El 11 de agosto de 2026 contraté a través de e-registradores.com el servicio «Solicitud Registro Propiedades», anunciado como un informe completo de los inmuebles inscritos a nombre de una persona. Adicionalmente, contraté la modalidad «Muy Urgente – Más rápido», abonando un suplemento de 2,45 € más IVA, que anunciaba expresamente: «Solicitud gestionada en menos de 4 horas laborales».
Presento esta reclamación por la entrega incompleta del servicio, dos cobros presuntamente duplicados, las demoras en la tramitación y la falta de atención y resolución de las incidencias durante más de dos meses.
Desde el inicio surgieron problemas. Tras contratar el servicio el 11 de agosto, contacté con la empresa los días 13, 18 y 24 de agosto para conocer el estado de mi solicitud, sin obtener una respuesta satisfactoria.
El 8 de septiembre, casi un mes después, volví a escribir a soporte explicando que había recibido algunos documentos, pero desconocía si la búsqueda había finalizado o si quedaban más propiedades pendientes.
El 10 de septiembre comuniqué otra incidencia. El día anterior había recibido diez cargos bancarios relacionados con las notas simples, sin información previa sobre cuándo se efectuarían. Estos cargos llegaron a dejar la cuenta utilizada para los pagos sin saldo suficiente, por lo que tuve que ingresar más dinero para permitir que continuaran los cobros. En ese momento había recibido documentación correspondiente a 17 propiedades, pero seguía sin saber cuántas faltaban.
Ese mismo día presenté una reclamación por dos notas simples correspondientes a fincas registrales que ya habían sido solicitadas y abonadas anteriormente. Disponía de las referencias de las solicitudes originales del 13 de agosto y de las nuevas solicitudes del 10 de septiembre. Las fincas coincidían en sus identificadores registrales y se me habían cobrado nuevamente 27,87 € por cada una. Solicité la devolución de 55,74 €, aportando las referencias para su comprobación.
El 21 de septiembre, la empresa respondió indicando que el precio se aplicaba por cada nota simple, incluidas las negativas, y confirmó que existían ocho pagos pendientes para poder enviarme las notas restantes.
El 22 de septiembre, la empresa confirmó expresamente por escrito que había localizado 25 propiedades, de las cuales únicamente había entregado 17, quedando 8 pendientes. Indicó que necesitaba efectuar los pagos correspondientes para enviar la documentación.
Ante esta respuesta, pregunté cuándo realizarían esos cobros y solicité expresamente que procedieran a cobrarlos y enviarme las ocho notas restantes. En ningún momento me negué a pagar los importes pendientes. Al contrario, manifesté repetidamente mi disposición a abonarlos para finalizar un servicio que llevaba esperando desde agosto.
También insistí en los dos cobros duplicados. La empresa respondió que los pagos eran correctos, pero no aportó una explicación individualizada que justificara por qué se habían generado nuevas solicitudes para fincas con los mismos identificadores registrales que otras previamente abonadas.
Debido a las dificultades de comunicación, el 22 de septiembre solicité un teléfono para aclarar las incidencias directamente. La empresa respondió que el único medio de contacto disponible era el correo electrónico.
Lo más sorprendente ocurrió ese mismo día. Después de confirmar que existían ocho propiedades pendientes y que únicamente faltaba efectuar sus pagos, la empresa cambió su respuesta y comunicó que, debido al tiempo transcurrido, ya no disponía de dichas propiedades.
Considero esta justificación especialmente injustificada, puesto que llevaba semanas solicitando que procedieran a realizar los cobros necesarios. Nunca se me facilitó una solución efectiva para completarlos, pese a mi disposición reiterada a pagar.
El 29 de septiembre volví a reclamar las ocho propiedades restantes, preguntando por qué no efectuaban los cobros y enviaban la documentación. También advertí de mi intención de presentar una reclamación formal si no solucionaban la situación.
El 6 de octubre envié otro correo solicitando nuevamente que cobraran y entregaran las ocho notas pendientes.
El 7 de octubre, la empresa reiteró que, debido al tiempo transcurrido, ya no disponía de las propiedades y que podía solicitarlas individualmente a través de su página web.
Esta respuesta resulta contradictoria e impide resolver el problema, porque precisamente había contratado un servicio de búsqueda para identificar los inmuebles del titular consultado. Si la empresa no me entrega las ocho propiedades restantes ni me indica cuáles son, resulta imposible solicitarlas individualmente.
Por ello, el mismo 7 de octubre solicité que me facilitaran al menos la identificación de esas ocho propiedades. Al no recibir una solución, el 19 de octubre volví a escribir, reiterando que únicamente necesitaba conocer cuáles eran, abonarlas y recibir la documentación para finalizar el asunto.
A fecha de 19 de octubre de 2026, 69 días después de la contratación, sigo sin recibir las ocho propiedades restantes ni una relación que permita identificarlas. Tampoco se ha resuelto mi reclamación por los dos cobros presuntamente duplicados.
En relación con la modalidad urgente contratada, la empresa anunciaba expresamente que la solicitud sería gestionada en menos de cuatro horas laborales. Sin embargo, desde el 13 de agosto tuve que reclamar información sobre su tramitación y durante las semanas posteriores continué sin recibir una confirmación clara sobre su estado.
Aunque el compromiso se refería específicamente a la gestión de la solicitud y no necesariamente a la entrega de todos los documentos, solicito que la empresa acredite documentalmente la fecha y hora exactas en que gestionó mi petición para comprobar si cumplió el plazo anunciado.
Considero que la actuación de la empresa ha sido deficiente por la falta de información, las reiteradas demoras en la atención al cliente, la ausencia de una solución para completar los pagos, la falta de entrega de ocho propiedades que reconoció haber localizado, la negativa a facilitar su identificación y la falta de justificación suficiente de los cobros reclamados.
Por todo lo expuesto, solicito la intervención de la OCU para conseguir:
1. La identificación y entrega de las ocho propiedades pendientes, completando la búsqueda original de 25 propiedades, permitiéndome abonar las notas simples correspondientes sin contratar nuevamente el servicio de búsqueda.
2. La devolución de 55,74 € por los dos cobros presuntamente duplicados, salvo que la empresa justifique documentalmente que corresponden a servicios diferentes y correctamente facturados.
3. La comprobación del cumplimiento de la modalidad «Muy Urgente» y la devolución del suplemento de 2,45 € más IVA si se acredita su incumplimiento.
4. Un desglose completo de los cargos efectuados, indicando a qué solicitud y documentación corresponde cada uno.
5. Si la empresa ya no puede completar el servicio, la devolución de la parte del precio de gestión correspondiente al servicio incumplido.
Quiero destacar que nunca me he negado a pagar las ocho notas simples pendientes. He solicitado reiteradamente que la empresa procediera a cobrarlas y enviarlas. Por ello, considero injustificado que ahora se utilice el tiempo transcurrido como argumento para no completar el servicio, cuando llevo intentando resolver esta situación desde agosto.
Además, la solución propuesta por la empresa, consistente en solicitar individualmente las ocho propiedades restantes, resulta inviable mientras no facilite su identificación.
Dispongo de los correos electrónicos intercambiados, las referencias de las solicitudes y los justificantes bancarios que permiten acreditar los hechos expuestos.
Mi intención es recibir el servicio contratado, recuperar los importes cobrados indebidamente y obtener una solución definitiva a una incidencia que lleva más de dos meses sin resolverse.