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Reclamación por incidencias contractuales y exclusión indebida de la convocatoria ordinaria

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

T. F.

A: Linkia FP

19/04/2026

Solicito una revisión integral y urgente de mi situación académica y contractual, dado que concurren varias incidencias graves y encadenadas. 1) La formalización de mi matrícula se realizó íntegramente por vía telefónica. No firmé ningún documento de forma presencial ni dispongo de copia del contrato ni de las condiciones aceptadas. He solicitado en varias ocasiones acceso a la grabación de la llamada y a la documentación contractual, sin haber obtenido respuesta, lo que vulnera mi derecho a la trazabilidad del consentimiento. 2) En relación con el examen, se me comunicó inicialmente una sede concreta (Oviedo) que posteriormente no resultó ser real, generando confusión y una expectativa legítima sobre la organización del proceso. Dicha información fue determinante en mi confianza y planificación como alumno. 3) Posteriormente se exigió la cumplimentación de una encuesta de carácter logístico cuya existencia y obligatoriedad no me fue notificada de forma efectiva ni visible en el campus, ni se advirtió de que su no realización implicaría la imposibilidad de presentarse al examen. Esta encuesta no forma parte del sistema de evaluación académica recogido en la normativa. A mayor abundamiento, dicha confusión se ve agravada por la información pública difundida por Linkia FP en sus canales oficiales (redes sociales), donde se anuncian exámenes en distintas localidades, entre ellas Oviedo, lo que refuerza la expectativa legítima creada al alumnado respecto a las sedes de examen. Como consecuencia de todo lo anterior, se me ha impedido el acceso a la convocatoria ordinaria del examen, pese a haber abonado la matrícula y cumplido con mi actividad académica, lo que considero una medida desproporcionada y no imputable al alumno. Solicito: – Acceso inmediato a la trazabilidad completa de mi consentimiento contractual (contrato aceptado y grabación de la llamada de contratación). – Revisión de mi exclusión de la convocatoria ordinaria y habilitación de una solución que me permita realizar el examen en dicha convocatoria, o una medida equivalente sin perjuicio académico. – Que todo lo anterior sea contestado y resuelto formalmente por escrito. Quedo a la espera de una respuesta formal.

Mensajes (1)

Asistencia solicitada 19 abril 2026

Linkia FP

A: T. F.

30/04/2026

Buenas tardes, En respuesta a la notificación recibida el pasado 19 de abril a través de la OCU, referente a la reclamación presentada por el alumno T.B.F matriculado en el Ciclo Formativo de Grado Superior de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico en modalidad Híbrida, formulamos las siguientes ALEGACIONES: PRIMERA.- Sobre la formalización de la matrícula y el consentimiento. Durante el proceso de matriculación, el alumno no firma un contrato físico o digital, sino que acepta las condiciones generales de Linkia FP. Asimismo, informamos que las llamadas telefónicas no quedan registradas en nuestro sistema. SEGUNDA.- Sobre la Sede de Exámenes. El alumno reitera su disconformidad con la ubicación de las pruebas finales, un aspecto sobre el que ya se le informó anteriormente. El alumno se ha inscrito en un ciclo oficial cuya matrícula pertenece a la Comunidad de Madrid. La normativa de dicha Comunidad Autónoma esce, con carácter de imperativo legal, que las pruebas de evaluación final presenciales deben realizarse dentro del territorio de la comunidad que expide el título. Por tanto, la sede en Madrid es un estricto cumplimiento legal. En cuanto a la queja sobre la información pública en los canales oficiales de Linkia FP, cabe aclarar que nuestra institución imparte formación a nivel nacional bajo el amparo de distintas normativas autonómicas. Las sedes de examen anunciadas en redes sociales (como puede ser Oviedo) corresponden a otras modalidades formativas regidas por normativas distintas (como, por ejemplo, las titulaciones adscritas a Cataluña). No existe publicidad engañosa, sino una aplicación rigurosa de la ley aplicable específicamente a la matrícula que el alumno decidió contratar. TERCERA.- Sobre la encuesta y la convocatoria de exámenes. El alumno alude a una supuesta falta de información respecto a una encuesta logística. Esta encuesta es, en realidad, una herramienta organizativa indispensable que el centro utiliza para dimensionar la capacidad de las sedes, ya que existen unos requisitos de aforos mínimos y máximos que deben cumplirse rigurosamente. Aunque por imperativo legal la sede del alumno es obligatoriamente Madrid, el envío y cumplimentación de esta encuesta es un requisito interno necesario para poder dimensionar correctamente la capacidad de las aulas en dicha sede específica. La realización de este trámite le fue notificada de forma efectiva. La encuesta y sus instrucciones: Se publican de manera permanentemente visible en las aulas transversales del Campus Virtual. No obstante, lo anterior, y pese a no haber confirmado su asistencia, el alumno podía perfectamente haber comparecido el día y hora escido para la realización de los exámenes, no siendo un impedimento la ausencia de encuesta cumplimentada. CONCLUSIÓN: Por todo lo expuesto, Linkia FP determina que: No existe incumplimiento ni falta de transparencia: La ubicación del examen responde a una obligación legal de la Comunidad de Madrid. La comunicación del centro fue diligente: Los trámites organizativos para asistir al examen se publicaron en las aulas de información académica del campus virtual. No procede la habilitación excepcional: La imposibilidad de acceder a la convocatoria ordinaria es consecuencia directa de la inacción del alumno frente a los trámites administrativos comunicados en tiempo y forma. Atentamente, Aviso legal: Protección de datos. - CENTRO DE ESTUDIOS LINKIA FP MADRID S.L. le informa que su dirección de correo electrónico, así como el resto de sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Dichos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo que nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Asimismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuese incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita a nuestra dirección: CENTRO DE ESTUDIOS LINKIA FP MADRID S.L., con dirección en C/ ALBARRACÍN, 34 Edificio A, 28037 - MADRID (Madrid). Dirección de contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos: dpo@audidatbarcelona.com En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). Confidencialidad. - El contenido de esta comunicación, así como el de toda la documentación anexa, es confidencial y va dirigida al destinatario del mismo. En el supuesto de que usted no fuera el destinatario, le solicitamos que nos lo indique y no comunique su contenido a terceros, procediendo a su destrucción. Exención de responsabilidad. - El envío de la presente comunicación no implica la obligación por parte del remitente de controlar la ausencia de virus, gusanos, troyanos y/o cualquier otro programa informático dañino, correspondiendo al destinatario disponer de las herramientas de hardware y software necesarias para garantizar tanto la seguridad de su sistema de información como la detección y eliminación de programas informáticos dañinos. CENTRO DE ESTUDIOS LINKIA FP MADRID S.L. no se responsabiliza de los daños y perjuicios que tales programas informáticos puedan causar al destinatario.


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