@@REF_ID@63ea5976b4aa2a0626@REF_ID@@303727984Muy Sres. Nuestros: Mediante la presente, procedemos a dar oportuna contestación a su notificación de fecha 8 de julio de 2024 mediante la cual nos dan traslado de reclamación por corte por falta de Inspección Periódica.Tal y como indica el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006 de 18 de julio, la Inspección Periódica Reglamentaria de una instalación se debe realizar cada 5 años dentro del año natural de vencimiento de este periodo desde la fecha de la última inspección o puesta en servicio, en el caso de este suministro, 01/08/19En primer lugar, procedemos a informarles que en este caso se remitieron todas las comunicaciones y notificaciones oportunas en base a la normativa sectorial de aplicación a la dirección del suministro, que es la que consta en nuestros sistemas a efectos de notificaciones sin que el reclamante haya escido otra dirección alternativa. En concreto se remitieron tres notificaciones:Comunicación enviada el 28/11/23 informando al usuario que correspondía realizar la inspección periódica en el año 2023 y dándole la oportunidad de realizarla contratando los servicios de una empresa instaladora habilitada de gas en los términos que se escen en el Real Decreto 919/2006. En caso de elegir esta opción, la empresa habilitada debería haber notificado realización y resultado de la inspección a la Distribuidora por los medios telemáticos escidos para ello antes del 15/02/24Una vez agotado el plazo escido sin recibir comunicación de la realización de la inspección, se envió escrito al cliente el 09/04/24 indicando que la inspección periódica correspondía hacerla a Redexis como empresa Distribuidora. El 30/04/24 se realizó una primera visita con resultado Ausente por lo que el 28/05/24 se envió aviso certificado indicando que la fecha de la segunda visita sería el 02/07/24 y que, en caso de nueva ausencia, se procedería al corte del suministro. El aviso fue recogido en oficina el 20/06/24 Tomando lo anterior en consideración, el deber de comunicación fehaciente por parte de REDEXIS quedó plenamente cumplido.El corte de suministro se lleva a cabo el 02/07/24 a las 11:34 conforme a lo exigido en la norma aplicable para los casos de imposibilidad de ejecutar la inspección periódica reglamentaria en las instalaciones individuales de gas, en aras de poner en seguridad la instalación. El 05/07/24 se realizó la inspección periódica con resultado Inspección Correcta y se procedió a repercutir tanto el coste de la propia inspección, como el importe de 168,68 € (I.V.A. no incluido) correspondiente con los derechos de reconexión. En consecuencia, tras lo expuesto consideramos que Redexis ha actuado en todo momento de manera diligente y de acuerdo a la normativa sectorial de aplicación.Esperando haber atendido su solicitud, les saluda atentamente,Gracias por contactar con Redexis.Para cualquier otra duda o consulta estamos a su disposición en el Serviciode Atención al Cliente de Redexis, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 20:00 horas, en el teléfono 900 811 339 o, si lo desean puede realizar una consulta electrónica a través de nuestra Web: s:www.redexis.esReciba un cordial saludoAntes de imprimir este mensaje, asegúrate de que es necesario. Proteger el medio ambiente está también en tu mano.De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.orgEnviado el: lunes, 8 de julio de 2024 23:15Para: Atención al cliente Redexis atencionalcliente@redexis.esAsunto: Reclamación por Interrupción Injustificada del Suministro de Gas y Solicitud de IndemnizaciónCIBERSEGURIDADEste correo ha llegado a tu bandeja desde INTERNET, por tanto, desconfía siempre a la hora de abrir enlaces o archivos adjuntos, y si sospechas de su origen, eliminalo. Gracias.