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Reclamación por incumplimiento contractual y denegación de reembolso proporcional tras cancelación

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Cancelación

Tu reclamación

O. T.

A: PRIMAVERA SOUND

09/06/2026

Adquirí un abono de 3 días para el Primavera Sound [Año]. Con motivo de la cancelación parcial/total de la jornada del [Fecha de la jornada afectada], la organización ha procedido a reembolsar el importe íntegro de las entradas de día vendidas para dicha jornada. Sin embargo, se niega sistemáticamente a realizar la devolución de la parte proporcional del abono a los usuarios que adquirimos acceso a múltiples días, argumentando de manera infundada que la cancelación no alcanza un umbral de significatividad. Argumentos legales y comerciales: Incumplimiento contractual: El contrato de abono es una prestación de servicios divisible en jornadas. Al no prestarse la actividad programada en la fecha mencionada, existe un incumplimiento de contrato que genera el derecho al reembolso del precio pagado por el servicio no recibido. Discriminación y enriquecimiento injusto: La propia organización reconoce el valor económico de la jornada cancelada al reembolsar el 100% a los compradores de entradas de día. Negar este derecho a los abonados constituye una práctica comercial desleal y un enriquecimiento sin causa, al retener el importe correspondiente a un servicio no disfrutado, mientras la empresa se ahorra los costes operativos y artísticos de dicha jornada. Normativa de consumo: Conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), el consumidor tiene derecho al reembolso por la parte no disfrutada ante una modificación sustancial de las condiciones del evento, sin que la promotora pueda imponer unilateralmente la no devolución alegando "fuerza mayor" para retener el dinero. Solicitud: Solicito el cálculo y devolución inmediata de la parte proporcional del precio total de mi abono, correspondiente a la jornada cancelada, incluyendo los gastos de gestión asociados. Reclamo que se deje de discriminar a los titulares de abonos respecto a los titulares de entradas de día y se proceda al reembolso en metálico, sin imposición de bonos ni vales, tal como marca la normativa vigente.


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