EXPONE
PRIMERO.–
En enero de 2025 se realizó en mi domicilio la instalación de un punto de recarga (contratado en diciembre del 2024) para vehículo eléctrico contratado con Endesa X Way. Desde ese momento, intenté reiteradamente por vía telefónica, correo electrónico y formularios web obtener la emisión de la factura, con los datos bancarios correspondientes, con el fin de proceder a su pago, sin obtener resultado por causas imputables exclusivamente a la empresa, que me remitía alternativamente a Endesa Energía y a Endesa X Way sin solución efectiva.
SEGUNDO.–
Como consecuencia directa de la falta de emisión de la factura y datos bancarios en tiempo y forma, no pude justificar ante la Administración la ayuda del Plan MOVES III que tenía preconcedida, perdiendo una subvención pública por importe de 1.259,30 €, correspondiente al 70 % del importe subvencionable.
TERCERO.–
Con fecha 29 de abril de 2025 presenté reclamación formal ante la empresa dejando constancia expresa de mi voluntad de pago, de la imposibilidad material de hacerlo por falta de factura y del perjuicio económico sufrido por la pérdida de la ayuda MOVES III, sin que dicha reclamación fuera resuelta.
CUARTO.–
Los días 16 y 17 de febrero de 2026 recibí por primera vez comunicaciones de la empresa reclamando el pago de la factura nº E725NC00014473, con reducción contradictoria de plazos y con advertencias de acciones judiciales y corte de servicio, facilitándose los datos bancarios para el pago por primera vez en dichas comunicaciones.
QUINTO.–
El día 18 de febrero de 2026 procedí al pago íntegro de la factura reclamada, remitiendo justificante del mismo a la empresa.
No obstante, el día 19 de febrero de 2026 recibí comunicación de “reactivación del servicio”, lo que evidencia que el servicio fue interrumpido pese a haberse realizado el pago y sin que hubieran transcurrido los plazos indicados.
SEXTO.–
Me encuentro en situación de especial vulnerabilidad al tener reconocido un grado de discapacidad del 75 % y convivir en mi domicilio con un recién nacido, circunstancia que fue puesta en conocimiento de la empresa.
SÉPTIMO.–
La actuación de la empresa ha sido negligente y desproporcionada, provocando no solo la pérdida de una subvención pública sino también una situación de angustia e indefensión como consumidora vulnerable, sin que se hayan observado los requisitos legales exigibles para una interrupción del servicio.
SOLICITA
Que se declare que la actuación de Endesa X Way y/o Endesa Energía ha sido contraria a la normativa de protección de consumidores, por:
Falta de emisión de datos bancarios/factura en plazo.
Mala gestión administrativa.
Interrupción indebida del servicio.
Falta de consideración de la situación de vulnerabilidad de la reclamante.
Que se inste a la empresa reclamada a indemnizarme por el perjuicio económico directo sufrido como consecuencia de su actuación, cifrado en 1.259,30 €, correspondiente a la subvención del Plan MOVES III perdida.
Que se adopten las medidas oportunas para evitar que estas prácticas se repitan con otros consumidores en situaciones similares.
Todo ello, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponderme para la reclamación de otros daños y perjuicios adicionales derivados de los hechos expuestos, incluidos los ocasionados por la interrupción indebida del servicio y el impacto personal y familiar sufrido.
Se adjunta como documentación:
– Correos electrónicos intercambiados.
– Reclamación de fecha 29/04/2025.
– Justificante de pago.
– Comunicación de reactivación del servicio.
– Documentación de preconcesión de la ayuda MOVES III.
– Capturas de llamadas y formularios web.