Asunto: Reclamación por falta de conformidad — Pedido nº 407-3433496-3096356
Estimados/as señores/as:
Me dirijo a ustedes en calidad de consumidor para formular una reclamación formal al amparo del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (en adelante, TRLGDCU), en su redacción dada por el Real Decreto-ley 7/2021, que transpone la Directiva (UE) 2019/771.
1. Antecedentes
En fecha 3 de enero de 2025 adquirí, a través de Amazon.es y vendido directamente por Amazon EU S.à r.l., Sucursal en España, el siguiente producto:
Producto: Ninja Foodi Batidora de vaso y sopera eléctrica, 1000 W, modelo HB150EU
ASIN: B0815BLCJL
Número de pedido: 407-3433496-3096356
Precio: 158,00 € (IVA incluido)
Adjunto como documento acreditativo la factura de compra correspondiente.
El producto funcionó con normalidad durante aproximadamente los primeros siete meses. A partir de entonces comenzó a presentar fallos intermitentes: en ocasiones no encendía al enchufarlo, y en otras dejaba de funcionar tras un par de horas conectado. En la actualidad el producto ha dejado de funcionar por completo.
El uso del producto ha sido en todo momento el adecuado y conforme a las instrucciones del fabricante, incluyendo el cuidado específico indicado en el manual respecto a evitar la humedad en la base del aparato, precaución que se ha respetado escrupulosamente. Por tanto, el defecto no es atribuible a un uso indebido, sino a una falta de conformidad del propio producto.
2. Fundamento jurídico
El artículo 120 del TRLGDCU establece un plazo legal de garantía de tres años desde la entrega del bien, dentro del cual me encuentro. Asimismo, el artículo 121 TRLGDCU presume que las faltas de conformidad que se manifiesten dentro de los dos primeros años desde la entrega ya existían en el momento de la compra, salvo prueba en contrario por parte del vendedor. Los fallos aquí descritos se manifestaron dentro de dicho plazo, por lo que opera esta presunción a mi favor.
El artículo 118 TRLGDCU reconoce al consumidor el derecho a elegir entre la reparación o la sustitución del bien, sin coste alguno, salvo que la opción elegida resulte imposible o desproporcionada respecto de la otra, circunstancia que corresponde acreditar al vendedor. En mi contacto telefónico con Amazon solicité la sustitución del producto por uno nuevo, opción que me fue denegada sin justificación alguna de imposibilidad o desproporción, ofreciéndome únicamente la reparación.
No considero razonable ni adecuada la reparación como único remedio, por los siguientes motivos:
El defecto se ha manifestado de forma intermitente y recurrente durante meses, lo que evidencia un fallo de origen en el propio diseño o fabricación del aparato, y no un incidente puntual reparable con garantías de que no vuelva a repetirse.
Adquirí un producto nuevo, no uno reparado, y recibir a cambio un aparato reparado no restituye la posición que legítimamente me correspondía como comprador de un bien nuevo.
La reparación implicaría además la pérdida de la garantía original vinculada a la compra de un producto nuevo, quedando en una posición peor a la que tenía antes de la reclamación.
En consecuencia, al amparo del artículo 121 TRLGDCU, que habilita los remedios subsidiarios de reducción del precio o resolución del contrato cuando la reparación o la sustitución no puedan llevarse a cabo, o cuando exigir al consumidor que se conforme con ellas suponga un inconveniente mayor, solicito la resolución del contrato de compraventa y el reembolso íntegro del importe pagado, 158,00 €.
3. Solicitud
Por todo lo expuesto, solicito:
La resolución del contrato de compraventa del producto identificado.
El reembolso íntegro de 158,00 €, correspondiente al precio total pagado.
Quedo a la espera de su respuesta en el plazo más breve posible. En caso de no obtener una solución satisfactoria, me reservo el derecho a acudir a las autoridades de consumo competentes y a las asociaciones de consumidores para hacer valer mis derechos.
Adjunto documentación: factura de compra.
Sin otro particular, atentamente.