Estimados/as señores/as:
Me pongo en contacto con ustedes para presentar una reclamación contra MK Hackers / EDIB School con motivo de la contratación de un programa de formación online por importe de 1.900 €.
El 8 de abril de 2026 mantuve una videollamada comercial con el asesor Jesús Peña, quien confirmó expresamente que dicha videollamada estaba siendo grabada.
Durante esa videollamada recibí una intensa presión comercial para formalizar la contratación en ese mismo momento. Todo el proceso se realizó durante la propia llamada: se me enviaron los documentos para su firma electrónica y se me instó a realizar el pago inmediatamente, sin disponer de un tiempo razonable para leer detenidamente las condiciones, comparar alternativas o reflexionar sobre una inversión de esta cuantía.
Confiando en la información facilitada durante dicha videollamada, acepté la documentación y formalicé la contratación.
Tras acceder al curso y comenzar los primeros módulos, comprobé que la metodología propuesta requiere la utilización de numerosas plataformas y herramientas de terceros, así como determinadas herramientas vinculadas al propio ecosistema del programa, todas ellas con costes adicionales y suscripciones periódicas necesarias para poder aplicar el modelo de negocio enseñado.
Entre las herramientas que aparecen durante la formación se encuentran, entre otras, Base44, Apollo, Apify, Signal y una plataforma propia denominada Constructor, cuya utilización se presenta inicialmente bajo una modalidad temporal gratuita, pasando posteriormente a requerir una suscripción de pago.
Durante el proceso comercial no se me informó de forma clara y suficiente de que la aplicación práctica de la metodología implicaba asumir estos costes recurrentes. La impresión transmitida durante la videollamada fue que la inversión adicional sería mínima, especialmente durante el primer año, existiendo únicamente algunas herramientas puntuales de pago.
De haber conocido previamente el coste real que supone implementar la metodología enseñada y la necesidad de contratar múltiples plataformas para poder desarrollar el negocio, no habría contratado el programa.
Mi reclamación no se basa en que el curso no me haya gustado ni en un cambio de opinión posterior. Se basa en que considero que la información facilitada antes de contratar no reflejó de forma clara los requisitos económicos reales necesarios para poner en práctica el sistema vendido durante el proceso comercial.
En cuanto detecté esta circunstancia, solicité la revisión de mi contratación y el reembolso del importe abonado.
La cronología de los hechos fue la siguiente:
8 de abril de 2026: contratación durante la videollamada comercial con Jesús Peña, firma electrónica de la documentación y pago del curso. Los propios documentos aportados posteriormente por la empresa acreditan la aceptación de las condiciones ese mismo día.
8 de junio de 2026: solicité formalmente la revisión de mi contratación, exponiendo que durante la llamada comercial se generaron unas expectativas que no se correspondían con la realidad encontrada al acceder al curso, y solicitando la devolución del importe abonado, así como copia del contrato y de toda la documentación contractual.
10 de junio de 2026: la empresa rechazó mi solicitud alegando únicamente que no se cumplían las condiciones excepcionales previstas en un supuesto "protocolo interno", sin responder a mis alegaciones sobre la información recibida durante el proceso comercial.
Ese mismo día solicité nuevamente la trazabilidad completa de la contratación, el registro de aceptación de las condiciones, la documentación contractual y toda la información comercial facilitada antes de contratar.
15 de junio de 2026: tuve que reiterar mi solicitud al no haber recibido la documentación solicitada.
19 de junio de 2026: finalmente la empresa me remitió los términos y condiciones aceptados durante la contratación.
26 de junio de 2026: la empresa dio por cerrado el expediente sin ofrecer ninguna solución.
Durante todo este proceso he mantenido siempre el mismo motivo de reclamación: considero que la contratación estuvo condicionada por la información facilitada durante la videollamada comercial y por la presión ejercida para contratar y pagar en ese mismo momento, sin que se explicaran de forma clara los costes reales necesarios para implementar la metodología enseñada.
Asimismo, solicité en varias ocasiones la documentación contractual y la información comercial utilizada durante el proceso de venta para poder revisar correctamente las condiciones en las que contraté, documentación que no me fue facilitada hasta varios días después de haber rechazado inicialmente mi solicitud de devolución.
Dado que la empresa confirmó expresamente que la videollamada comercial del 8 de abril de 2026 fue grabada, considero que dicha grabación constituye una prueba especialmente relevante para verificar la información facilitada antes de la contratación y las circunstancias en las que se produjo la firma y el pago.
SOLICITO
Que la OCU tramite la presente reclamación y medie con la empresa para intentar alcanzar una solución amistosa, instando a MK Hackers / EDIB School a revisar nuevamente mi caso y proceder al reembolso íntegro de los 1.900 € abonados, al considerar que la información precontractual facilitada durante el proceso de venta fue insuficiente para que pudiera adoptar una decisión plenamente informada y que la contratación se produjo bajo una presión comercial que limitó mi capacidad de valorar adecuadamente las condiciones y el coste real de la metodología ofrecida.
Asimismo, solicito que se inste a la empresa a conservar la grabación íntegra de la videollamada comercial del 8 de abril de 2026, por constituir un elemento probatorio directamente relacionado con los hechos objeto de esta reclamación.
Sin otro particular, atentamente.