce el derecho a la reparación o sustitución gratuita en caso de bienes con garantía. Deficiencia en el servicio (Art. 140 LGDCU): La reparación realizada el 10/03 no resolvió la avería, incumpliendo el Art. 140.1, que obliga al proveedor a corregir los defectos de conformidad. El Art. 120 exige que, en caso de reparación defectuosa, el consumidor puede exigir su repetición, la sustitución del bien o la devolución del importe. Prácticas comerciales desleales (Art. 20 LGDCU y Reglamento UE 2019/1150): La Oficina de Cádiz y el técnico ignoraron mis llamadas y mensajes (06/03, 07/03, 11/03, 12/03), incurriendo en falta de diligencia (Art. 60 LGDCU). El cobro de 55€ por un servicio no efectivo constituye un engaño (Art. 52 LGDCU) y un abuso de derecho (Art. 5.2). Resumen de los hechos: 25 de febrero de 2025: Contacté con el servicio técnico de Indesit (teléfono 932382355) para reportar una avería en mi frigorífico. Me derivaron a la oficina de Indesit en Cádiz. 28 de febrero: Tras no recibir visita, se me envió un SMS con un enlace defectuoso para subir la etiqueta del frigorífico. Llamé para reportar el fallo, asegurándome que el técnico acudiría ese día (festivo en Andalucía), pero nadie se presentó. 4 de marzo: La oficina de Cádiz me prometió que un técnico me contactaría en 24 horas. No hubo llamada ni visita. 6-7 de marzo: Nuevas llamadas sin respuesta. Por WhatsApp me confirmaron que el técnico iría "al día siguiente", pero incumplieron reiteradamente. 10 de marzo: Finalmente, el técnico acudió, cobró 55€ por Bizum y declaró el frigorífico reparado. A las 3horas, el frigorifico seguia averiado y continuaba sin funcionar. 11-12 de marzo: El técnico ignoró llamadas y mensajes. La delegación de Cádiz no resolvió el problema. A la fecha, he tenido que comprar un nuevo frigorifico y sin devolución del dinero. Peticiones En virtud de la normativa citada, EXIJO: Devolución íntegra de los 55€ abonados, por reparación no efectiva (Art. 120 LGDCU). Ya he sustutuido mi frigorífico por la necesidad. Compensación por daños y perjuicios (Art. 128 LGDCU), derivados de: Pérdida de alimentos por falta de refrigeración. Gastos en llamadas y desplazamientos. Tiempo invertido en gestiones infructuosas. Plazo y Advertencias Espero que segun con el Art. 63 LGDCU, en un plazo de 10 días hábiles recibir respuesta escrita. En caso de silencio o negativa, procederé a: Denunciar ante la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía (vía consumoresponde@juntadeandalucia.es). Adjunto: Comprobantes del pago por Bizum. (2 ficheros) Fotocopia de la factura/Albaran. (1 fichero) Capturas de los mensajes ignorados (WhatsApp) y Listados de llamadas sin contestar. (7 ficheros) Atentamente


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