Estimados/as,
El día 14 de septiembre de 2025 realicé un pedido con su empresa de tarjetas de precios colgantes, indicando expresamente como fecha de entrega deseada el 24 de septiembre de 2025, ya que el producto era necesario para un evento el 26 de septiembre de 2025.
Tras comprobar que el estado del pedido figuraba como “en producción”, contacté con su servicio de atención al cliente. En esa comunicación se me informó de un error en la gestión y se me aseguró que el pedido se entregaría antes del 1 de octubre de 2025. Sin embargo, a fecha de hoy, 1 de octubre de 2025, no he recibido el pedido.
Este incumplimiento supone una vulneración de mis derechos como consumidora, recogidos en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, en España) que establece que:
El empresario está obligado a entregar el bien en el plazo pactado o, en su defecto, en un plazo máximo de 30 días naturales (art. 66 bis).
En caso de incumplimiento, el consumidor puede solicitar la resolución del contrato con devolución íntegra del importe abonado (art. 1124 del Código Civil y art. 110 de la citada Ley).
Asimismo, el consumidor tiene derecho a una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por la falta de entrega en el plazo acordado.
Por lo tanto, les reclamo formalmente:
1. El reembolso inmediato e íntegro del importe abonado por el pedido.
2. Una compensación adecuada por los perjuicios sufridos debido al incumplimiento, ya que el producto era necesario para un evento ya celebrado, perdiendo toda su utilidad.
Atentamente,
Darya Shashkova
Pedido número 4107056