Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad Dineo CREDITO SL, también conocida como Dineo, y titular un de un microprestamo formalizado desde aproximadamente marzo de 2026 hasta ahora, con Nº5180270 firmado día 07/03/2026 a través de vuestra plataforma.
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Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con los intereses/TAE, comisiones y recargos aplicados en dicho micropréstamo, que considero claramente desproporcionados y usurarios. Y por ello: Tras revisar con detalle el coste total de dicho préstamo, he comprobado que el importe que finalmente he terminado pagando (sumando intereses/TAE, comisiones y recargos) resulta claramente desproporcionado en relación con el capital que realmente se me prestó y con la duración del micropréstamo. En la práctica, esto ha supuesto que por importes pequeños y plazos cortos se hayan aplicado costes muy elevados, generando una devolución total muy superior al dinero recibido. Por este motivo, considero que el coste aplicado es notablemente superior al normal y, por tanto, usurario, conforme a la Ley de Represión de la Usura. Adjunto los siguientes documentos:
-Un PDF con el contrato de Dineo
-Un PDF con todos los movimientos bancarios relacionados con los pagos del micropréstamo solicitado.
-Los PDFs aportados por la empresa Dineo asegurando el pago de 4 aplazamientos, con precio de 104,99€ cada uno.
SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para:
1. Que se declare la nulidad de pleno derecho del contrato de préstamo suscritos con su entidad bajo la marca Dineo por tener la consideración de usurarios al amparo de lo establecido en el artículo 1 de la citada Ley de 23 de julio de 1908 de Represión de la Usura. Esta petición se fundamenta en la imposición de unos intereses y costes por aplazamiento notablemente superiores al normal del dinero y manifiestamente desproporcionados, llegando a aplicar una TAE de hasta 3752,05%, lo cual contraviene de forma evidente la citada normativa y la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo.
2. Que, como consecuencia de la nulidad de los contratos por usura, y en estricta aplicación de lo dispuesto en el artículo 3 de la citada ley, el cual establece que declarada la nulidad el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida, se proceda a la compensación de las cantidades excedidas. Dado que el importe total que ya he abonado (419,94€) supera el total del capital principal que me ha sido prestado en el conjunto de todos los contratos (300,00€), solicito expresamente que el contrato actualmente vigente (Nº5180270) quede íntegramente cancelado, liquidado y cerrado sin deuda pendiente alguna. Asimismo, exijo el reintegro de la diferencia a mi favor resultante de dicha compensación, la cual asciende a 119,94€.
3. Que, durante la tramitación y resolución de la presente reclamación extrajudicial, se proceda a la paralización temporal, congelación y suspensión de cualquier obligación de pago vinculada a el contrato actualmente activo (Nº 5180270). Asimismo, les requiero de forma expresa para que se abstengan de aplicar intereses de demora, comisiones por impago, así como de ceder o comunicar mis datos a cualquier fichero de solvencia patrimonial o registro de morosos (tales como ASNEF, EQUIFAX, O BADEXCUG), al tratarse de una deuda que se encuentra formal y legítimamente disputada. Atentamente, Rafael