Por medio de la presente, formulo reclamación en relación con el envío con localizador adjunto en los datos de la reclamación, ante la prolongada falta de resolución de la incidencia y, especialmente, por la información reiteradamente contradictoria que he recibido por parte del servicio de Atención al Cliente durante las últimas semanas.
El 24 de agosto, el envío fue depositado en un punto de entrega distinto de aquel que había seleccionado. Esa misma tarde contacté con Atención al Cliente para comunicar la incidencia. Se me indicó que contactarían con el establecimiento en el que se encontraba el paquete y que posteriormente se pondrían en contacto conmigo. No recibí dicha comunicación ni se me informó del resultado de gestión alguna.
El 25 de agosto, ante la falta de respuesta, volví a contactar con Atención al Cliente. En esta ocasión se me aseguró que se había iniciado una orden de redirección al punto de entrega correcto. Posteriormente, el seguimiento del envío reflejó una incidencia relativa a la entrega en un punto incorrecto y su aparente devolución al circuito logístico para proceder a la redirección.
En los días siguientes, ante la ausencia de avances, realicé sucesivas llamadas. En una de ellas se me informó de que el paquete se encontraba a la espera de que quedara disponible una taquilla en el punto de entrega correcto y que, una vez liberada, se procedería a su entrega. Transcurridos varios días sin actualización alguna, volví a contactar y se me comunicó una versión completamente distinta: el paquete se encontraba ilocalizable.
Tras nuevas llamadas, esta información volvió a modificarse. Se me indicó que el paquete no estaba realmente ilocalizable, sino que se encontraba en un centro logístico situado en otro punto de la Comunidad de Madrid, sin que pudieran explicarme adecuadamente el motivo. Como consecuencia, se abrió una investigación formal el 31 de agosto.
En el marco de dicha reclamación/investigación del 31 de agosto facilité los datos que me fueron solicitados, incluidos los relativos al contenido del paquete, precisamente para permitir su identificación y localización.
El 10 de septiembre, el seguimiento del envío pasó a indicar que debía ponerme en contacto con InPost. El 14 de septiembre contacté nuevamente con Atención al Cliente y se me aseguró que el paquete había sido devuelto al punto de entrega incorrecto en el que había sido depositado inicialmente el 24 de agosto. Se me indicó que contactarían con dicho establecimiento y que posteriormente se pondrían en contacto conmigo. Nuevamente, no recibí comunicación alguna.
Finalmente, el 16 de septiembre, al volver a llamar ante la ausencia de respuesta, se me facilitó una versión directamente incompatible con la anterior: se me indicó que la información del día 10 significaba precisamente que el punto de entrega había realizado inventario y había confirmado que no disponía del paquete. Es decir, el 14 de septiembre se me aseguró que el paquete se encontraba en dicho punto y el 16 de septiembre se me informó de que ese mismo punto había confirmado que no lo tenía.
A esta sucesión de informaciones contradictorias se añade una circunstancia que considero especialmente grave. En mi última comunicación se me ha indicado que, además de la reclamación abierta el 31 de agosto, consta una supuesta nueva reclamación de fecha 14 de septiembre, en la que figuran, entre otros, datos relativos al contenido del paquete.
No reconozco haber formulado una nueva reclamación el 14 de septiembre ni haber facilitado nuevamente esos datos en dicha fecha. Los datos relativos al contenido del envío fueron facilitados por mí el 31 de agosto, en el marco de la reclamación/investigación abierta ese día.
Sin embargo, se me ha indicado que, debido a la existencia de esta supuesta nueva reclamación del 14 de septiembre, el plazo de 21 días naturales para la investigación comenzaría nuevamente a computarse desde dicha fecha.
No considero admisible que la apertura administrativa de una nueva incidencia o expediente —que yo no he solicitado como sustitución del anterior— pueda utilizarse para reiniciar el cómputo del plazo de una investigación que se encontraba abierta desde el 31 de agosto, especialmente cuando dicha nueva incidencia incorpora información que yo ya había facilitado en el expediente original.
Desde el 24 de agosto ha transcurrido ya un periodo considerable sin que InPost haya sido capaz de entregarme el paquete ni determinar de forma coherente dónde se encuentra. Durante este tiempo se me ha indicado sucesivamente que se iba a redirigir, que estaba pendiente de una taquilla, que estaba ilocalizable, que se encontraba en un centro logístico, que había regresado al punto de entrega inicial y, finalmente, que dicho punto había confirmado que no disponía de él.
Por todo ello, SOLICITO:
1. Que se reconozca como fecha de inicio de la investigación/reclamación la del 31 de agosto, fecha en la que se abrió el expediente y facilité los datos requeridos para la localización del envío, sin reiniciar el cómputo del plazo como consecuencia de una reclamación posterior que no he formulado como nueva incidencia.
2. Que se me facilite por escrito la identificación y fecha de apertura de todas las reclamaciones, incidencias o expedientes asociados al envío, indicando qué actuación dio lugar a cada uno de ellos y cuál es su estado actual.
3. Que se aclare por qué en la supuesta reclamación de fecha 14 de septiembre constan datos que facilité el 31 de agosto y se rectifique cualquier información que atribuya incorrectamente a dicha fecha la aportación de esos datos.
4. Que se me comunique por escrito la situación y última localización acreditada del paquete, evitando nuevas informaciones contradictorias sobre su paradero.
5. Que, si ha transcurrido el plazo establecido por InPost para considerar infructuosa la investigación sin que el envío haya podido ser localizado y entregado, se proceda inmediatamente a declararlo perdido y a tramitar la solución o indemnización que corresponda, sin ampliar artificialmente dicho plazo mediante la apertura de nuevos expedientes relativos a la misma incidencia.
6. Que se revise la actuación del servicio de Atención al Cliente en este caso, dada la sucesión de informaciones incompatibles facilitadas durante varias semanas y los reiterados compromisos de contacto que no se han producido.
Solicito asimismo que la respuesta a esta reclamación se me facilite por escrito, incluyendo una explicación expresa acerca del expediente abierto el 31 de agosto, la supuesta reclamación de 14 de septiembre y el cómputo del plazo de 21 días.
Sin otro particular, atentamente.