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RECLAMACIÓN POR DEUDA YA PAGADA, USURA Y ACOSO - HAY CRÉDITO, S.L.U.

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

S. M.

A: Hay Crédito

27/03/2026

Me dirijo a la OCU para denunciar a la entidad HAY CRÉDITO, S.L.U. por reclamarme una deuda inexistente y someterne a acoso telefónico nocturno. ​Los hechos son los siguientes: ​Recibí un préstamo de 235,00 €. ​A día de hoy, ya he pagado un total de 275,00 € mediante transferencias/pagos con tarjeta. ​Por lo tanto, he devuelto el 117% del capital inicial. Según la Ley de Represión de la Usura de 1908 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, al haber cubierto el capital principal, el contrato debe considerarse nulo y la deuda satisfecha. ​A pesar de haber cumplido con la devolución del capital, la empresa: ​Rechaza mi propuesta de cierre de expediente (tengo el email de rechazo). ​Me reclama intereses abusivos que superan el 3.000% TAE. Envíe varios emails para entidade ofreceríendo 30% ( que es el aceptable por intereses) y se fue recusado. Cerraría como buena fe, ainda un pago de 30,50. ​Me acosa con llamadas amenazantes después de las 20:00 h, de las cuales no fue posible cargar las grabaciones , pero las tengo como prueba de coacciones e intimidación. ​SOLICITO: Que la OCU medie para que HAY CRÉDITO, S.L.U. reconozca que la deuda es CERO, emita el certificado de saldo cero y cese de inmediato el acoso telefónico nocturno.

Mensajes (5)

Hay Crédito

A: S. M.

27/03/2026

Estimado/a cliente: HAY CRÉDITO, S.L.U. no comparte las afirmaciones relativas a la supuesta “inexistencia de deuda”, al pretendido “pago automático” de la obligación por el hecho de que el importe abonado supere el capital recibido, ni las acusaciones generales de actuación indebida. El análisis jurídico de cualquier contrato, de los pagos realizados, de los cargos aplicados, de posibles descuentos, prórrogas, comisiones u otras condiciones requiere siempre una revisión individualizada de toda la documentación y de las circunstancias concretas del caso, no pudiendo basarse en una interpretación unilateral de una de las partes. Asimismo, HAY CRÉDITO, S.L.U. no respalda prácticas indebidas en la comunicación con los clientes. Todas las interacciones por parte de la Compañía se realizan dentro del marco de la legislación vigente, las condiciones contractuales y los procedimientos internos de control. En caso de que el cliente considere que ha existido una comunicación inadecuada, dicha cuestión podrá ser objeto de revisión interna previa aportación de información concreta. La Compañía permanece abierta al análisis de cualquier reclamación y a la búsqueda de soluciones dentro del marco legal, sobre la base de una revisión completa de la documentación correspondiente. Con el fin de garantizar un tratamiento adecuado y confidencial de su situación, le rogamos que se ponga en contacto directamente con HAY CRÉDITO, S.L.U. a través de los siguientes canales: 📞 900 433 030 📱 +34 661 11 41 45 📱 +34 637 03 83 02 A fin de analizar conjuntamente las circunstancias y valorar posibles soluciones. El vie, 27 mar 2026 a la(s) 10:00 a.m., reclamar@ocu.org escribió:

S. M.

A: Hay Crédito

27/03/2026

Rechazo totalmente la respuesta por los siguientes motivos: ​PRUEBA DE AMENAZAS: La entidad afirma realizar sus comunicaciones 'dentro del marco legal'. Sin embargo, tengo una captura de pantalla de WhatsApp recibida hoy mismo (27/03/2026) a las 16:31h desde uno de sus números de sus teleoperadoradores donde se me amenaza directamente con la frase: 'No te va a gustar'. Esto desmiente categóricamente su supuesta política de control interno y respeto al cliente. ​USURA DEMOSTRADA: La entidad evita pronunciarse sobre la TAE aplicada, que supera el 3.000%. Reitero que he recibido 235 € y he pagado 275 €. Según la Ley de Represión de la Usura y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el contrato es nulo. ​NEGATIVA A NEGOCIAR FUERA DE ESTA VÍA: No voy a ponerme en contacto telefónico con la entidad debido al acoso y las amenazas sufridas. Exijo que cualquier propuesta de cierre de expediente con SALDO CERO se realice a través de esta plataforma de la OCU para que quede constancia legal. Si quieren mas dinero no me amenazes mas, vamos a juicio, no tengo miedo, con todas las pruebas que tengo de coacciones, con grabaciónes y capturas de pantallas, vamos ver lo que va pasar en un juicio.

Hay Crédito

A: S. M.

30/03/2026

Buenos días: HAY CRÉDITO, S.L.U. no tolera amenazas, lenguaje ofensivo ni comunicaciones desproporcionadas en la interacción con los clientes. En caso de que algún mensaje haya contenido la expresión que usted cita, el mismo será objeto de verificación interna. No obstante, en el ámbito público la Compañía no puede pronunciarse sobre la autenticidad de capturas de pantalla, el contenido de comunicaciones personalizadas ni otras circunstancias individuales sin la debida verificación y respetando las exigencias de confidencialidad. El tratamiento de datos personales y la comunicación con el cliente deben realizarse dentro de las bases jurídicas previstas en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 (GDPR) y en la Ley Orgánica 3/2018. En cuanto a sus alegaciones sobre la supuesta nulidad automática del contrato, indicamos que la mera disconformidad del cliente con las condiciones económicas no extingue el contrato por vía extrajudicial. La Ley de 23 de julio de 1908 sobre usura contempla la nulidad únicamente cuando concurren los requisitos legales, en particular cuando el interés sea «nomente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso», siendo esta valoración competencia de los órganos correspondientes. Asimismo, la normativa sobre crédito al consumo exige la entrega de información precontractual antes de la aceptación, y los contratos celebrados por vía electrónica tienen plena validez jurídica cuando existe consentimiento y se cumplen los requisitos legales. Si desea que la Compañía realice una revisión formal de sus alegaciones y emita una posición definitiva en el marco de un procedimiento de reclamación, dicha solicitud deberá presentarse a través de los canales oficiales que permitan la correcta identificación del solicitante, la verificación de las pruebas y la protección de la información confidencial. En consecuencia, le rogamos que se dirija a la Compañía a través de los siguientes canales oficiales: 📞 Teléfono: 900 433 030 📱 WhatsApp: +34 661 11 41 45, +34 637 03 83 02 El vie, 27 mar 2026 a la(s) 5:15 p.m., reclamar@ocu.org escribió:

S. M.

A: Hay Crédito

31/03/2026

​Tomo nota de su respuesta, pero dado que ustedes se niegan a reconocer la nulidad de un contrato con intereses que superan el 3.000% TAE (claramente usurarios según la Ley de 1908 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo), procedo a presentar mañana mismo la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de mi ciudad para que sea un Juez quien analice el caso. ​Asimismo, aportaré como prueba el acoso nocturno recibido esta pasada noche (31 de marzo) con llamadas y mensajes a la 01:00, 01:02 y 01:06 de la madrugada, lo cual es una vulneración flagrante de la normativa de protección de datos y del derecho al descanso. ​Será el Magistrado quien determine la validez del contrato, la nulidad de los intereses y las responsabilidades por sus métodos de recobro. A partir de ahora, toda comunicación deberá ser a través del juzgado.

Hay Crédito

A: S. M.

31/03/2026

Gracias por su comentario. Lamentamos que haya formado dicha impresión y que la situación continúe siendo controvertida para usted. HAY CRÉDITO, S.L.U. no comparte la valoración jurídica expuesta en su comentario y rechaza las afirmaciones relativas a la supuesta existencia de actuaciones irregulares por parte de la Compañía. La validez del contrato, la legalidad de sus condiciones y la adecuación de las comunicaciones deben evaluarse teniendo en cuenta el conjunto de las circunstancias del caso concreto y la normativa aplicable. En caso de que la cuestión sea sometida a la consideración de una autoridad competente o de un órgano judicial, HAY CRÉDITO, S.L.U. presentará su posición, explicaciones y documentación conforme a lo previsto por la legislación vigente. No obstante, la Compañía mantiene su disposición a revisar y gestionar adecuadamente las solicitudes a través de los canales oficiales de comunicación. El mar, 31 mar 2026 a la(s) 9:00 a.m., reclamar@ocu.org escribió:


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