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Reclamación por incumplimiento parcial del servicio contratado en Gozo Fest (Santiago de Compostela)

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

J. A.

A: LIVE NATION

19/08/2026

Por medio de la presente, solicito la intervención de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en relación con el incumplimiento de contrato, la aplicación de cláusulas abusivas y las graves deficiencias de seguridad por parte de la organización del O Gozo Festival, celebrado el día 11 de julio de 2026 en Santiago de Compostela. Adquirí dos entradas generales, con un precio de 62,50 € cada una (suponiendo un desembolso de 125 €), para asistir a un festival cuya programación fue alterada sustancialmente. A este importe hay que sumar el esfuerzo logístico y económico de mi desplazamiento expresamente desde Asturias hasta Galicia, costeando gastos de viaje y alojamiento en hotel. Durante el desarrollo del evento, comenzó una fuerte tormenta. A pesar de que existía una alerta naranja decretada por los servicios meteorológicos oficiales con días de antelación (lo que hace que la situación fuera pública, notoria y plenamente previsible), la organización no dispuso de ningún protocolo de evacuación, carpas ni zonas seguras, dejándonos expuestos a las inclemencias y al riesgo eléctrico. A esta negligencia organizativa se sumó la imposición de una cláusula abusiva en plena emergencia: la estricta política de "no retorno". La organización nos obligó a permanecer bajo una lluvia torrencial durante casi dos horas, ya que salir del recinto para buscar refugio implicaba perder el derecho a volver a entrar. Obligar al consumidor a elegir entre perder su entrada o sufrir una exposición peligrosa para su salud vulnera frontalmente el artículo 82 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Ante la falta de información y el riesgo para nuestra salud, nos vimos forzados a abandonar el recinto empapados. Posteriormente, la organización emitió comunicaciones caóticas, anunciando de forma repentina la cancelación de la mitad del cartel (incluyendo a Danny Ocean y Rita Ora, principal motivo de mi asistencia) y el inicio inminente del cabeza de cartel. Tuve que regresar corriendo, aún húmedo, perdiéndome un tercio de la actuación de Maroon 5 y viéndome obligado a abandonar el recinto poco después, perdiendo el show de Martin Garrix, debido al frío y al estado físico provocado por su negligencia inicial. Tras estos hechos, presenté una reclamación a la empresa organizadora (Live Nation España, S.A.U.) exigiendo responsabilidades. Su respuesta ha sido una negativa total, escudándose de forma sesgada en la "fuerza mayor" por la lluvia para no realizar reembolsos, eludiendo responder por su falta de previsión en el Plan de Autoprotección y por la aplicación abusiva de sus normas de acceso durante una alerta meteorológica. Por todo ello, al dar por agotada la vía amistosa con la empresa, acudo a la OCU para solicitar su mediación y defensa de mis derechos. Solicito que se inste a la promotora a realizar el reembolso íntegro de las entradas (o subsidiariamente, la mayor parte proporcional por la modificación sustancial del cartel y el servicio no disfrutado), así como a asumir la compensación de mis gastos de viaje y alojamiento, derivados directamente de su negligencia en materia de seguridad. En caso de ser necesario, puedo adjuntar copia de las entradas, los justificantes de desplazamiento y alojamiento, y el cruce de reclamaciones formales por correo electrónico con la empresa organizadora. Atentamente, Javier

Mensajes (1)

Asistencia solicitada 19 agosto 2026

LIVE NATION

A: J. A.

07/09/2026

Estimado Sr. Javier Álvarez, Mediante el presente escrito damos respuesta al requerimiento de referencia presentado por usted a través de OCU.ORG, en relación con la reclamación formulada con motivo de la celebración del O Gozo Festival el pasado 11 de julio de 2026. En primer lugar, lamentamos sinceramente las molestias que las incidencias acontecidas durante el desarrollo del evento pudieran haberle ocasionado. El festival dio comienzo con normalidad con la actuación de Miriam Rodríguez, la cual finalizó con total normalidad. Durante el desarrollo del evento se produjo un episodio de lluvia y granizo de extraordinaria intensidad que obligó a interrumpir temporalmente el desarrollo del evento por motivos exclusivamente relacionados con la seguridad de los asistentes, artistas, trabajadores y demás personal presente. La interrupción se acordó conforme a los protocolos de seguridad previstos y con el dispositivo desplegado al efecto. Una vez superada la situación que motivó dicha interrupción, el festival pudo reanudarse esa misma noche, celebrándose las actuaciones de Maroon 5 y Martin Garrix, de modo que la mayor parte del programa anunciado pudo desarrollarse. No obstante, y conforme se informó en su momento a través de los canales oficiales del festival, los retrasos acumulados como consecuencia directa de dicha interrupción por fuerza mayor y la consiguiente incompatibilidad de los horarios logísticos necesarios para el desarrollo del evento hicieron imposible mantener íntegramente la programación inicialmente prevista, lo que determinó la cancelación de las actuaciones de Rita Ora y Danny Ocean, circunstancia que lamentamos profundamente y que trae causa exclusiva del episodio meteorológico descrito. Examinada su solicitud, debemos indicarle que la normativa aplicable distingue entre la cancelación de un espectáculo y las modificaciones sobrevenidas producidas una vez iniciado el mismo. En este caso, el espectáculo se celebró en la fecha y lugar anunciados, dio comienzo con normalidad y pudo concluir esa misma noche, si bien su programación hubo de ser modificada como consecuencia de las circunstancias descritas. En este sentido, el artículo 29 del Decreto 226/2022, de 22 de diciembre, por el que se regulan determinados aspectos de la organización y desarrollo de los espectáculos públicos y las actividades recreativas y se constituye el Registro de Empresas y Escimientos de Galicia, esce el régimen aplicable a las modificaciones y cancelaciones de espectáculos públicos. Conforme a dicho precepto, en un supuesto como el presente, en el que el espectáculo ya había comenzado y la alteración por fuerza mayor se produjo durante su desarrollo, no concurre el presupuesto legal que determine el derecho al reembolso del importe de la entrada. Esta conclusión resulta, además, coherente con las Condiciones Generales de Venta aceptadas en el momento de la adquisición de las entradas. Por todo ello, y sin perjuicio de lo mucho que lamentamos las circunstancias descritas, debemos comunicarle que no resulta procedente la devolución, total ni parcial, del precio de la entrada, al no concurrir los presupuestos legal ni contractualmente previstos al efecto. Por otra parte, y en la medida en que su reclamación solicita igualmente el reembolso de gastos asociados o cualquier otra indemnización derivada de las incidencias producidas, debemos indicarle que tanto la interrupción del evento como sus consecuencias sobre la programación tuvieron su origen en un episodio meteorológico extraordinario, ajeno al control de la organización, que obligó a adoptar las medidas necesarias para preservar la seguridad de todas las personas presentes. Tratándose de un supuesto de fuerza mayor, tampoco resulta procedente el abono de gasto, indemnización o compensación alguna. La presente comunicación constituye la respuesta formal a su reclamación. Si lo estima oportuno, puede dirigir su reclamación ante los organismos de consumo competentes en su localidad o comunidad autónoma. Asimismo, le informamos de que Live Nation España, S.A.U. no se encuentra adherida a ninguna entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo ni está obligada a participar en este tipo de procedimientos ante una entidad concreta. Agradecemos el tiempo que ha dedicado a trasladarnos sus observaciones y lamentamos sinceramente los inconvenientes sufridos. Atentamente, Atención al Cliente Customer Service Live Nation España Phone: +34 93 208 11 09 Email: atencionalcliente@livenation.es Passeig Sant Joan 104, 6º 2ª - 08037 Barcelona


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